Antonio Rivera y Margarita Mariana Infante, marido y mujer; junto con María Josefa de Sandria, viuda de José Infante, vecinos de este pueblo de Jalapa, se obligan a pagar a don Francisco Carmona, la cantidad de 585 pesos y 3 reales y medio, total de todas las cuentas que tienen con dicho Carmona, los cuales pagarán y cubrirán en un tiempo de 2 años.
Antonio Rivera, marido de Margarita Mariana Infante, vecinos del pueblo de Jalapa, por poder general que tiene de dicha Margarita, hija y heredera de los difuntos don José Infante y doña María Josefa de Sandria, vende a don Bartolomé Salvo, vecino de este pueblo, el agua de un pozo, en el precio de132 pesos de oro común.
Miguel Rivera Infante, hijo legítimo de don Antonio Rivera y de doña Margarita Mariana Infante, sus padres ya difuntos, vecinos que fueron de esta villa, de donde es originario, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser viudo de doña María Manuela Alfaro, de cuyo matrimonio procrearon a Francisco Epifanio [Rivera] que hoy tiene treinta y un año y permanece en estado de celibato; a Miguel Arcadio que murió sin sucesión alguna, aunque dejó viuda a María de los Ángeles Barrientos; a María Josefa Gorgonia de la Natividad [Rivera] que está casada con don Ignacio Ortiz de Zárate; a Francisco de Paula casado con doña Teodora Maldonado; a José Hilario que aún es soltero y tiene diecinueve años de edad; y a Manuel soltero de quince años. Declara que durante el matrimonio adquirieron dos casitas, de la cuales ordena se distribuyan entre sus cinco hijos en la forma siguiente: La casa que hoy habita, que se ubica en esquina hasta un lindero de don Juan Francisco de Bárcena, la aplica para Francisco Epifanio y José Hilario; la otra casa que está contigua, será dividida en tres partes, aplicándose el zaguán y el cuartito que está junto a Francisco de Paula; la pieza última a María Josefa Gorgonia; y el cuarto de en medio a Manuel; y por lo respectivo al terreno del patio se dividirá cada uno su porción, sacando la línea de pared divisoria respectiva; y en cuanto al agua de que disfruta la casa, quedará para el uso común de todos, sea cual fuere el terreno donde resulte situada. Declara que las fincas son responsables de 200 pesos que reconocen con rédito de 5 por ciento anual, los 100 pesos de ellos pertenecientes al Santísimo de la parroquia de esta villa; 50 a la obra pía de San Pascual Bailón de señor San José, y los otros 50 a San Francisco de Paula también de señor San José. Ordena que los 100 pesos del Santísimo los reconozcan Francisco Epifanio y José Hilario sobre la casita consignada de éstos; los 50 pesos de San Pascual Bailón los reconozca por sí sola María Josefa Gorgonia; y los 50 pesos de San Francisco de Paula los reconocerá Francisco de Paula; quedando libre de gravamen la parte de la casita que le toca a Manuel. Declara ser primer albacea de don José María Alfaro y doña Gertrudis Díaz de la Cueva, padres de su esposa y que han estado en su poder tres casas pertenecientes a esa testamentaría, de la cual se encargará de concluir dicha testamentaría su hermano político el Presbítero don José Estanislao Alfaro y Díaz, Cura actual de Tonayán. Nombra como albacea a su hijo Francisco Epifanio y al Presbítero don José Policarpo Rodríguez; y si por alguna razón se descubrieran otros bienes que le pertenezcan, nombra como sus herederos a sus nominados cinco hijos.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICO