Don Rafael de Salazar, vecino de España, don Juan Domingo de la Herrera y Angulo, don Joaquín Vélez Rodríguez y don Francisco Arévalo, Corredor del Número del Consulado de la Ciudad de México, todos residentes en este pueblo de Jalapa, otorgan poder a don Juan José de Vargas, vecino de Huamantla jurisdicción de Tlaxcala, para que cobre a don José Páez, vecino de Huamantla, y de don Alonso de Mérida, la cantidad de 3, 325 pesos tres y medio reales.
Don Rafael de Salazar y don Juan Domingo de la Herrera y Angulo, residentes en el pueblo de Jalapa, otorgan poder general a don Juan José Ruiz, residente en el pueblo de Huamantla, jurisdicción de Tlaxcala, para que los defienda y demande en todos su pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
Don Alonso José Gatica, natural de la Ciudad de Puerto Real en los Reinos de Castilla, Cura propio, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de la antigua parroquia del pueblo de Jalapa, hijo legitimo de don Alonso Gatica y de doña María de Castro, otorga poder para testar a don Juan Gómez de Estrada, a don Juan de Bárcena y a don Rafael de Salazar, Asimismo los nombra albaceas testamentarias, tenedores y recaudadores de bienes y como heredera universal a su alma.
Don Juan Joaquín de Cendoya y Arizabaleta , vecino del pueblo de Jalapa, se obliga como fiador de don Rafael de Salazar, de esta misma vecindad, en virtud de superior orden de la Real Audiencia, a entregar en la ciudad de Cádiz la cantidad de 70 pesos anuales a las hijas del citado Salazar, para sus alimentos.