Don Agustín Miguel de Mallol, vecino del pueblo de Teziutlán, se constituye en fiador obligado de don Pablo Francisco Mallol, su hermano, el cual ha sido designado para el cobro y administración de las Alcabalas del ramo de Teziutlán y Atempa, por don Tomás Rajadel, Administrador General de las Reales Alcabalas de este pueblo de Teziutlán y sus ramos, y por poder otorgado por don Juan Santiago Lobo.
Don Juan Santiago Lobo, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, con poder otorgado a su favor por don Pablo Francisco Mallol, para cobrar las Reales Alcabalas del partido de Teziutlán y Atempa, se obliga a que hará buena y legal administración de ellas, señalando que en el periodo de un mes afianzará a satisfacción del dicho administrador general el seguro y paga de dichas rentas que ha de cobrar y administrar con acuerdo a la instrucción y despacho del señor Juez Contador General de este Real Derecho.
Don Tomás Rajadel, Juez Administrador General de las Reales Alcabalas de esta jurisdicción de Jalapa, informa que en el mes de febrero del presente año, otorgó a don Pablo Francisco Mallol, vecino del pueblo de Teziutlán, un nombramiento para la recaudación de las Reales Alcabalas, por lo que a través de la presente, confiere el mismo nombramiento, en segundo lugar a su hermano don Agustín Miguel de Mallol y a don Tomás de Echegoyen, vecinos del citado pueblo de Teziutlán.
Don Tomás Rajadel, Capitán Reforzado de la Compañía de Infantería Miliciana de Españoles del pueblo de Perote, de donde es vecino, nombra a don Pablo Francisco Mallol, vecino de dicho pueblo, como Receptor y Administrador de las Alcabalas de la Jurisdicción de Teziutlán y su agregada Atempa, para la cobranza de las alcabalas de dichos pueblos.