Don Felipe Montes, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, hace la cancelación de una escritura por la cantidad de 2, 492 pesos y 5 cuartillas de reales de oro, los cuales ha recibido de don José de Ahedo.
Don Juan Antonio Gómez de Guevara, vecino del pueblo de Jalapa, otorga que debe y se obliga a pagar a don Felipe Montes, Diputado de España y residente en este pueblo, la cantidad de 13, 868 pesos en el periodo de 4 años, cantidad que importa el traspaso de la tienda que tuvo a su cuidado y que era de don Felipe Montes de Guevara, de quien es albacea, de cuyos géneros y efectos se dan por entregados.
Don José de Huerta Aparicio, hijo del difunto don José de Huerta y doña Ana de Aparicio, vecino de la Villa de Valgañón, Arzobispado de Burgos, otorga su testamento donde declara: manda por vía de legado 18, 000 reales de vellón a su hermana Rosa de Huerta Aparicio y 10,000 reales de vellón a su hermano Luis de Huerta Aparicio, 1, 100 reales de vellón a sus otros hermanos por parte de su madre, 2, 000 reales de vellón a los pobres; dijo debe y le deben lo que consta en sus apuntes, lo cual manda se pague lo uno y se cobre lo otro; es soltero, no sabe con cuanto capital cuenta; nombra por albaceas testamentarios a don Felipe Montes, a don José Antonio de los Eros, a don José de Velasco, a don Juan Manuel de Arrieta Pérez y a don José Ramón de Gorostiza, para que ordenen su testamento; nombra por heredera a su madre Ana de Aparicio.
Don Felipe Montes, Diputado de la última flota a cargo del señor Jefe de Escuadra, don Antonio de Ulloa, residente en Jalapa, con poder para testar otorgado por don Felipe Montes de Guevara, su primo, vende a don José de Herrera y Campo, 2 fincas: el ingenio San Miguel de Almolonga y el rancho Santa Cruz, ubicados en la jurisdicción de Jalapa, el segundo linda al norte con tierras de los indios de Naolinco, al oriente con el citado ingenio, dividido por los cerros de Coatepec, Santa Cruz, La Negra y Puente de Dios, al poniente con tierras de los Acosta, los candiles del Llano de Chiltoyac y el Teguán, y al sur con el río Sedeño y el Maxtatlán hasta el puente de Dios, por el frijolar que linda con don Antonio García Campomanes. La venta se hace en 17, 431 pesos de oro común, de los cuales 9, 500 pesos se le han de entregar al señor Mariscal de Castilla Marqués de Ciria y los restantes 7, 931 pesos a la testamentaria del difunto.
Don Juan Cardeña, Oficial de Pluma de este Oficio Público (escribano) y vecino del pueblo de Jalapa, hijo legítimo de don Diego Cardeña y doña Agustina Barreda Gayón, otorga poder especial a don Felipe Montes, vecino de España y residente en Cádiz, para que comparezca ante la Majestad Católica y los señores del Supremo Consejo de Indias, donde solicite merced del Fiat de su Escribano Real y Notario Público de las Indias, presentando para ello la información de su legitimidad y limpieza que le remite.
Don Felipe Montes, don José Antonio de los Heros y don José de Huerta Aparicio, por sí y en nombre de don José Velasco y don Juan Manuel de Arrieta Pérez, ausentes, otorgan que sustituyen un poder general a don Francisco Ibáñez de Corvera, vecino de la Ciudad de Oaxaca, para la cobranza de una escritura por la cantidad de 7, 075 pesos y 5 reales, los cuales otorgó el Doctor Francisco Fernández Monrroy, Canónigo de la Santa Iglesia Catedral de Oaxaca, a favor del señor Miguel de Orbaneja Ortega del Castillo, vecino de la Villa de Madrid y Agente Fiscal de la Real Junta de Comercio, Moneda y Minas.
Don Miguel de Remolina Cabo, natural de la Villa de Laredo Obispado de Santander, vecino de la ciudad de Cádiz en España y residente en Jalapa, hijo legítimo de don Lucas de Remolina Maquilón y de doña Francisca de Cabo, difuntos, viudo de doña Ángela de Villareal Gómez y casado en segundas nupcias con doña María Isabel Garzón ; otorga poder para testar en primer lugar a don Felipe Montes, vecino de la ciudad de Cádiz, quien fue Diputado de España, en segundo a don Pedro Verdes Montenegro, don Miguel de Mendiburu e Irigoyen y don Felipe de Revilla Bárcena, vecinos de España y residentes en Jalapa, asimismo los nombra albaceas testamentarios, y como herederas universales a doña Ángela de Remolina y Villareal, su hija legítima del primer matrimonio, y doña María Manuela de Remolina y Garzón, su hija del segundo matrimonio.
Don Felipe de Montes, residente en el pueblo de Jalapa, albacea testamentario del difunto don Felipe Montes de Guevara, sustituye el nombramiento que le dieron a favor de don Nicolás Manuel Fernández, vecino de este pueblo, y por su falta a don José Antonio de la Pedreguera, asimismo les otorga poder general para vender, cambiar, comprar y terminar los pleitos que se ofrezcan.
Don Felipe Montes y don Juan Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, apoderados del Comercio de España, residentes en el pueblo de Jalapa, otorgan poder especial a don Juan Sánchez Casahonda, vecino de la Ciudad de México, para que a nombre del citado Comercio de España, comparezcan ante el Superior Gobierno de este reino, donde pidan se les devuelva el monto que indebidamente exigió el Ministerio de la Real Hacienda de la Nueva Veracruz a las flotas de los señores Marqués de Casa Tilly y don Luis de Córdoba.
Don Felipe Montes, del Comercio de España y residente en Jalapa, albacea testamentario de don Felipe Montes de Guevara, su difunto primo, quien fue dueño del ingenio San Miguel Almolonga, otorga que vende a don Manuel Eugenio de Acosta, vecino de Jalapa, una esclava mulata cocha de nombre Jacinta, casada con un hombre libre; la vende sujeta a servidumbre y cautiverio, sin asegurarla de vicio, tacha, defecto ni enfermedad, en la cantidad de 200 pesos.