Don Ignacio Bello, vecino del pueblo de Jalapa, viudo de doña Rita González, otorga poder especial a don Ventura Rosende, su yerno, para que cobre y pague lo que deba a los acreedores de su difunta esposa, así para que cobre lo que le deban.
Don Ignacio Bello, hijo legítimo de los difuntos don Bernabé Bello y doña Sebastiana de Aparicio, junto con doña Rita González, su legítima esposa, hija legítima de don Manuel González, difunto, y doña Josefa Hernández, viva, naturales del pueblo de Teziutlán y vecinos del pueblo de Jalapa, se otorgan poder para testar y nombramiento de albaceas, y como herederos, don Ignacio nombra a su citada mujer y ella a doña Josefa Hernández, su madre.
Ignacio Parra, natural del pueblo de Teziutlán, con residencia en esta Villa, arriero, otorga su testamento; deja a las mandas forzosas y acostumbradas 2 reales de limosna; declara fue casado con Rita González, difunta, con quien hubo un hijo de 2 años; tiene entre sus bienes 28 mulas aperadas, una casa y dos solares en el pueblo de Teziutlán, cuyos títulos tiene su segunda albacea; declara no debe cosa alguna. Nombra como albacea a don Luis García y en segundo lugar a don José Manuel Ruiz, vecino de Teziutlán y como heredero universal nombra a su hijo Pablo.