Don José de Ugarte, vecino y del comercio de Jalapa, albacea de su difunto yerno don Manuel Bañares, otorga poder a don Domingo de Eguiluz, para que tome cuentas a don Juan Francisco de Almanza y demás deudores de su difunto yerno, de los efectos, caudal o hacienda que de ella sea a su cargo y a los demás que se la deban dar con contadores o sin ellos, hasta la liquidación de los alcances que cobre.
Don Felipe de Sologuren, natural de Miranda de Arratía, vecino de la Ciudad de México y residente en el pueblo de Jalapa, hijo legítimo de don Francisco Antonio de Sologuren y doña Lucía de Ocerin, otorga poder para testar, nombramiento de albacea y heredero a don Domingo de Eguiluz, vecino de España y residente en este pueblo.
Don Domingo de Eguiluz, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, con poder para testar que le otorgó el difunto don Felipe de Sologuren, procede a realizar el testamento de dicho difunto, en el cual además del mencionado poder, lo nombró albacea y heredero.
Don Juan de Muguerza, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Domingo de Eguiluz, vecino de la Ciudad de México, para que cobre de manera judicial o extrajudicial, todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y otros géneros que le deban y para que lo defienda en todos sus pleitos.