Don Martín de Miranda y Tellechea, vecino de la Nueva Veracruz y residente en Jalapa, otorga poder general a su hijo don Francisco Javier de Medina y a su cajero don Juan Fermín de Tellechea, residentes en Veracruz, para que lo representen en todos los pleitos causas y negocios civiles y criminales y administren todos sus bienes, con la condición de que por lo menos una vez al mes informen de todos los tramites que realicen a su hijo don Gabriel de Arteaga.
Don Martín de Miranda y Tellechea, vecino de la Nueva Veracruz y residente en este pueblo de Jalapa, se obliga a pagar a doña María Josefa de Mioño, vecina de Villahermosa en la Provincia de Tabasco, 28, 000 pesos de oro común en reales en un plazo de 4 años pagando el 5% de réditos anualmente, mismos que recibió de manos de don Nicolás de Mioño, apoderado de Doña María.
Don Francisco Javier de Medina, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Martín de Miranda y Tellechea, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que solicite a don Pedro Lorenzo Rodríguez y don Manuel Rivero Cordero, residentes en la Ciudad de México que lo liberen de una fianza que otorgó el mes de abril de 1763, por una cantidad de pesos desconocida y que consiguieron a premio del Juzgado de Capellanías de la Ciudad de México.
Don Juan Santiago Lobo, del Comercio de España, residente en este pueblo de Jalapa, y su mujer doña Manuela Javiera de Campos Arraido y Monterde, dijeron que con motivo de un pleito por la herencia de su padre don Miguel de Campos, primer esposo de su madre, doña María Micaela de Arraido y Monterde y el fallecimiento de su segundo esposo don Martín de Miranda y Tellechea, de cuyos sus hijos reclaman parte de la herencia, llegando a un acuerdo; por lo que otorgan poder general a don Gabriel de Arteaga, vecino del comercio de la Nueva Veracruz, para que en nombre de los otorgantes proceda al otorgamiento de la transacción con arreglamiento de los capitales expresados en este documento y a la institución más copiosa que consecuente con ellos fue formada.
Doña Manuela Javiera de Campos Arraido y Monterde, vecina de este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a su marido don Juan Santiago Lobo, del Comercio de España, para que en su representación asista y comparezca a las almonedas y remates de los bienes raíces, muebles o semovientes de su difunta madre doña María Micaela de Arraido y Monterde y de don Martín de Miranda y Tellechea, admitiendo las posturas, pujas y mejoras que a todos y cada uno se hicieren consintiendo en los remates o contradiciéndolos hasta encontrar mayor postor.
Don Manuel Bárcena Bezanilla, vecino de este pueblo de Jalapa, en nombre y con poder de don Miguel López, vecino de la Provincia de Tabasco y único albacea de doña María Josefa de Mioño, solicita cancelación de escritura por la cantidad de 20, 000 pesos de oro común, que ha recibido de don Francisco Javier de Medina, vecino de la Nueva Veracruz, a cuenta de la testamentaria de su difunto suegro don Martín de Miranda y Tellechea, resto de 28, 000 pesos que el susodicho debía a la testamentaria de doña María Josefa de Mioño
Don Martín de Miranda y Tellechea, vecino de la ciudad y puerto de Veracruz, residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Patricio Noble, a don Miguel Ignacio de Miranda y Tellechea, hijo del otorgante, y a don Bartolomé de Walois, el primero y el último, vecinos y comerciantes de la Ciudad de Cádiz, y el segundo en el citado puerto de Veracruz; para que lo defiendan y demanden en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
Don Juan Santiago Lobo, vecino de España y residente del pueblo de Jalapa, quien tiene a su cargo la tutela del menor don Miguel Ignacio de Miranda y Tellechea, hijo de los difuntos don Martín de Miranda y Tellechea y doña María Micaela de Arraido y Monterde, y haciendo uso de dicho cargo, sustituye el nombramiento de curador que tiene, para otorgarlo a don Francisco Antonio de Iñiguez, Agente de Negocios de México, para que proceda a la dispensación de edad pretendida por dicho menor para que pueda presenciar por si mismo todos los actos y juicios de inventarios y demás asuntos que le competan.
Don Francisco Javier de Medina y doña Martina de Miranda y Tellechea, vecinos de la Nueva Veracruz, por poder para testar que les otorgó su difunto padre don Martín de Miranda y Tellechea, proceden a realizar su testamento, en el cual nombra como albaceas a don Francisco Javier de Medina, doña Martina de Miranda y Tellechea, don Gabriel de Arteaga, don Juan Santiago Lobo y don Juan Francisco de Almanza, y como herederos a sus hijos legítimos doña Martina y don Miguel Ignacio.
Don Francisco Javier de Medina, vecino de España y residente del pueblo de Jalapa, albacea de su suegro don Martín de Miranda y Tellechea, otorga poder general a don Juan Francisco de Almanza, vecino de la Ciudad de México, para que lo defienda y demande en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales; en especial para que realice las cobranzas a don Miguel de Ormaechea y Goicochea, por el arrendamiento de 5 lenguas de Hacienda en Veracruz, que el dicho don Martín tenía a su disposición.