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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0041-PX_0041_0247 · Unidad documental simple · 31/12/1768
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Manuela de Acosta, viuda y albacea de don Manuel José de Acosta, curadora y tutora de los bienes y personas de sus hijos legítimos, vecina de este pueblo de Jalapa, a la cual le fue impuesta una fianza de 500 pesos, se obliga a pagar a sus hijos, lo que les corresponde de los inventarios de su difunto padre, por lo que hipoteca sus bienes dotales y gananciales, especialmente una casa, ubicada en este pueblo, de paredes y techada de madera y tejas, la cual linda al sur con la Calle de San Francisco, al poniente con la Calle del Ganado, al norte con solar y casa de Pedro de Guevara y al oriente con el Callejón de la Sierpe.

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MX UV.USBIX ANX-P-0038-PX_0038_0078 · Unidad documental simple · 09/07/1762
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Pedro de Guevara, como principal, junto con don Bernardo Cardel, su fiador, vecinos del pueblo de Jalapa, deben y se obligan pagar a los albaceas y herederos del difunto don Manuel José de Acosta, la cantidad de 1, 120 pesos, junto con 56 pesos 2 reales de réditos de un año, que generan un total de 176 pesos 2 reales de réditos, cantidades que pagarán en el periodo de 1 año.

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MX UV.USBIX ANX-P-0039-PX_0039_0048 · Unidad documental simple · 14/06/1764
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Mariano de Acosta, dueño de recua y vecino del pueblo de Jalapa, informa que el difunto Juan Bernardino Rangel, donó a favor de la Cofradía de las Benditas Ánimas, una casa que linda al poniente con la Calle del Ganado y casa de don Diego Cardeña, al oriente en un callejón, al sur con casa y solar que pertenece a los herederos de don Manuel José de Acosta, y al norte con solar que poseen los herederos de Juan Rangel; y ahora el Mayordomo de dicha Cofradía, don Antonio del Camino y Velasco, vende dicha casa a don Pedro de Guevara, dueño de Recua y vecino de este pueblo, el cual acepta y se obliga a pagar a la Cofradía de las Ánimas y en su nombre al mayordomo, el rédito de los 607 pesos a razón de 5%, que importa 32 pesos, 3 cuartillas, la mitad de ellos cada 6 meses, ofreciendo como su fiador a don Ignacio de Guevara, dueño de recua y vecino de este pueblo.

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MX UV.USBIX ANX-P-0057-PX_0057_0177 · Unidad documental simple · 23/05/1791
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Juliana Ibáñez, viuda de don Pedro de Guevara, y sus legítimos hijos don Juan José, don Alejandro de Guevara y don Manuel Antonio Ortiz de Zárate, otorgan que reciben de doña María Ignacia y doña María Josefa de Guevara, hijas de don Ignacio de Guevara, la cantidad de 305 pesos y 3 reales y se obligan a no reclamar otro alcance.

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MX UV.USBIX ANX-P-0048-PX_0048_0220 · Unidad documental simple · 29/02/1780
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Ventura Rosende, vecino del pueblo de Jalapa, vende a María Juliana Ibáñez, viuda de Pedro de Guevara, con anuencia de su cuñado y albacea, don Ignacio de Guevara, vecinos de Jalapa, una casa de cal y canto con su solar que mide 15 varas de frente y 46 varas de fondo, linda al norte con la Calle Real que sale de este pueblo para Veracruz y casas de don Antonio Vázquez Ruiz, al sur con tierras de la Cofradía de la Pura y Limpia Concepción, al poniente con tierras de la citada cofradía y casas de Francisco López y al oriente con casa y solar de Pedro López. La venta la hacen en 215 pesos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0057-PX_0057_0181 · Unidad documental simple · 08/06/1792
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Ignacia Ladrón de Guevara, viuda de don Francisco Gerardo González, otorga que rescinde y cancela la escritura otorgada por doña María Juliana Ibáñez y don Manuel José de Zárate, de 29 de julio de 1789, sobre traslación de derechos que tienen a dicha casa en favor de ella y a su hermana la Beata, para que los derechos de traslación se queden como estaban a favor de la viuda e hijos de don Pedro de Guevara.

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MX UV.USBIX ANX-P-0056-PX_0056_0055 · Unidad documental simple · 29/07/1789
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Juliana Ibáñez, viuda de don Pedro de Guevara; y don Manuel José de Zárate, padre legítimo de Juana, hija y heredera de su esposa doña Josefa Guevara, dijeron que dicho don Pedro de Guevara falleció en este pueblo el 26 de abril de 1769 y que don Ignacio de Guevara, hermano del difunto, le dio 215 pesos para comprar una casa, por lo cual otorgan que devuelven a la testamentaria de dicho don Ignacio de Guevara la referida casa ubicada en la calle que sale de este pueblo de Jalapa para el Camino Real de Veracruz.

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MX UV.USBIX ANX-P-0038-PX_0038_0052 · Unidad documental simple · 04/11/1762
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Bartolomé García Campomanes, hijo legítimo de don Pedro García Campomanes y de doña María Bernardina de Guevara, natural del pueblo de Naolinco, casado con María de Jesús Ibáñez, realiza su testamento, en el cual nombra como albaceas a su citada esposa, en compañía de sus tíos don Pedro y don Ignacio de Guevara y como heredera a citada madre, pero en caso de tener hijos con su legítima esposa, estos serán sus herederos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0039-PX_0039_0045 · Unidad documental simple · 02/06/1764
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Ignacio Bello, vecino y mercader con tienda pública en el pueblo de Jalapa, don Ignacio de Guevara, dueño de recua y Pedro de Guevara, dueño de recua en el mismo pueblo, otorgan poder especial a Miguel Sánchez Cortés, vecino de este pueblo, para que haga la postura que le parezca el día del remate del asiento de la nieve en la Real Almoneda, obligándolos a pagar a dicho Miguel Sánchez Cortés, como sus fiadores y principales pagadores.

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MX UV.USBIX ANX-P-0039-PX_0039_0068 · Unidad documental simple · 03/09/1764
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Pedro de Guevara, vecino del pueblo de Jalapa, vende a don Francisco Ulloa, vecino del mismo pueblo, una casita de madera y teja con un solar de 19 varas de frente y de fondo, linda al poniente con la calle que baja al molino que fue de Cagigas y hoy es de don Francisco Maniau y Ortega, cercada de piedra y pozo, al precio de 300 pesos.