Don Pedro de Guevara, vecino del pueblo de Jalapa, vende a don Francisco Ulloa, vecino del mismo pueblo, una casita de madera y teja con un solar de 19 varas de frente y de fondo, linda al poniente con la calle que baja al molino que fue de Cagigas y hoy es de don Francisco Maniau y Ortega, cercada de piedra y pozo, al precio de 300 pesos.
Doña María Serdán Ponce de León, mujer de don Lucas José Barradas, otorga que vende a María de Chávez, mujer del maestro platero don Domingo de Castro, vecinos de este pueblo de Jalapa, una casa de madera cubierta de teja con solar que le pertenece, el cual tiene 15 varas de frente que lo hace al poniente con la calle de Cagigas, al norte linda con casa y solar de la vendedora, a oriente que es el fondo con huerta del Convento de Nuestro Padre San Francisco, y al sur con casa de don Francisco Ulloa, que antes fue de don Pedro de Guevara. La vende en 200 pesos.
Don Manuel José de Acosta, dueño de recua y vecino del pueblo de Jalapa, vende a doña María Serdán Ponce de León, una casa que tiene en este pueblo, de palos cubierta de tejas, con su correspondiente solar que tiene 15 varas de frente con la calle que baja al molino de don José Antonio de Santa Ana y del otro lado casa de don Juan Ricardo de Guzmán por el poniente, al norte con casa y solar de dicha María, al sur con casa y solar de Pedro de Guevara, al oriente que es el fondo con las huertas del convento de San Francisco, al precio de 170 pesos.
Pedro de Guevara, hijo legítimo del difunto don Nicolás de Guevara y doña Josefa de Acosta, natural del pueblo de Naolinco y vecino del pueblo de Jalapa, casado con doña María Ibáñez, otorga poder para testar y nombramiento de albacea a su hermano don Ignacio de Guevara, y como herederos designa a Juan José, María José y Alejandro José, sus hijos legítimos.
Don Ignacio de Guevara, vecino del pueblo de Jalapa, albacea de su difunto hermano don Pedro de Guevara, transfiere una casa, a doña María Manuela de Acosta, viuda de don Manuel José de Acosta, vecina del mismo pueblo, la cual linda al poniente con la Calle del Ganado, al sur con casa y solar de la compradora, al oriente con el callejón de la Sierpe y casas de los herederos de don Diego Cardeña, y al norte con solar que poseen los herederos de don Juan Bernardino Rangel, con la condición de que reconozca un censo redimible, nombrando como fiador a su hijo don Luis Antonio Ortiz de Zárate, a favor del Rector y Mayordomo de la Cofradía de las Benditas Ánimas de la Parroquia de este pueblo, obligándose a pagar el rédito de 607 pesos que a razón del 5% importa 32 pesos, 3 cuartillas de reales, la mitad de ellos cada 6 meses.
Doña María Juliana Ibáñez, viuda de don Pedro de Guevara, y sus hijos don Juan José y don Alejandro de Guevara y su nieta a cargo de su padre don Manuel Antonio Ortiz de Zárate, vecinos de esta villa, otorgan que venden a doña María Guadalupe [Marina] viuda de don Ignacio [Antonio] Molina, de la misma vecindad, una casa con su sitio de 15 varas de solar de frente y 46 de fondo, ubicada en la calle Real y Barrio de San José de la Laguna de esta villa, dicha casa y solar en desuso deslindada, por el precio de 215 pesos que por ella han pagado.
Doña María Manuela de Acosta, viuda y albacea de don Manuel José de Acosta, curadora y tutora de los bienes y personas de sus hijos legítimos, vecina de este pueblo de Jalapa, a la cual le fue impuesta una fianza de 500 pesos, se obliga a pagar a sus hijos, lo que les corresponde de los inventarios de su difunto padre, por lo que hipoteca sus bienes dotales y gananciales, especialmente una casa, ubicada en este pueblo, de paredes y techada de madera y tejas, la cual linda al sur con la Calle de San Francisco, al poniente con la Calle del Ganado, al norte con solar y casa de Pedro de Guevara y al oriente con el Callejón de la Sierpe.
Don Pedro de Guevara, como principal, junto con don Bernardo Cardel, su fiador, vecinos del pueblo de Jalapa, deben y se obligan pagar a los albaceas y herederos del difunto don Manuel José de Acosta, la cantidad de 1, 120 pesos, junto con 56 pesos 2 reales de réditos de un año, que generan un total de 176 pesos 2 reales de réditos, cantidades que pagarán en el periodo de 1 año.
Don Mariano de Acosta, dueño de recua y vecino del pueblo de Jalapa, informa que el difunto Juan Bernardino Rangel, donó a favor de la Cofradía de las Benditas Ánimas, una casa que linda al poniente con la Calle del Ganado y casa de don Diego Cardeña, al oriente en un callejón, al sur con casa y solar que pertenece a los herederos de don Manuel José de Acosta, y al norte con solar que poseen los herederos de Juan Rangel; y ahora el Mayordomo de dicha Cofradía, don Antonio del Camino y Velasco, vende dicha casa a don Pedro de Guevara, dueño de Recua y vecino de este pueblo, el cual acepta y se obliga a pagar a la Cofradía de las Ánimas y en su nombre al mayordomo, el rédito de los 607 pesos a razón de 5%, que importa 32 pesos, 3 cuartillas, la mitad de ellos cada 6 meses, ofreciendo como su fiador a don Ignacio de Guevara, dueño de recua y vecino de este pueblo.
Doña María Juliana Ibáñez, viuda de don Pedro de Guevara, y sus legítimos hijos don Juan José, don Alejandro de Guevara y don Manuel Antonio Ortiz de Zárate, otorgan que reciben de doña María Ignacia y doña María Josefa de Guevara, hijas de don Ignacio de Guevara, la cantidad de 305 pesos y 3 reales y se obligan a no reclamar otro alcance.