Don Juan Antonio de Llano, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a su legítima esposa, doña María Eufrosina de los Ríos, residente en la Ciudad de México, para que solicite cualquier cantidad de dinero que le quieran otorgar en calidad de depósito irregular o censo de 5 %, de las personas, comunidades, capellanías, obras pías, tesorerías, depósitos y otros fondos, obligándolo al pago de los mismos.
Don Lucas Rosete y su esposa doña Agustina Suárez de Torquemada, vecinos del pueblo de Jalapa, deben y se obligan pagar a don Juan Antonio de Llano, vecino del mismo pueblo, la cantidad de 452 pesos, en el plazo de 1 año.
Don Antonio García Campomanes, vecino del pueblo de Naolinco, jurisdicción de Jalapa, vende a doña María Eufrosina de los Ríos, mujer legítima de don Juan Antonio de Llano y vecina de este pueblo, un esclavo negro, nombrado Manuel Antonio, criollo de 19 años, en la cantidad de 200 pesos.
Don Juan Antonio de Llano, Diputado del Comercio del Reino, Juez Comisario Real de Guías y Recaudador de Avería, otorga que debe y se obliga a pagar don Nicolás Manuel Fernández, como apoderado general de don Lorenzo de Azuela, del comercio de Cádiz, la cantidad de 9, 826 pesos 7 y 1/ 8 reales, procedentes de ajuste y liquidación de todas las cuentas que ha tenido con el referido Lorenzo, mismos que se obliga a pagar 500 pesos anuales, comenzando a contarse desde 1 de enero de 1775.
Don Nicolás Manuel Fernández y doña Antonia Josefa Serdán Ponce de León, marido y mujer, vecinos de Jalapa, venden a don Antonio Merino, de la misma vecindad, una casa ubicada en este pueblo de Jalapa, la cual linda al norte con la Plaza Pública y la Calle Real, al poniente con casas de los herederos del Capitán don Bartolomé de Castro y la calle que baja para la de Tecuanapa, al sur con casas y patio que fueron de Teodora Josefa Mojica y ahora lo son de Juan Antonio de Llano, y al oriente con casas y corral de don José de la Calle. La venden en 8, 000 pesos de a 8 reales de plata cada uno, que quedan sobre dicha casa a réditos de 5 % anuales.
Doña María Eufrosina de los Ríos, mujer de don Juan Antonio de Llano, vecina del pueblo de Jalapa, otorga que vende a doña María Isabel Garzón , mujer de don Miguel de Remolina Cabo, una esclava negra de 15 a 16 años de edad, nombrada María Bárbara de Loreto, criolla del ingenio la Orduña, que compró del mayorazgo que nombran de Cadena. La venta se hace en 100 pesos.
Don Manuel Baldomar y Liñeiro, vecino de la Nueva Ciudad de Veracruz, residente en esta Villa, revoca el poder que le confirió a don Juan Antonio de Llano, vecino de esta Villa, y lo otorga general a don José Mariano Jiménez, vecino de dicha ciudad, residente en esta Villa, para que cobre todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, mercaderías, géneros, bienes y efectos de cualquier especie que le deban, así para que lo represente y defienda en todos sus pleitos causas y negocios.
Don Juan Antonio de Llano, vecino de este pueblo de Jalapa, en nombre don Francisco Antonio de la Llave, vecino de la Villa de Córdoba, solicita cancelación de escritura por la cantidad de 554 pesos 2 y medio reales, que ha recibido de don Juan Antonio de la Riva y su esposa doña Juana Teresa Blanco, vecinos de este pueblo, por concepto de una escritura de obligación.
Don Juan Antonio de Llano, vecino de la Ciudad de México y residente en el pueblo de Jalapa, con poder otorgado a su favor por don Juan de Castañiza, solicita la cancelación de una escritura, por la cantidad de 4, 737 pesos 4 reales, los cuales ha recibido de don Francisco Pérez de Arellano dueño de haciendas y obligado a los abastos de carne de esta jurisdicción.
Don Bernardo Cardel y su esposa doña María Magdalena de la Torre, vecinos del pueblo de Jalapa, deben y se obligan pagar a don Juan Antonio de Llano, vecino de este pueblo, la cantidad 1, 209 pesos, en el plazo de 1 año.