El Capitán de Caballos don José Robledano de Cardeña, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial en primer lugar a don Francisco Javier Márquez, en segundo lugar a don José Rodríguez, y en tercero a don Francisco Antonio Rosales, Procuradores de la Real Audiencia de México, para que en su nombre continúen y compongan cualquier pleito o demanda que tenga con cualquier persona.
María Pérez, vecina de este pueblo, vende a José Rodríguez, un solar que hubo y compró de María Sandoval, viuda de José de Medina, el cual linda por el oriente con la calle que va hacia la casa de Luis de Guevara, y por el norte con solar que le vendió a Domingo Galindo callejón en medio, que tiene una brasa de ancho, y por el sur con tierras de Zapata en que tiene casa Antonio de los Santos y tiene de frente el dicho solar 34 varas y de fondo 36 por donde linda con tierras de los indios de este pueblo. La venta la hace al precio de 12 pesos, libre de hipoteca.
Don Adrián Matías de la Haya, Alcalde Mayor de Jalapa, estando en la Plaza Pública del pueblo de Naolinco, junto con los oficiales nombrados y soldados de esta Compañía Miliciana de Montada, nombra a don Agustín García Campomanes, Capitán, don Bartolomé Zurita, Teniente y a don José Rodríguez, Sargento.
Catarina de la Oliva, viuda de José Rodríguez, vecina del pueblo de Naolinco, otorga libertad a una esclava de nombre Felipa, quien tuvo una hija de nombre Dominga Micaela.
Doña María Gertrudis Ortiz de Zárate de Pardo, viuda del finado don Juan Antonio Pardo, de esta vecindad, mayor de veinticinco años y don Manuel de Medina y Loranca, de la misma vecindad, curador de los menores hijos del referido difunto, apoderado de los mayores y representante del señor coronel don Ramón Ponce, marido y conjunta persona de doña Manuela Pardo. Los otorgantes, usando de sus respectivas representaciones, dijeron que doña María Gertrudis resolvió reparar una de las casas pertenecientes a la testamentaria de su finado esposo, para esto y para otros asuntos necesitó la cantidad de 2 000 pesos. Cantidad que solicitó a las arcas del cofre de la Iglesia Catedral de Puebla, para lo cual se presentó memorial pidiendo se le ministrasen por vía de depósito irregular y con causa de réditos, ofreciendo celebrar la correspondiente escritura, hipotecando una casa que posee en esta villa en la calle de San Francisco de Paula, que hace esquina con la de San Miguel, valorada en 5 350 pesos, misma que se halla libre de gravamen. Por superior decreto se mandó remitir el expediente al promotor fiscal, quien, en vista de ellos, calificó de idónea la finca mencionada y se procedió al otorgamiento de la escritura y fianza de réditos, admitiendo como fiador al señor Ramón Ponce, todo lo cual consta en documentos originales y copias que se agregaron a este registro. Por cuyo tenor, don Manuel de Medina, otorga por sí y por sus representaciones, que ha recibido los 2 000 pesos y entrega carta de pago, obligándose a pagar dentro de cinco años, exhibiéndolos en la Secretaría de Gobierno y en el ínterin pagará sus réditos de cinco por ciento anuales, por tercios vencidos en la ciudad de la puebla, o en la parte que les indique.
Zonder titelDon José María Rebolledo Maldonado, vecino de la jurisdicción y doctrina del pueblo de Xicochimalco, declara ser deudor a doña Rita Guapillo, de esta vecindad, como viuda de don José Rodríguez, la cantidad de 3 057 pesos, 2 y medio reales, por resto de cuentas del subarriendo que Rodríguez le hizo del trapiche de la Laguna que estaba a su cargo, por escritura que pasó en esta villa a 11 de septiembre de 1815, de cuya suma le otorgo recibo en forma. Y se obliga a satisfacerle dicha suma abonándole 500 pesos anuales, de la siguiente manera: para el día último de este mes entregará 250 pesos y los otros 250, el último día de agosto de este presente año. Y en igual fecha del año venidero de 1825, le pagará los réditos de 5 por ciento anual sobre la cantidad que le resta. Así sucesivamente lo realizara en los demás años. Y para el cumplimiento de ello en favor de su acreedora hipoteca un rancho y trapiche de caña, con todo lo que le pertenece a excepto las tierras situado en la doctrina del pueblo de Teocelo, el cual no podrá vender, ceder, cambiar ni enajenar, hasta no estar pagada esta deuda, e incluso pueda su acreedora sacarla de tercero venderlo, rematarlo y con el producido cubrirse con el principal, réditos, décima y costas.
Zonder titelDon Bernabé de Elías Vallejo y don Juan Melitón de Lascuráin, ambos de este comercio y vecindad, albaceas mancomunados del finado don Juan Esteban de Elías, y nuevos arrendatarios del Mayorazgo de la Higuera que pertenece al Señor Conde de Santiago, han recibido de don José Rodríguez, por sí y en representación de su difunto padre político don José Rodríguez Guapillo, a saber, el potrero llamado San Marcos, Trapiche de la Laguna y terreno de la Isleta de Haya, con sus campos, cercas, casas y aperos, propiedades que subarrendó el finado Elías a don José Rodríguez Guapillo por escritura del 5 de marzo de 1808, la cual queda cancelada por la presente.
Doña Rita Rodríguez Guapillo, de esta vecindad, viuda del finado don José Rodríguez, tutora y curadora ad bona de sus cuatro menores hijos Armando, Andrés, Ponciana y Manuel Rodríguez Guapillo, sin incluir al póstumo o póstuma de que se halla gravitada, otorga poder general a don Esteban de Odriozola, vecino y del comercio de la Ciudad de la Puebla, para que en su nombre se apodere del ganado mular, carga que de su cuenta conducía el citado Rodríguez, y de todos los demás bienes que le pertenezcan, y cobre judicial o extrajudicialmente, todas las cantidades de dinero, oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías, géneros, bienes, muebles, raíces y otros que le deban de la testamentaria de su marido, así para que la defienda en todos sus pleitos, causa y negocios civiles o criminales, eclesiásticos o seculares.
Doña Rita Guapillo, de esta vecindad, viuda del finado don José Rodríguez, otorga poder general a don José Antonio Medina, de este comercio y vecindad, para que a nombre de ella, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de cualquier persona y de quien más haya lugar las cantidades de dinero que se le estén debiendo a la fecha y debiesen en adelante. También se lo confiere para que administre, gobierne y rija cualquiera de sus bienes que le tenga entregados, o le confíe en lo sucesivo con este fin. Y para que la defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales, eclesiásticos o seculares. Si por lo antes mencionado se requiriese contienda de juicio lo siga.
Don José Rodríguez, hijo legítimo de los difuntos don Diego Martín de los Reyes y de doña Pascuala Martínez, natural y vecino del pueblo de Naolinco, casado con doña Juana Juliana Ortiz, otorga poder para testar y nombramiento de albacea a su citada esposa, en compañía de Nicolás Antonio, su hijo legítimo y como herederos a su citado hijo Nicolás, junto con Gregorio Antonio, Juan Francisco, Josefa Gregoria y María Lorenza, sus demás hijos legítimos, y a sus nietos, hijos de sus difuntas hijas Petrona Antonia y Petrona Josefa.