Don Juan Onofre Florido, otorga poder general a don Ignacio Covarrubias, Agente de Negocios de la Ciudad y Corte de México, para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles, criminales, ejecutivos y ordinarios.
Don Juan Onofre Florido, vecino del pueblo de Jalapa, vende a don José María Caballero, de la misma vecindad, un esclavo negro de nombre José Victoriano, de 22 años de edad, libre de empeño, censo o enajenación y por tal lo asegura y no de vicio, tacha, defecto ni enfermedad. La venta se hace en 150 pesos.
Don Juan Onofre Florido, vecino de este pueblo, como apoderado de su padre, otorga que da poder a don Manuel Ponce, para que se encargue de todos los pleitos, civiles y criminales, que tenga o tuviere pendientes como actor, reo o tercero opositor, con cualquier persona o comunidades.
Don Roque Jacinto Florido, hijo legítimo de don Juan Martín Florido y de doña Catarina Domínguez, difuntos, natural del Castillo de las Guardias en los Reinos de Castilla, Arzobispado de Sevilla, y vecino del pueblo de Banderilla en suelo ajeno, jurisdicción de esta Villa de Xalapa otorga su testamento donde declara fue casado con Marcelina Gertrudis de Vargas; nombra como su heredero legítimo a su hijo don Juan Onofre Florido y como albaceas testamentarios a don Francisco Mateo y a don José Mariano Florido, sus nietos. Declara que los bienes, deudas activas y pasivas, derechos y acciones que tiene y le pertenecen lo saben sus albaceas.
Don Roque Jacinto Florido, natural del Castillo de las Guardias, Arzobispado de Sevilla en los Reinos de Castilla, hijo legítimo de los difuntos don Juan Martín Florido y de doña Catarina Domínguez; junto con doña Marcelina Gertrudis de Vargas, hija legítima de Francisco de Vargas, vivo, y Magdalena María, difunto, ambos marido y mujer, vecinos de Banderilla, se otorgan poder para testar y nombramiento de albaceas, y como heredero a Juan Onofre Florido, hijo legítimo de ambos.
Don Antonio García Campomanes, vecino de Naolinco, vende a don Juan Onofre Florido, un esclavo mulato anegrado, nombrado José Victoriano, soltero, de aproximadamente 20 años de edad, el cual compró a don Antonio Osorio, sin asegurarlo de vicio, tacha, defecto o enfermedad. La venta se hace en 150 pesos.
Roque Jacinto Florido, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder a su hijo Juan Onofre Florido, para que en su nombre cobre de cualquier persona, particulares, seculares o en quien en derecho deba, las cantidades de pesos, plata, joyas, etc., que le adeuden.
Don Juan Onofre Florido, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder general a los licenciados don José de Acosta, Presbítero, junto con don Carlos Antonio de Thormes, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que cobren todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y otras mercancías que le deban.
El Licenciado Juan Bernardo Díaz Mier, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla, doña Josefa Díaz Mier, doña Antonia Díaz Mier, doña Mariana Díaz Mier y doña María Rosalía Díaz Mier, hijos y herederos de don Domingo Díaz Mier, difunto, el primero como albacea y tenedor de bienes, otorgan que imponen 400 pesos a censo redimible en un sitio y casas de su propiedad, ubicada en la Calle de la Amargura que sube para el Calvario, linda al oriente con casa del Maestro Rincón, al sur con casa de altos de la capellanía del otorgante, la cual hace esquina con la plazuela del Rey, al poniente con calle y casas del Capitán don José Antonio de la Pedreguera y al norte con casas de don Juan Onofre Florido.
Don Roque Jacinto y don Juan Onofre Florido, padre e hijo, vecinos de esta jurisdicción, dijeron que con el motivo de no ser mercaderes sino labradores y criadores, por no comprar memorias de géneros, ni pedir fiado cosa alguna, han tomado fama de ricos y por esto los ocupan como fiadores aquellas personas que los necesitan y porque la experiencia les ha mostrado cuan expuestos quedan los fiadores al pagar por los principales, resultando de esto calamidades, empeños y quiebras, por tanto otorgan que se obligan a no salir por fiadores ni otorgar fianza alguna por ninguna persona, excepto el uno al otro, por sus hijos, yernos, nietos u otros descendientes, bajo la pena que se imponen de 2,000 pesos que aplicaran a la Cofradía de las Animas de esta parroquia de Xalapa.