Lucas Rosete, Alguacil Mayor de este pueblo y su jurisdicción, hijo de los difuntos Domingo Antonio Rosete y de María Francisca de Guergo, natural del Obispado de Oviedo, y vecino de este pueblo, otorga poder y nombra albacea a su esposa Agustina Suárez, para que ordene su testamento en donde declara: sea sepultado en la iglesia, paguen las mandas forzosas incluyendo las de Gregorio López y santuario de Guadalupe, su albacea sabe los bienes y derechos que posee, se casó por primera vez con Antonia Gertrudis Lezama, y por muerte de ella entregó a su madre Josefa Navarrete lo líquido de sus gananciales, no procrearon hijos, se casó por segunda vez con Agustina Suárez de Torquemada, él aportó 1000 pesos y ella 300 pesos que recibió del Colegio de la Merced de Puebla, tampoco tuvieron hijos, hereda a su esposa el líquido de sus bienes, revoca cualquier otro poder.
Don Lucas Rosete, natural de Trasmonte en las Montañas, Obispado de Oviedo y vecino del pueblo de Jalapa, hijo legítimo de don Domingo Antonio Rosete y de María Francisca de Guergo, otorga poder para testar y nombramiento de albaceas a su mujer Antonia Gertrudis de Lezama, junto con su compadre don Francisco Agudo, vecino de Naolinco, nombrando como heredera a su citada madre, y por fallecimiento de ésta, a alma del otorgante.
Doña Josefa Navarrete, viuda de Juan de Lezama y vecina del pueblo de Jalapa, informa que por muerte de su hija Antonia Gertrudis de Lezama, mujer de don Lucas Rosete, se hicieron inventarios de los bienes de la difunta, resultándole 800 pesos de gananciales de los cuales 400 pesos le pertenecen por ser su madre, dado que la difunta no tuvo descendientes, y la otra mitad al marido de su hija, por lo que dicho Lucas se obliga a entregar a la declarante la citada cantidad de la siguiente manera, primero 100 pesos que ya le entregó y el resto, 300 pesos, en el plazo de un año.
Don Lucas Rosete, natural del lugar de Trasmonte del Principado de Asturias Obispado de Oviedo y vecino de este pueblo de Jalapa, hijo de don Domingo Antonio Rosete y de doña María Francisca de Guergo, otorga poder para testar y nombra como albacea testamentaria a su esposa doña Agustina Suárez de Torquemada. Declara fue casado en primeras nupcias con doña Antonia Gertrudis de Lezama y en segundas nupcias con la mencionada doña María con quienes no tuvo hijo alguno. Ordena se le de a su esposa la tercia parte de sus bienes por vía de legado o donación y nombra como heredera de las otras dos tercia de sus bienes a su madre doña María María Francisca de Guergo y por su muerte a su esposa.