Don Francisco de Escalona, natural de la Ciudad de San Agustín de La Florida y vecino de este pueblo de Jalapa, hijo legítimo de don Patricio de Cruzarte y Escalona y de doña Ana Josefa de Escalona; casado con doña María Victoriana Acosta y Zárate, natural y vecina de este pueblo de Jalapa, hija legítima de don Gaspar de Acosta y doña Casilda Gertrudis de Zárate, otorga poder para testar y nombra albacea al Capitán Francisco Javier López, vecino de este pueblo de Jalapa, señala herederos a sus hijos doña Ana Antonia de Escalona, casada con don José Mariano de Acosta, y a don Manuel de Escalona, soltero.
Don José Mariano de Acosta, vecino del pueblo de Jalapa, hijo y heredero de don Felipe de Acosta, otorga que recibió de José de Castro y de Laureano Fernández de Ulloa, la cantidad de 1, 067 pesos, 1 real y 3 granos, por concepto de tutela.
Doña María de la Luz Rivera, vecina del pueblo de Naolinco, de esta Jurisdicción, viuda de don José Mariano de Acosta, otorga poder general a su hijo don [José] Francisco de Acosta, albacea del expresado su difunto marido, para que a nombre de ella y los derechos que le asisten como primera albacea, demande y cobre judicial o extrajudicialmente de cualquier persona y de quien más haya lugar las cantidades de dinero que le adeuden a la fecha y debiesen en adelante; así también para que siga el curso de la testamentaria citada y para que la defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales, eclesiásticos o seculares que al presente tenga o en adelante tuviera.
Don José Mariano de Acosta y don Manuel María Palacios [y Soto Carrillo], vecino del pueblo de Naolinco, otorga poder especial a don Nicolás Mariano Domínguez, vecino del mismo pueblo, arrendatario de los diezmos de los ramos de Naolinco, Tlacolula y Misantla, para que se obligue como principal en el nuevo remate de los citados diezmos y a los otorgantes los obligue como sus fiadores.
Don Juan Gómez de Estrada, vecino de esta Villa de Jalapa, otorga poder especial a don Miguel Domínguez, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que lo obligue como abonador de don José Mariano de Acosta y don Miguel de Palacios, fiadores de don Nicolás Mariano Domínguez Muñiz, para caucionar los diezmos de las cordillera de Naolinco.
Don José Mariano de Acosta , vecino de Naolinco, otorga poder general a don Juan Bautista Cardeña y Barreda, vecino de esta villa, para que lo defienda en sus pleitos legales y seculares, y de cualquier índole, y que además se encargue de cobrar todas las cantidades de dinero que le adeuden.
El Capitán José Arias y Torija, dueño de la hacienda nombrada la Orduña en esta jurisdicción, vende a don José Mariano de Acosta, vecino de Naolinco, un esclavo mulato nombrado Mariano Andrés de 25 a 30 años, el cual se vende sujeto a servidumbre a precio de 250 pesos.
Don Nicolás Mariano Domínguez Muñiz, vecino del pueblo de Naolinco, otorga que se obliga a pagar la cantidad de 6,525 pesos en que se le remataron los diezmos de la cordillera de Naolinco, pagando 2 175 anuales, los días 1 de diciembre, por 3 años, a favor de la Masa General de la Iglesia de la ciudad de Puebla de los Ángeles, de los señores comisarios de su cofre y de quien más haya lugar, haciendo el primer pago en 1792, señalando como sus fiadores a don Manuel Eugenio y don José Mariano de Acosta, y a don Juan Gómez de Estrada como abonador de ellos.
Don Juan José de Acosta, don Antonio Gaspar de Acosta, don José Antonio de Acosta y don José Mariano de Acosta, vecinos de Naolinco, junto con don Ignacio de Guevara y don Manuel Eugenio de Acosta, vecinos de Jalapa, otorgan poder especial a don Nicolás Mariano Domínguez Muñiz, vecino de Naolinco, quien es arrendatario de los diezmos del ramo de ese pueblo, Misantla, Actopan, Tlacolulan, Tonayan y Xilotepec, para que se obligue como principal deudor y a los otorgantes como sus fiadores y principales pagadores en la cantidad o cantidades que tengan, haciendo posturas y mejoras para el remate de los citados diezmos.
Don Juan Esteban de Elías, vecino de esta Villa de Xalapa, don José Mariano de Acosta y don Manuel María Palacios[ y Soto Carrillo], vecinos de Naolinco, otorgan poder a don Rafael Nicolás Domínguez Muñiz, para que en el nuevo remate o arrendamiento que tenga de los diezmos de Naolinco, Tlacolula y Misantla, los obligue como sus fiadores por la cantidad en que se le remataren o arrendaren por los 3 años siguientes, señalando las condiciones y plazos que quisiere otorgar a favor de la iglesia Catedral de la Puebla y de la masa común de su cofre.