Doña Antonia de Arellano, y don Juan Manuel Domínguez, viuda e hijo de don Antonio Domínguez, vecinos del pueblo de Naolinco, con poder para testar que les otorgó dicho difunto, proceden a realizar testamento de dicho Antonio, en el cual los nombró albaceas y como herederos a sus 4 hijos del primer matrimonio con doña Antonia de Acosta, junto con los 5 que tuvo en su segundo matrimonio con la citada Antonia de Arellano.
Don Juan Manuel Domínguez y don Miguel Domínguez, hermanos, vecinos del pueblo de Naolinco e hijos legítimos y herederos del difunto don Antonio Domínguez, deben y se obligan a pagar a la viuda de su padre doña Antonia de Arellano, tutora de los menores hermanos José Antonio y Francisco, la cantidad de 573 pesos y 6 reales, en el plazo de 5 años.
Modesto y Francisco Lagunes, hijos legítimos y herederos de Domingo Lagunes, vecinos del pueblo de Naolinco, venden a don Manuel Barbadillo, vecino del mismo lugar, un solar de 24 varas de frente y 33 varas de fondo, ubicado en el pueblo de Naolinco, el cual linda al poniente con la Calle Santa María y la Plaza, al oriente con casa de Juan Rodríguez, al norte con casa que fue de Pedro Lagunas y ahora lo es de don Juan de Acosta y al sur con casa y solar que fueron de doña María y ahora lo son de Antonia de Arellano, libre de censo, hipoteca especial y general, en el precio de 131 pesos.
Doña Antonia de Arellano, viuda y albacea de don Antonio Domínguez; en compañía de don Juan Manuel Domínguez, otorga poder general a don Antonio García de Baldemora, para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.