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Archivistische beschrijving
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MX UV.USBIX ANX-P-0030-PX_0030_0049 · Stuk · 19/05/1750
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Blas de Aguilar, hijo legítimo de los difuntos Pedro de Aguilar y Josefa de Torres, natural del pueblo de Jalapa, junto con su legítima esposa Josefa Domínguez, hija del difunto Salvador Domínguez y Juana Molina, viva, se otorgan poder para testar, nombramiento de albaceas y de herederos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0056-PX_0056_0147 · Stuk · 12/05/1790
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Doña Rosa María de Rojas, vecina del pueblo de Jalapa, mujer legítima de Pedro de Aguilar, y don José Valero en nombre de su madre doña Micaela de Rojas, en virtud de un poder que le confirió, otorgan que venden realmente a María Josefa Segura, mujer legítima de Diego Antonio Rodríguez, vecina del Paraje de la Pileta, una casa y solar ubicado en el Barrio de Arriba en la calle de los Pedrotes, que mide 51 varas de frente y 50 de fondo, cuyo frente lo hace con dicha calle al sur, por el fondo que es al norte linda con solar de los naturales del pueblo, al oriente con callejuela que sale al camino de México y al poniente con casa que fue de Ignacio Coba. La vende por precio de 180 pesos.

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MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0090 · Stuk · 1718/11/14
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Pedro de Huidobro, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre de don Lucas Alonso Sarabia, vecino de la villa de Acayuca [Acayucan] provincia de Guasaqualcos [Coatzacoalcos], dueño de haciendas de ganado mayor en su jurisdicción, en virtud de poder que le otorgó, por la presente, se obliga a pagar al Señor Doctor don Pedro de Aguilar, Presbítero del arzobispado de la ciudad de México y Rector del Colegio Seminario de dicha ciudad, a saber 1 785 pesos de oro común en reales, cantidad que tiene recibida y pagará para el día primero de agosto del próximo año de 1719 o si antes de la fecha mencionada entrara su partida de ganado mayor en esta jurisdicción de esta villa de Córdoba. Siendo condición de que las partidas de ganado que sacará de sus haciendas no las podrá vender, trocar, donar ni cambiar hasta que este débito este pagado. Por lo que hace hipoteca de dos haciendas de ganado mayor que tiene en la jurisdicción de la villa de Acayuca [Acayucan], la una nombrada Temoloapa y la otra San Antonio, con todos sus ganados vacunos, caballar y demás aperos y tierras.

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Poder para testar recíproco
MX UV.USBIX ANX-P-0031-PX_0031_0001 · Stuk · 18/05/1751
Part of Archivo Notarial de Xalapa

José de Aguilar, natural del pueblo de Jalapa, hijo legítimo de los difuntos Pedro de Aguilar y Josefa Díaz de los Reyes, junto con María de los Reyes, su legítima mujer, vecina de este pueblo e hija legítima de los difuntos Leonardo de los Reyes y Rosa María de Guevara, se otorgan poder para testar mutuamente y se nombran albaceas, y como herederos designan a sus 10 hijos.

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MX UV.USBIX ANC-P-0027-PC_0027_0031 · Stuk · 1692/08/04
Part of Archivo Notarial de Córdoba

El Sargento Pedro Ximenes Varriga [Pedro Jiménez Barriga], vecino de esta villa de Córdoba, otorga que se obliga de dar y pagar a Juan de Espinosa Barriga, residente en esta villa de Córdoba, 463 pesos por otros tantos que le ha prestado en reales de contado de que se da por entregado. Dicha cantidad se obliga a pagar en dos partes, y para seguridad de la presente escritura nombra por su fiador a Pedro de Aguilar, vecino de esta villa.

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MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0063 · Stuk · 1718/09/05
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Lucas Alonso Sarabia, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de Acayuca [Acayucan], dueño de hacienda de ganado mayor y criador en ella, otorga poder general a don Pedro Hurtado, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona siga y fenezca la demanda que le tiene puesta el Licenciado don Pedro de Aguilar, vecino de la ciudad de México. Dicha demanda es por la cantidad de 1 700 pesos que le debe y que se halla embargado en esta villa, por ello comparezca en el juzgado del Señor General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General, para lo cual presente pedimentos, memoriales, testimonios, autos y diligencias judiciales o extrajudiciales que se requiera, por lo que se le da éste con libre y general administración.

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MX UV.USBIX ANC-P-0039-PC_0039_0088 · Stuk · 1704/12/17
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Pedro [de Aguilar], vecino de esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: pide ser sepultado en la iglesia parroquial de esta villa en la capilla de Nuestra Señora de la Soledad. Manda que se den 2 reales a cada una de las mandas forzosas acostumbradas, a la Casa Santa de Jerusalén; para la beatificación del Señor Juan de Palafox y al venerable Gregorio López, que la limosna se pague de sus bienes. Declara que es casado con doña Pascuala de los Reyes. Declara como bienes trece mulas de carga; un caballo ensillado; 25 pesos que le debe Antonio de Robles; una casa de su vivienda que es de madera cubierta de zacate y con el solar que tiene, ésta les pertenece a sus nietos. Nombra por su albacea testamentario y tenedor de bienes al Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, para que entre en ellos, los venda y remate en almoneda o fuera de ella. Y en el remanente que quedara de todos sus bienes, nombra por sus únicos y universales herederos a Ana García de Acevedo, su madre y a Josefa de Aguilar, a Pedro de Aguilar, a Gertrudis de Aguilar, a Mariana y a Lucas de Aguilar, sus nietos; y a Pascuala de los Reyes, su mujer, la mitad de los bienes que tiene.

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MX UV.USBIX ANC-P-0027-PC_0027_0019 · Stuk · 1692/06/30
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Pantaleón Guillieño [Gillino de Flores], vecino de esta villa de Córdoba, Profesor de Medicina y Cirugía, natural del lugar de Cogoleto en el Reino de Génova, hijo legítimo del Capitán Nicolás Guillén y de Ana María Guillena, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: A las mandas forzosas y casa de Jerusalén manda a cada una 2 reales. Manda se digan por su alma y la de sus padres 25 misas rezadas. Declara que fue casado de primer matrimonio en la ciudad de Cádiz con doña Francisca Pissarra y Salassar [Pizarra y Salazar], durante este matrimonio procrearon por su hijo a Juan Tomás. Declara estar casado en esta villa con Josefa de los Ángeles [roto]. Declara por sus bienes 100 pesos que le deben los bienes y herederos de Isabel Galván; otros 46 pesos que le es deudor don Juan Valero [de] Grajeda, Presbítero, procedido de la curación de una negra y una india “que curé en la hacienda de trapiche a donde les hice 23 visitas” manda se cobre. Asimismo declara por bienes 19 pesos que le son deudores los bienes y herederos de Agustín Martín, difunto, de la curación y medicinas; 13 pesos de que les es deudor Juan Milián, vecino de esta villa, procedido de la curación, sustento y medicinas de su hijo; 15 pesos de que le es deudor Juan de Betancur [Letancur], vecino de esta villa, de un caballo que le vendió; 34 pesos de que le es deudor Pedro [de] Aguilar, vecino de esta villa, de la curación y medicinas de una estocada que le dieron y sustento, por haberlo tenido en su casa y a su familia, curando y sustentando a su costa treinta y cuatro días. También, declara le ha asistido a Juan García de Miranda en su trapiche a curar los enfermos que se han ofrecido. Y para cumplir y pagar las mandas del presente testamento nombra albaceas a Juan García de Miranda y Josefa de los Ángeles, para que entren en sus bienes, los vendan y rematen. Nombra heredero universal a Juan Tomás.

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MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0066 · Stuk · 1694/09/09
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Juan de Espinosa Barriga, residente en esta villa, otorga que ha recibido de Pedro [de] Aguilar, vecino de esta villa, la cantidad de 203 pesos de oro común en reales, los cuales son por cuenta de 463 pesos que el susodicho se obligó pagarle como fiador del Sargento Pedro Ximenes [Jiménez] Barriga, vecino de esta villa, por los mismos que le suplió en reales, que con 60 pesos que anteriormente confiesa el otorgante tenía recibidos del dicho sargento, hacen 263 por lo que sólo restan debiendo 203 pesos. Por lo que a través de la presente le da poder a Pedro de Aguilar para que pida, demande reciba y cobre del dicho y de sus bienes, albaceas y herederos y de quien en derecho deba los 203 pesos que ha lastado como su fiador.

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MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0055 · Stuk · 1695/11/19
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Pedro de Aguilar, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial a Juan de Espinosa Barriga, vecino de dicha villa, para que en su nombre y representación presente la carta [de justicia de ejecución que a su pedimento se] despacho por el Capitán don Alonso López de Sagade [de Bugueiro], Alcalde Ordinario por Su Majestad de esta villa, ante la justicia de Su Majestad de cualquier parte, y pida su cumplimiento hasta que tenga, reciba y cobre la cantidad de 203 pesos porque se le libró.

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