Doña María Bernardina de Guevara, viuda de don Julián Rodríguez, y sus hijos, vecinos del pueblo de Jalapa, dijeron que a la difunta María Josefa, también hija y heredera del difunto Julián y mujer de don José Joaquín de Zárate, se le adjudicó un solar eriazo en el que labró su casa, de 20 varas de frente y 40 de fondo, ubicado en la calle que del puente de la Alcantarilla sube para el Callejón de Techacapa con la que hace frente, y solar de los herederos de don Joaquín Ildefonso de Torquemada hacia el sur, al oriente linda con solar de don Julián Rodríguez, al poniente con casa de los herederos de doña Juana Esmeregilda y solar de la Peñalosa, y al norte, que es el fondo, con solares de Alfaro y Licona; de dicha propiedad no se le entregó la escritura, por lo que a través de la presente los otorgantes señalan que se la adjudican y aplican a José Joaquín, yerno y cuñado como bienes de María Josefa.
Doña María Bernardina de Guevara, doña Ignacia de Guevara y don Juan José de Guevara, vecinos de la Villa de Xalapa, la primera hija y los segundos, nietos del difunto Capitán Nicolás de Guevara, en sus nombres y el de los demás nietos del mismo difunto, otorgan poder general al Presbítero Juan José Socas, vecino de esta villa, para que pida, demande, reciba y cobre de manera judicial o extrajudicial a cualquier persona, todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y géneros que les deban, así como en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales que tengan con cualquier persona, los defienda y demande, para lo cual comparezca ante cualquier juez, justicia, ministro y tribunal superior e inferior, secular y eclesiástico.
Bartolomé García Campomanes, hijo legítimo de don Pedro García Campomanes y de doña María Bernardina de Guevara, natural del pueblo de Naolinco, casado con María de Jesús Ibáñez, realiza su testamento, en el cual nombra como albaceas a su citada esposa, en compañía de sus tíos don Pedro y don Ignacio de Guevara y como heredera a citada madre, pero en caso de tener hijos con su legítima esposa, estos serán sus herederos.
Julián Rodríguez, natural de Naolinco, hijo legítimo de Juan Rodríguez y Josefa de Rivera, otorga poder para testar a doña María Bernardina de Guevara, su legítima segunda esposa, viuda de don Pedro García Campomanes; se casó en primeras nupcias con Josefa de Acosta, designa como albacea testamentaria a la citada María de Guevara y como heredera universal a María, de 1 año de edad, hija legítima de su segundo matrimonio.