Pedro Beltrán, vecino de Huamantla, vende a Domingo Hernández, carretero, vecino de México, dos carros herrados con seis bueyes cada uno, en 400 pesos de oro común; 65 bueyes y 12 caballos, a 14 pesos por cabeza.
Domingo Hernández, carretero, vecino de México, se obligó a pagar a Pedro Beltrán, vecino de Huamantla, 1 464 pesos de oro común, a plazos, valor que importó la compra de dos carros herrados, 65 bueyes y 12 caballos.
María Beltrán, vecina de esta villa de Córdoba, mujer de Nicolás de Arámbulo, vecino de esta villa, hija y heredera de Diego Beltrán, difunto, con expresa licencia de su marido y con consentimiento de Juan de Dios, José, Diego y Sebastián Beltrán, sus hermanos y coherederos; vende a Diego Carretero, vecino de esta villa, un medio solar que hubo y quedó del mencionado difunto, ubicado en la calle que va para la carnicería y sale a los ejidos de esta villa, que hace esquina, por la parte del sur, con casa y solar de Sebastián Morán; hace frente, calle en medio, con solar del Capitán Gaspar Rendón; y por el fondo con solar de los herederos de Pedro Beltrán; con 25 varas de frente y 50 de fondo, en precio de 50 pesos de oro común en reales.
Sans titreAntonio Gómez Cataño, vecino de eta villa de Córdoba, otorga que debe y se obliga de pagar a Juan Vázquez, vecino de esta villa, 300 pesos de oro común en reales, que por hacerle bien y buena obra le prestó, cuya cantidad pagará dentro de cuatro años que corren a partir del 7 de septiembre pasado, pagando por cada año sus réditos a razón de veinte mil el millar. Y para mayor seguro de la paga, hipoteca una casa armada sobre horcones, embarrada y cubierta de teja, con el solar en que esta edificada, en esta villa, en la plaza Pública de ella, que linda por una parte con casa de Francisco Rodríguez y por otra parte con solar de los herederos de Pedro Beltrán, y hace frente, calle en medio, con casa y solar del Regidor don Francisco de Aguilar.
Sans titreAntonio Gómez Cataño, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que recibió de Benito Rendón, mercader vecino de esta villa, mayordomo de la cofradía del Santísimo Sacramento sita en la iglesia parroquial de esta villa, 300 pesos en reales de oro común, cuya cantidad es la misma que Diego Saúl, vecino que fue de esta villa, le prestó a cierto plazo a Juan Vázquez, vecino de esta villa, con la condición de que los réditos se los pagase al Benito Rendón, como mayordomo de dicha cofradía, para que con los réditos de 15 pesos anuales se pagaran las luces y aceite de la lámpara del Santísimo Sacramento, y en caso de que los redimiese se volviesen a situar en finca segura para sirviesen perpetuamente para la lámpara y aceite del Santísimo Sacramento. Por lo tanto, Antonio Gómez Cataño otorga que impone, sitúa y carga a censo redimible los dichos 300 pesos, con sus réditos anuales de 15 pesos, sobre una casa armada sobre horcones, embarrada y cubierta de teja, y accesorio a ellas unas paredes de cal y canto, con el solar donde se encuentran edificada, que es en esta villa, en la esquina de la plaza Pública de ella, que linda por un parte con casa de Francisco Rodríguez; por otra con solar de los herederos Pedro Beltrán; y hace frente, calle en medio, con casa y solar del Regidor don Francisco de Aguilar.
Sans titreIsabel de los Reyes, vecina de esta villa de Córdoba, viuda, albacea y tenedora de bienes de Blas Domínguez, difunto; Diego Domínguez, Joseph [José] Domínguez, Francisca Domínguez, mujer legítima de Juan Morán, Jerónima Domínguez, mujer de Domingo Cano, y Gertrudis Domínguez, mujer de Pedro Beltrán, todos hijos y herederos del dicho Blas Domínguez, con licencias otorgadas por parte de sus maridos y juntamente con Antonia, Juan, Juana, Agustín y Catalina Domínguez, sus hermanos ausentes, también hijos y herederos de Blas Domínguez e Isabel de los Reyes, nombrados por tales en su testamento. Dijeron que entre los pocos bienes de dejó dicho difunto hay dos solares en esta villa, los cuales el difunto recibió por merced del Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa. Dichos solares lindan actualmente por la parte del norte con el río de esta villa; por el sur con solar de Juan de Piña y Francisco Márquez, calle y camino que sale de esta villa para el pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], haciendo frente con dichos solares; por el oriente con el de Manuel de Piña; y por el poniente con solar de Domingo Cano, con calles en medio; compuesto, según costumbre de repartimiento, en un cuadro de 100 varas. Dichos solares venden a Juan de Piña por precio de 150 pesos de oro común en reales de contado, de cuya cantidad 75 pesos le corresponden a Isabel de los Reyes y los otros 75 pesos a los sus herederos.
Sans titreAntonio Gómez Cataño, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que debe y se obliga de pagar a Francisco Estévez, vecino de esta villa, la cantidad de 250 pesos de oro común en reales que por hacerle amistad y buena obra le ha prestado y cuya cantidad pagará en el tiempo de dieciocho meses, y para mayor seguridad del principal, hipoteca medio solar que tiene 25 varas de frente y 50 de fondo que linda por el norte calle en medio con solar del Regidor Francisco de Aguilar y por el sur con solar de los herederos de Pedro Beltrán.
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