Don Carlos José Suárez, Cura Interino, Vicario y Juez Eclesiástico de la doctrina de Jalapa, otorga poder general al Licenciado José Suárez, Cursante de Sagrados Cánones en los Reales y Pontificios Colegios de San Pedro y San Juan de la Ciudad de Puebla, para que pida, demanda, reciba y cobre a cualquier persona, todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y géneros que le deban, y para que lo represente el obispo de Puebla, para la apelación a su favor en la imposición de capellanías.
El Licenciado Carlos José Suárez, Cura Interino, Vicario y Juez Eclesiástico de la doctrina de Jalapa, solicita la cancelación de una escritura, por la cantidad de 1, 331 pesos, los cuales ha recibido del Capitán Manuel de Olmedo, dueño de casas, de las cuales hipotecó una con la citada cantidad, a censos redimibles sobre la capellanía que fundó Sebastiana de la Gasca.
Los Bachilleres Miguel Suárez y Carlos José Suárez, hermanos, Clérigos Presbíteros Domiciliarios del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecinos de Jalapa, otorgan poder al Bachiller Juan Bernardo Díaz Mier y al Capitán José Antonio de la Pedreguera, para que en representación de sus personas, demanden y cobren judicialmente de cualquier persona, las cantidades de pesos, joyas, mercaderías, y otras cosas, que le adeuden a través de vales, escrituras, conocimientos, capellanías, y de lo que perciban entregue recibos, cartas de pago, finiquito, cancelaciones.
Don Leonardo de Noguera, vecino de España, residente en el pueblo de Jalapa, informa que compró una casa en este pueblo, a José Estefanía de Tejada, vecino de Veracruz, la cual hace esquina con la Calle Real que sale de la Plaza Pública para el camino a Veracruz, por el oriente linda con casas de los herederos de don José Filpo y las del Bachiller don Carlos José Suárez, al norte con casa de doña Petrona Nolasco de Zárate y Sandría, al poniente con casa de los herederos de Petrona Josefa de Castro; la compró en 9, 000 pesos; dicha casa la traspasa y cede a sus herederos, en el mismo precio que la adquirió.
El Licenciado don Carlos José Suárez, Clérigo, Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla y vecino del pueblo de Jalapa, con poder para testar y nombramiento de albacea de don Pedro Celestino de la Torre, natural de la Villa de Aro, en la Rioja, otorga poder especial a don Nicolás de Gabancho, vecino de la Villa de Bilbao, Obispado de Calahorra y La Calzada, para que pida copia del testamento de los padres del citado de la Torre, cobre a don Antonio Pérez Garro, vecino de la Ciudad de Cádiz, los alcances y venda los bienes que le hayan dejado.
El Doctor Romualdo José Maniau y Torquemada, vecino de México y residente en esta Villa de Xalapa, dijo que el difunto don Carlos José Suárez fundó 2 capellanías, una de 4, 000 pesos de principal y otra de 3, 000, mismas que renuncia en su primo don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, Clérigo Diácono, próximo a ordenarse de orden sacro.
Don José Nicolás de Acosta, Clérigo Presbítero del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de Jalapa, otorga poder especial al Doctor José Francisco Suárez, Prebendado de la Santa Iglesia de Puebla y al Presbítero Carlos José Suárez, vecinos de la ciudad de la Puebla, para que en su nombre aprenda y tome la colación de la Capellanía como auxiliar agonizante en el mismo pueblo, misma que mandó fundar don José Robledano de Cardeña.
Doña María, doña Josefa, doña Antonia y doña María Anna Díaz Mier, junto con doña Anna María Durán y Mier, vecinas de Jalapa, doncellas mayores de 25 años, hijas, nietas y herederas de don Domingo Díaz Mier, otorgan poder especial a don José Mariano Rendón Palomino, Procurador de la Curia Eclesiástica de la Ciudad de la Puebla, para que en unión de don Juan Bernardo Díaz Mier, hermano y coheredero de las otorgantes, haga una escritura de imposición de censo por la cantidad de 10, 000 pesos, cantidad que han de recibir de don Carlos Suárez, Presbítero del Obispado de Puebla y se cargará a las fincas de las otorgantes a favor del Beaterio de este pueblo.
Don Juan Cardeña, vecino del pueblo de Jalapa, a nombre de don José María Durán y de doña Anna María Durán, de la misma vecindad, doncella de 25 años y con licencia concedida por la Real Justicia, otorga poder especial a don José Mariano Rendón Palomino, Procurador de la Curia Eclesiástica de la Ciudad de Puebla, para que otorgue escritura de imposición de censo por la cantidad de 1, 000 pesos, la cual ha de entregar el Licenciado Carlos Suárez, Presbítero de este Obispado.
El Licenciado Carlos José Suárez, Teniente de Cura, junto con el Licenciado Miguel Suárez, Clérigo Presbítero del Obispado de Puebla, vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan poder general al Doctor José Suárez, Cura de esta Doctrina, para que pida, demande, reciba y cobre judicialmente a todas las personas, fiadores, herederos, etc., las cantidades de dinero, plata, etc. que les adeuden a través de vales, libranzas u otros documentos, también para que tome posesión de cualquier Capellanía.