Don Fernando Álvarez, vecino de Xicochimalco, otorga poder general a don Pedro Gorrindo Palomino, vecino de Teocelo, para que demande de cualquier persona o comunidades que le adeuden, todas las cantidades de pesos, oro, plata y otros bienes, y se ocupe de sus asuntos administrativos y judiciales.
Doña Ángela Gorrindo Palomino, vecina de la Nueva Veracruz, viuda de don Felipe Díaz de Peón, otorga que vende en favor de María Josefa Ramírez, de esta vecindad, a saber una casita de paredes revocadas de barro, cubierta de madera y teja, situada en esta villa, en la calle que nombran de San Juan y es la que nace en la plazuela del Carbón para el camino de Naolinco a la que hace su frente hacia el norte y del otro lado solar abierto que pertenece a los herederos de José Roque de Castro y por el fondo el sur se compone de 13 y medias varas linda con la barranca de Jalitique [Xallitic]; por el costado del oriente con el de casa que pertenece a la capilla del Calvario y por el del poniente con casas de los herederos de doña María Ana Roso. Cuya casita se compone de 17 varas, es la misma que hubo muerte de su padre don Pedro Gorrindo Palomino y la de todos sus hermanos, quien la hubo y compro de Ángela Jaimes por escritura pública en esta villa a 25 de septiembre de 1801. La vende por el precio de 300 pesos al contado.
Zonder titelDoña Ángela Gorrindo Palomino, originaria de esta ciudad, hija de Pedro Gorrindo Palomino y de doña María Josefa Suárez, difuntos, mayor de sesenta y cinco años, otorga su testamento en la manera siguiente: manda ser sepultada en el cementerio general, sin pompa alguna. Declara fue casada con don Felipe Díaz de Peón, de cuyo matrimonio procrearon a doña Ana María [Díaz de Peón y Gorrindo], difunta, que fue casada con don Juan Mariano Pujol, don Felipe [Díaz de Peón y Gorrindo] casado con doña María Josefa González del Campillo, don Juan viudo de doña María Ignacia González del Campillo, don Manuel [Díaz de Peón y Gorrindo] difunto, don José María [Díaz de Peón y Gorrindo] soltero, doña Ángela [Díaz de Peón y Gorrindo] difunta casada con don Jerónimo Díaz Quijano, don Francisco [Díaz de Peón y Gorrindo] soltero y doña María de los Dolores [Díaz de Peón y Gorrindo] casada con don Francisco Jáuregui, y Pedro Ángel [Díaz de Peón y Gorrindo], difunto. Declara llevó al matrimonio 300 pesos que heredó de sus padres, lo que consta en testamento de su referido esposo, y después le dio en calidad de préstamo 1 500 pesos que tenía en onzas de oro, cuya cantidad, aunque ofreció devolverle, nunca lo verificó solo le dio un papel en que consta dicho crédito, el cual queda en poder de su hija María de los Dolores para que cobre cuando convenga. Señala que su esposo llevó al matrimonio 14 000 pesos y lo más que parezca, pagadas las deudas y deducidos los 300 pesos de su herencia, de los demás bienes gananciales se considera con derecho a la mitad de ellos. Por bienes suyos, señala la cantidad que resultaren a su favor por los gananciales, los 300 pesos de su herencia, y la que corresponda a su hijo Manuel. Declara que la testamentaria de su esposo se haya comenzada hace tiempo, por lo que encarga a sus albaceas activen en giro para que terminando puedan sus hijos disfrutar sus haberes. Declara que las deudas activas y pasivas, quedan sentadas en hojas sueltas que entrega a sus albaceas. Manda que del quinto de sus bienes se paguen sus enfermedades y entierro, asimismo manda se le entregue al párroco de esta ciudad 50 pesos para cera que alumbre en la parroquia del señor San José. Manda que a sus criadas Dominga Acosta y María Gertrudis Cabrera se le entregue a cada una de ellas 50 pesos. Ordena que el remanente del quinto de sus bienes se entregue a su hija María de los Dolores. Nombra por sus albaceas y tenedores de bienes a su hijo Felipe y Juan Díaz de Peón y Gorrindo. Nombra por sus herederos a los mencionados hijos, y a los hijos de doña Ana María y doña Ángela.
Zonder titelEl Capitán Retirado de Milicias, don José de Arias, de esta vecindad, dijo que don Carlos José Serra, apoderado de don Felipe Díaz [Peón], éste como tutor de los hijos de don Pedro Gorrindo Palomino, le otorgó una obligación y fianza con hipoteca de dos casas que fueron del difunto en el año de 1779, ubicadas en la Calle de Belén, casas que se remataron en don Felipe Díaz, sin considerar esta deuda, pero conociendo éste la demanda, quiso responder por ellos con la suma en que se hizo el remate, en cuya virtud le otorgaron la correspondiente caución, por lo que se proveyó auto por la misma intendencia mandando se cancele su fianza.
Don Vicente de Toledo y Viveros, después de haber visto los antecedentes, diligencias y respuestas del Capitán don Manuel de Olmedo y del Administrador de la casa de doña Ana Antonia Camino, que condescienden a lo que el bachiller José del Camino y Velasco, y don José de la Pedreguera, concedió a los suplicantes, el permiso y licencia para ocupar con sus casas un sesgo de terreno y sacarlas al cordel de la casa de don Pedro Gorrindo Palomino, con la condición de que la casa que se saque a la esquina de la plaza, deja para el público un portal de 4 varas y media de ancho.
Don Pedro Gorrindo Palomino, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Pedro Alcántara Barraza, Procurador del Número de la Real Audiencia de la Ciudad de México, para que lo defienda y demande en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
Don Pedro Gorrindo Palomino, Diputado, vecino del pueblo de Jalapa, se obliga a pagar a don Antonio Sáenz de Santa María, vecino de la Nueva Veracruz, la cantidad de 500 pesos para la próxima flota que llegue a la citada ciudad.
En junta general convocada por don José de Osuna, Teniente de Alguacil Mayor, para los vecinos, comerciantes y hacendados de este pueblo, con el fin de determinar que hacer con lo liquido sobrante de las alcabalas. Acordando que de dicho sobrante se tomen 3, 000 pesos si alcanzase y se impongan estos a réditos de 5 % y liberar con ellos al vecindario de los utensilios que se dan a las tropas de tránsito en los alojamientos y reparos de las casas que se ocupan para ello, en caso que excediese de los 3, 000 pesos, estos se inviertan para la comodidad de la casa en donde se realiza la presente junta y que sirve de alojamiento a soldados y oficiales, así mismo se nombran a los Diputados: Capitán Manuel de Bárcena Bezanilla, Capitán José Antonio de la Pedreguera, don Juan Gómez de Estrada, don Pedro Gorrindo Palomino, Alférez Juan de Bárcena y a don Pedro Miguel Martínez para que se encarguen de la administración y de lo que se pueda ofrecer.
Don Bartolomé Salvo, Síndico del Convento de Nuestro Padre San Francisco, vecino del pueblo de Jalapa, hace cancelación de una escritura, por la cantidad de 500 pesos, los cuales recibe de don Francisco Julián Aravalles, en representación del deudor don Pedro Gorrindo Palomino, vecino de Teocelo.
Don Pedro Gorrindo Palomino, hijo legítimo de don Juan Gorrindo Palomino, vivo, y de doña Inés Rodríguez, difunta, natural del puerto de Santa María y vecino del pueblo de Teocelo, otorga poder para testar a su mujer doña Gertrudis Josefa de Campo y a don Fernando Álvarez, su compadre, vecino del pueblo de Xicochimalco. Declara fue casado por primera vez con María de las Nieves con quien tuvo 4 hijos, y por segundas nupcias con la dicha doña Gertrudis con quien tiene 5 hijos y un póstumo que tiene en el vientre. Nombra como albaceas testamentarios a su mujer y a su compadre. Nombra como herederos universales a sus hijos.