El Capitán Don Sebastián de la Higuera Matamoros, residente en este ingenio, dio carta de libertad a Leonor, negra criolla nacida en su casa, de más de 40 años de edad, en virtud de que Juan Biafara, negro libre, vecino de la Veracruz, le dio una negra nombrada Magdalena, de la cual le otorgó escritura el 10 de enero del presente año.
Bartolomé de Lecea, y su mujer María de la Cruz DE Villanueva, vecinos de Jalapa, venden a Juan de la Gasca, dueño de recua, vecino de la ciudad de México, un negro criollo, hijo de la esclava Magdalena, nombrado Jacinto, de 15 a 16 años de edad, libre de hipoteca, empeño y enajenación, sin asegurarlo de ninguna tacha, vicio, defecto ni enfermedad pública ni secreta, por el precio de 200 pesos de oro común.
Bartolomé de Lecea, y su mujer, María de la Cruz, venden al Licenciado Juan de Vera Betancurt, beneficiado por Su Majestad del partido de Tlacolulan en esta jurisdicción un negro esclavo nombrado Tomás, criollo de este pueblo, hijo de Magdalena, negra de nación Angola, esclava de los otorgantes, de 13 años de edad, libre de hipoteca, empeño y otra enajenación sin asegurarlo de ninguna tacha, vicio, defecto, ni enfermedad, en el precio de 300 de oro común.
Cristóbal López Muñoz, vecino de la provincia de Jalapa, vende a Francisco García, oficial de herrero, y a Melchor de los Reyes, oficial de carpintero, cinco negros varones llamados Blas Angola, Juan Ventura, Francisco Angola, Lorenzo Mandinga, Francisco ladino, y una negra llamada María, con una hija de cuatro meses nombrada Magdalena, de nación Angola, por el precio de 480 pesos de oro común cada uno, horros de alcabala.
Damián Tamayo, residente en la Venta de Lencero, albacea testamentario y como uno de los herederos de Isabel Tamayo, su madre, vende a Simón de León, vecino de la jurisdicción de Tepeaca, una negra criolla nacida en casa de su madre nombrada María, de 7 años, hija de Magdalena, negra, su esclava, por el precio de 150 pesos de oro común.
Pedro García Moreno, vecino de San Juan de Ulúa, vende a Pedro Calderón, ventero de la Hoya, un esclavo negro llamado Manuel, de nación Angola, de 18 a 20 años de edad; y una negra llamada Magdalena, de tierra Congo, de la misma edad, por el precio de 400 pesos de oro común cada uno.
Don Gaspar Lagunas [Lagunes], vecino de Naolinco, vende al Lic. Don Miguel Pérez de Medina, cura propietario por Su Majestad del beneficio eclesiástico del pueblo de Jalapa, una esclava mulata, criolla, nacida en este pueblo, nombrada Magdalena, de color blanca, mediana de cuerpo, de 17 años de edad, la cual hubo y compró de Sebastián Viveros, vecina de Jalapa; libre de censo, empeño, hipoteca y gravamen; sana de sus miembros, con las faltas y defectos públicos y secretos que pareciere tener, por el precio de 300 pesos de oro común.
El Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa y Antonio de Olivera, vecinos de esta villa de Córdoba, en nombre y con poder de don Nicolás de Olivera, dijeron que, usando de dicho poder, hacen y otorgan su testamento con las cláusulas, legados y mandas que les comunicó en la forma y manera siguiente: declaran que habiendo fallecido el dicho don Nicolás de Olivera, en la ciudad de la Nueva Veracruz, le dieron sepultura tal y como les comunicó. Ítem, les comunicó que después de su muerte, se realizare inventario de sus bienes, y el quinto que quedase de todos sus bienes se lo dejaba a Josefa niña huérfana, de edad de un año, más o menos, que ha tenido y criado en su casa y que dicha cantidad se le den en cuanto tome estado y/o tenga edad para administrar, y en caso de que la niña falleciere antes de tomar estado o tenga la edad de recibir, el dicho regidor deberá de instruir una capellanía y de esta manera nombrar a los patronos, capellanes e interinos. También dijeron que les comunicó dicho difunto, que a María negra conga, su esclava, que la crio, le otorguen libertad y 50 pesos, los cuales le han dado y otorgado su libertad. Ítem, les comunicó que se les den ciertas cantidades pesos a Marina Carmona, parda; Francisco López, pardo; Magdalena, mulata; y a otras personas que se mencionan en la escritura. Ítem, les comunicó el citado difunto que de sus bienes se imponga una capellanía de misas rezadas con el principal de 2 000 pesos por su alma, bajos las condiciones y nombramientos que se mencionan en la escritura. Ítem, les comunicó que como su última voluntad nombró e instituyó por su heredera a su alma y que el dicho remanente se ponga a censo. Nombró por albaceas testamentarios a los presentes otorgantes.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOPedro Canales de la Feria y Medina, vecino [roto] y natural de la ciudad de los Ángeles, hijo de Esteban Alonso de la Feria y de Juana García Canales, difuntos, otorga su testamento en el que señala lo siguiente: A las mandas forzosas y acostumbradas, Casa Santa de Jerusalén manda a cada una un peso; y para la beatificación de Gregorio López manda se den de limosna 4 reales; manda se digan veinticinco misas rezadas por su alma y la de sus padres; manda se den 10 pesos de limosna a la cofradía de la Purísima Concepción de esta villa. Declara estar casado con María de Suñiga [Zúñiga], y durante dicho matrimonio procrearon a Pedro Canales, niño de dos años de edad. Ítem declara que al tiempo y cuando contrajo matrimonio la dicha su mujer trajo por su dote 160 pesos. Ítem declara por sus bienes los muebles y menaje de la casa, [una mulata] nombrada Magdalena que será de veinticinco años y su hija nombrada Theresa [Teresa] de dos años poco más o menos; otro negro nombrado Gerónimo [Jerónimo] de veinte años poco más o menos. Ítem declara le deben diferentes cantidades de pesos Salvador Chacón; el Alguacil Mayor Juan de Soto [Noguera]; Juan Bautista de Ríoseco y Sierra Valle; Simón Trujillo; y el Capitán Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor de ésta villa. Nombra por albacea testamentaria, tutor y curador a la dicha su mujer, y del remanente que quedare de sus bienes nombra por único y universal heredero a su hijo Pedro Canales.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOIsabel Galván, viuda de Antonio Hernández, vecina de esta villa de Córdoba, [vende] a Pedro Canales, su sobrino, una mulatita, su esclava, nombrada Magdalena de edad [roto] poco más o menos, nacida en su casa, hija de Filipa [sic], por esclava cautiva, sujeta a perpetua esclavitud, libre de empeño, hipoteca y otra enajenación, sin asegurar de ninguna tacha, enfermedad pública ni secreta, al precio de 200 pesos de oro común, que tiene recibidos en reales de contado.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL