Don Antonio Martín de Vélez, vecino del pueblo de Jalapa, viudo de doña Manuela Nicasia Blanco, hija de Juan Martín Blanco y Catarina García, otorga poder especial a don José de Ugarte, vecino de este pueblo, para que siga y termine la partición de bienes que recibió su hija Manuela Isidora, de parte de su difunta madre.
Don Antonio Martín de Vélez, vecino de este pueblo de Jalacingo, con licencia de don Francisco Pérez Travanca, Teniente General de esta jurisdicción y consentimiento de don José Marín, curador de la hija menor de don Francisco de Vera y doña Francisca Moguel, difuntos, la cual es heredera de la citada difunta; informa que ha recibido de 329 pesos y medio reales, de parte de don Marcos Barreda, albacea de la difunta, los cuales le tocaron de herencia a la mencionada menor, de nombre María de la Concepción de 7 años de edad, y que el declarante se obliga a otorgárselos cuando ella tenga edad para recibirlos.
Don Antonio Martín de Vélez, debe y se obliga pagar a don Antonio Berdeja, Clérigo Presbítero domiciliado del obispado de Puebla y residente en la Ciudad de la Nueva Veracruz, o a su fiador don Manuel Malpica, vecino de este pueblo de Jalapa, la cantidad de 600 pesos, del arrendamiento de los diezmos caseros de los curatos de la Ciudad de la Antigua Veracruz y demás doctrinas que se incluyen.