Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, Procurador Mayor de sus Propios y Rentas, nombrado por su muy Ilustre Cabildo, en su nombre otorga que da en arrendamiento a Miguel Martín, vecino de esta villa, un tercio de caballería y dieciocho solares de tierra, en el paraje nombrado los Barbechos, que por el oriente linda con Antonio Carlos y Sebastián, indios, sabana de por medio; por el occidente con Manuel de Vera; por el norte con Joseph [José] Márquez, y en partes sabanas de por medio; por el sur con Teresa Barbosa y don Alonso Bueno, también sabanas de por medio. El arrendamiento es por tiempo de nueve años, en precio cada uno de 5 pesos, bajo las condiciones siguientes: Primera, que no ha de sembrar caña dulce, más que tabaco o milpas; segunda, que no ha de hacer casas firmes para su habitación; tercera, no meterá otras personas en dichas tierras; cuarta, es condición que en caso de traspasar dichas tierras a otra persona, debe avisar al mayordomo que a la sazón fuere.
SEBASTIÁN MARTÍN LOZANO Y PRIETO, ESCRIBANO DE SU MAJESTADUrbano Felipe de la Peña y Teresa de Jesús Márquez, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, juntos de mancomún, otorgan venden a Juan Muñoz de Anaya, vecino de esta villa, medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo, el cual linda por el oriente, calle en medio, con solar que fue de Ana Martín, en el barrio de San Sebastián; por el poniente con solares de los propios de esta villa; por el norte con casa y solar de Manuel Francisco de Urquía; por el sur con solar que fue de Juan de Dios, difunto. Declaran que dicho solar pertenece a Teresa de Jesús, correspondiente a la dote que dio su madre, doña Juan de la Cruz, viuda de José Márquez, este último quien lo recibió por merced del Ilustre Cabildo de esta villa en 1706. Lo venden en 25 pesos de oro común.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOBenito Gómez Salguero, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la Puebla de Guzmán en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Benito Gómez y de doña Constanza Ramírez, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser casado con María de la Calle, vecina de esta villa, durante su matrimonio han tenido por hijos a Domingo de cuatro años, Manuel de dos y María de cuatro meses. Declara por sus bienes un rancho de tabaco en tierra de esta villa, de que hace reconocimiento con dos casas de palos y zacate, una cocina y corral de gallinas, cuatro siguiscoles, dos machetes, una hacha y diez agujas de ensartar tabaco, todo de fierro, dos caballos ensillados y enfrenados, una fanega de frijol de sembradura y tres cuartillas de maíz, un plantanar [sic] de ciento veinte pies, una escopeta con su funda, una espada [ilegible], cinco mil cabezadas de tabaco en pila y abriéndose, tres pieza de calzones, dos armadores blancos uno de coleta y otro con encajes y botones de estaño, un capote de paño, dos gabanes, dos piezas de medias, una caja de cedro y en ella la ropa blanca; una asa de cal y canto cubierta de teja. Declara que le deben las personas siguientes: José Márquez, Francisco Carrillo, Marcos Alejo, Diego de Osses, Francisco Velázquez, Francisco Porrúa y Peña y el Capitán don Lope de Iribas. Declara les debe a las siguientes personas: al Capitán Juan José Fernández, Juan de la Cuadra, General Francisco Sigler [del Rebollar], Diego de Rojas, Alonso Bueno, Nicolás Rodríguez, José Rodríguez, Miguel Limón y a Bartolomé de Estrada. Nombra albaceas testamentarios a su mujer María de la Calle y al Sargento Antonio de Villavicencio, y como tenedora y albacea testamentaria a su mujer. Por último, nombra como herederos a su mujer e hijos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan Hernández, vecino de esta villa de Córdoba, vende a José de Zúñiga, vecino de esta villa, un solar que está en la calle que llaman de San Sebastián, de 25 varas de frente y 50 de fondo, que por una parte linda con casa y solar de Manuel Francisco de Urquía; por el otro lado, calle en medio, con solar y casa de Angelina María; y hace frente, calle en medio, con casa y solar de Ana Martín, difunta; y por el fondo con solar de los herederos de José Márquez, difunto. Solar en el que está fabricada una casa de 12 varas de largo y 6 de ancho con su corredor, cubierta una y otra de teja y cercada de cuilotes, con su pozo de piedra y un horno maltratado con su colgadizo, mismo que compró de Juan Muñoz. Lo vende con todas sus entradas y salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, libre de empeño, censo, hipoteca y otra enajenación, al precio de 325 pesos de oro común en reales; cantidad que queda a censo redimible sobre el solar y casa para que, con sus réditos de 16 pesos y 4 reales que le corresponde a razón de 5 por cientos anuales, mande decir el comprador [roto] por las Ánimas Benditas del Purgatorio.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOMarcelo Márquez, vecino del pueblo de Apan, como principal y José Márquez, como fiador, se obligan a pagar a don Cayetano Fernández de Lara, la cantidad de 622 pesos, 6 y medio reales, de la siguiente manera; los primeros 300 pesos en el presente mes en el puerto de Veracruz y los 322 restantes en los siguientes 3 meses.
José Tas, natural y vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Pedro Tas y María Morán, difuntos, estando enfermo del cuerpo, en cama y sano de la voluntad en todo su libre juicio, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que debe al Sargento Esteban de Naval y Pintos 24 pesos que le dio para ayuda de sembrar un tabacal. Declara le adeudan Juan Ambrosio Salgado, mulato libre; Juan Antonio de Alarcón; Diego Maquigua, indio del pueblo de Santiago Huatusco; Ángel de la Cruz, indio sirviente; el Capitán Manuel Gómez Dávila 12 pesos; José Márquez 15 pesos; los bienes y herederos de Sebastián Rodríguez 82 pesos. Declara que Salvador de la Cruz, hijo de Lucas de Cabrejas, su compadre, le está sirviendo en un rancho de tabacal, el cual le debe 59 pesos y está descontando cada mes 5 pesos. Declara por sus bienes el tabacal con 50 000 matas sembradas; una milpa pequeña de maíz de un tenate de sembradura; una casita de paja en dicho rancho; dos machetes de rosa; dos siguiscoles; una mula ensillada y enfrenada; un machetillo; un aparejo; cuatro manojos de tabaco corto; y un sartén de cobre. Nombra albacea al Sargento don Esteban Naval y Pintos, y del remanente que quedara de todos sus bienes, nombra por a su alma por universal heredera.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, Presbítero, Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de ella, residente en esta villa de Córdoba; don Jerónimo Hernández, Gobernador actual del pueblo de San Jerónimo Sentla [Zentla] de esta jurisdicción; don Pedro Jiménez y don Andrés Jiménez, Alcaldes; Martín Jiménez y Diego Hernández, Regidores; Andrés Hernández, Alguacil Mayor; don Juan Jiménez y don Martín de Olmos, Gobernadores pasados de dicho pueblo; dijeron que tuvieron pleito ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, con el Capitán don Francisco de Torija Ortuño, Regidor Perpetuo de la ciudad de los Ángeles, dueño de haciendas de ganado menor y de labor, padre del citado don Sebastián de Torija, sobre el derecho a las tierras de la loma que llaman Mataluca [Matlaluca], que están a una legua poco más o menos del pueblo de San Jerónimo Zentla. Asimismo, señalaron que los señores de la Real Audiencia dieron sentencia y ampararon a los naturales sobre la propiedad de la loma en lo más inmediato a su pueblo, las 2 400 varas a 600 por cada viento, y las tierras que quedaron fuera de dichas medidas le tocaron al citado Francisco de Torija Ortuño. También informaron que el 25 de febrero del presente año el Bachiller don Lorenzo de Cabrera, Presbítero, medidor nombrado por el superior gobierno de esta Nueva España, midió las tierras en la loma de Mataluca [Matlaluca], por la parte más inmediata al referido pueblo de San Jerónimo Zentla y después de medidas las 600 varas por cada viento, señalando linderos, se les dio posesión a los naturales, quedando fuera de dichas medidas como tres cordeles de a 50 varas cada una y un ranchito de vacas de dichos naturales, los cuales pasaron a ser propiedad del Bachiller don Sebastián de Torija. Por lo que ahora, en esta presente fecha, los otorgantes han convenido y transigido en hacer una escritura de arrendamiento bajo las condiciones siguientes: Primeramente, el Bachiller don Sebastián de Torija concede plena facultad a los naturales para que entren en sus tierras, pasteen sus ganados mulares y caballares, como no sean vacunos y que no perjudiquen a sus ganados, así como a sus montes, cultivos de milpa, por cuya razón le han de pagar de arrendamiento 50 pesos en cada un año. Segundo, es condición de esta escritura que se han de obligar los naturales a construir la puente que llaman el paso del Cuarto, por donde conduce sus ganados y los de su padre, que siempre la tendrán permanente y en caso de caerse la han de aderezar y componer a su costo. Tercero, es condición que este arrendamiento y transacción ha de durar y permanecer en toda su vida o hasta que sucedan a otro poseedor. Finalmente, los citados gobernador, alcaldes y demás naturales de dicho pueblo de San Jerónimo Sentla [Zentla], habiendo visto y entendido esta escritura por José Márquez, intérprete, dijeron que la aceptaban y se obligaban a los demás naturales a pagar los 50 pesos en cada un año y a hacer la dicha puente.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO