Don José Rogel, vecino de este pueblo de Naolinco, viudo de María de la Calleja, junto con doña Ignacia Fernández de la Calleja, esposa de Francisco José de la Barreda Gayón, vecino de este pueblo, con licencia expresa de su citado marido, venden a don Nicolás Antonio Domínguez Muñiz, vecino de este pueblo, una casa y solar que les heredó la difunta María de la Calleja, ubicado en este pueblo, que mide 56 varas de fondo y 36 varas de frente, linda al oriente con casa de Juan García, al poniente con casa de Agustín Montiel, al norte con casa del Alférez don Antonio García y al sur con solar y casa de María Viveros, en la cantidad de 500 pesos de oro común.
Josefa Joaquina Galindo, viuda de José Joaquín Viveros, junto con sus legítimos hijos, en nombre de José María Viveros y María Viveros, hijas de la declarante, venden a María Josefa Pérez, vecina de Jalapa, un solar que mide 51 y media varas de frente y 55 de fondo, linda al poniente con solar del molino de Cagigas, al sur con solar de Juan Romero de Acosta, al oriente con solar de Francisco Pérez y al norte con el resto del solar que heredaron de dicho difunto. La venta la hacen en 57 pesos y 4 reales.
Doña Josefa de la Cruz Suárez, viuda y albacea de don Juan Zapata de Herrera, vecina del pueblo de Colipa, jurisdicción de La Antigua Veracruz, vende a Tomás Barradas, vecino de este pueblo, un solar de 46 varas de frente y 56 de fondo, ubicado en este pueblo, el cual linda al sur con solar de la Cofradía de las Benditas Almas, donde viven Francisco Hernández y doña Antonia de Zárate, al oriente con solar de la citada cofradía, donde vive María Viveros, al norte y poniente con solares de la misma cofradía, en el precio de 50 pesos.
José de Aguilar, vecino del pueblo de Naolinco, otorga que vende a su tía doña Josefa Domínguez Muñiz un solar ubicado en Naolinco, que su esposa doña María Viveros heredó de sus padres, el cual linda por el sur con casa de la compradora y hace frente al norte con la calle que llaman de San Miguel. La venta se hace en 120 pesos.
Doña Tomasa, doña María, doña Ana, doña Merced y doña Guadalupe Viveros, hermanas, hijas del finado don Miguel Viveros y únicas herederas del mismo; la primera casada con don Francisco Rangel y con licencia marital para el otorgamiento de esta escritura, las demás libres; dijeron que por fallecimiento del referido su padre quedaron algunos bienes consistentes una casa, situada a la calle de la pila de San Cristóbal; una huerta contigua a dicha casa; una casita a la espalda de la huerta de San Francisco; igualmente quedaron varios créditos pasivos que se han ido pagando con los rendimientos de dichos fundos como se perciben en las cuentas que obran en tres fojas y se incluyen en este registro. Que habiendo permanecido en comunidad las hermanas desde el fallecimiento de su padre, excepto la casada y ocupado respectivamente parte de las habitaciones de la casa, se han formado los respectivos cargos por ese usufructo y que creyendo conveniente hacer una aclaración de cuentas, como también el inventario de los bienes y la partición de ellos entre las propias herederas, se ha practicado así, como consta en el cuaderno que antecede esta acta. Y estando las relacionantes en conformidad en todo ello; así como, en formalizar la correspondiente escritura de adjudicación, pago, exhibición y saneamiento mutuo; otorgan que aprueban las cuentas y partición de bienes consistentes en el cuaderno referido y en consecuencia declaran quedan aplicadas y adjudicadas las referidas casas y huerta a doña María, doña Ana, doña Merced y doña Guadalupe por cantidad de 2 220 pesos, bajo las dimensiones y linderos que explican los títulos de adjudicación.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO