Don Pedro de la Sota, natural de la ciudad de Cádiz, en los reinos de Castilla, hijo legítimo de padres difuntos y vecino de la ciudad de Puebla, otorga poder para testar, nombramiento de albacea y heredero a don Luis de Avilés, vecino de la Nueva Ciudad de la Veracruz.
Don Pedro Ignacio de Andrade, de esta vecindad, apoderado del Capitán don Nicolás de Carvajal y Contreras, de esta propia vecindad, hizo testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y en él consta que el citado Capitán don Nicolás de Carvajal se obligó a pagar a doña Ana Eusebia de Avilés, mujer legítima de don Gregorio Lili, vecino y del comercio de la Nueva ciudad de la Veracruz; a don Juan de Avilés y a doña María de Avilés, viuda del Teniente don Pedro Jiménez, como hijos legítimos y herederos de don Luis de Avilés y doña María Teresa de Vargas, difuntos, vecinos que fueron de la citada ciudad; la cantidad de 1 046 pesos 1 y medio real de líquido del suplemento de mayor cantidad que le hizo dicho difunto don Luis de Avilés a don Miguel Navarro, vecino que fue de esta, como marido y conjunta persona de doña Gertrudis María del Castillo de Altra, viuda de primeras nupcias del Capitán don José de Carvajal y Contreras, su padre, y que por hacerle buena obra le prestó con obligación de réditos para el avío de la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción, alias las Palmillas, que al presente posee el citado don Nicolás de Carvajal. Y para mayor seguro del principal el expresado don Nicolás hipotecó su hacienda con todo lo que le pertenece.
Zonder titelDon Mariano José Almería, de esta vecindad, exhibió un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y de él consta que en la hacienda del beneficio de hacer azúcar titulada Nuestra Señora de la Concepción, alias las Palmillas, en esta jurisdicción, en 10 del corriente, el Capitán don Nicolás de Carvajal y Contreras, dueño de hacienda expresó que en esta dicha villa en 3 de septiembre de 1765 celebró escritura en la que se obligó a pagar a doña Ana Eusebia de Avilés, mujer legítima de don Gregorio Lili, vecino y del comercio de la ciudad de Veracruz, a don Juan y doña María de Avilés, viuda del Teniente don Pedro Jiménez, como hijos legítimo y herederos de don Luis de Avilés y doña María Teresa de Vargas, difuntos, vecinos que fueron de dicha ciudad, 1 046 pesos uno y medio reales, que de líquido de los suplementos que de mayor cantidad le hizo dicho difunto don Luis de Avilés a don Miguel Navarro, vecino que fue de ésta, como marido y conjunta persona de su madre doña Gertrudis María del Castillo de Altra, viuda de primeras nupcias que fue del Capitán don José de Carvajal y Contreras, su padre; para el avío de la citada hacienda, con más 749 pesos 4 y medio reales de réditos devengados; y respecto que liquidaron en 20 de julio del año pasado, quedó debiendo la cantidad líquida de 1 000 pesos y se obligó a satisfacerlos a los citados tres herederos interesados, y en el ínterin no se verifica la paga darán el correspondiente 5 por ciento, entendiéndose corren éstos desde el citado 20 de julio de 1770, y para su mayor seguro hipotecó la expresada hacienda.
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