El escribano certifica que los instrumentos que se hallan en este registro, han sido otorgados por las personas contenidas en ellos y por los testigos nominados, encontrados en las 161 hojas y las 59 hojas que se pusieron de otro papel, para que conste. Está firmado en el pueblo de Jalapa, siendo testigos don Gabriel de Espejo, don José Sánchez y Nicolás de Aguilera, vecinos de este pueblo.
Nicolás de Aguilera, Escribano Receptor, vecino de la ciudad de México, residente en este partido de San Antonio Guatusco [Huatusco] y pueblo de San Juan Quescomatepec [Coscomatepec], dijo que por cuanto está entendiendo en varias partes y jurisdicciones y tiene que entender distintas diligencias de mandato de los señores presidente y oidores de la Real Audiencia [roto] y en virtud de Reales Provisiones [que le expidieron] de cordillera, y respecto a que ha de dilatar algún tiempo en ellas y se halla con algunas dependencias y negocios en dicha ciudad, otorga poder general a don Francisco Fernández de Córdoba, Procurador del Número de la Real Audiencia, para que en su nombre cobre todas las cantidades que le deban y lo represente y defienda en todos sus pleitos.