El Capitán don José Robledano de Cardeña, vecino de este pueblo, con poder especial que le otorgó don Agustín López Valdéz, para que se hiciera cargo de la administración de las alcabalas de los partidos de Tetela y Jonotla; otorga en substitución el citado poder a don Miguel Guerrero Bustamante, vecino de San Juan de los Llanos.
El Capitán don José Robledano de Cardeña, vecino de este pueblo, con poder otorgado a su favor por don Agustín López Valdez, vecino de la Ciudad de México, lo substituye a favor de don Antonio Moscoso, vecino de Perote, para que administre y cobre las alcabalas de las jurisdicciones de Jalacingo y Teziutlán.
Don José Robledano Cardeña, vecino de este pueblo, substituye el poder especial que le confirió don Agustín López Valdez, vecino de la Ciudad de México, para la administración de las alcabalas de San Juan de Llanos; a favor de don José de Córdoba, vecino y labrador del partido de San Juan de los Llanos; don Miguel Guerrero Bustamante, y don Nicolás Pérez.
Los Capitanes don José Robledano de Cardeña y don Bartolomé de Castro, el Alférez don Laureano Fernández de Ulloa y don José Antonio de Acosta, vecinos de este pueblo, otorgan poder especial a don Juan Antonio Barraza, vecino de la Ciudad de México, para que comparezca ante el Contador General de Alcabalas, obligándolos como fiadores de don Agustín López Valdés, vecino de la Ciudad de México, de las alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Teziutlán Atempa, Papantla y Jonotla, quien otorgó por fiadores a don Sebastián de Asiburo y a don Jacinto Martínez, vecinos de dicha ciudad.
El Capitán don José Robledano de Cardeña, vecino de este pueblo de Jalapa, con poder especial de don Agustín López Valdez, vecino de la Ciudad de México, para el remate de alcabalas que se realizó en la Ciudad de México, solicita se le entregue y cancele la escritura donde se da el testimonio del arrendamiento de las citadas alcabalas.
Don José Robledano de Cardeña, vecino de este pueblo, apoderado de don Agustín López Valdez, vecino de la Ciudad de México, da en arrendamiento a don Miguel Guerrero Bustamante, vecino de San Juan de los Llanos, las alcabalas de los partidos de Tetela y Jonotla, por tiempo de 5 años, con una paga de 150 pesos cada año.
Don José Robledano de Cardeña, vecino de este pueblo, substituye el poder especial que le otorgó don Agustín López Valdez, vecino de la Ciudad de México, para la recaudación y cobranza de las alcabalas de la jurisdicción de Papantla, a favor de don Francisco Pérez Quijano Bustamante, vecino de dicha provincia.
Los Capitanes don José Robledano de Cardeña y don Bartolomé de Castro, el Alférez don Laureano Fernández de Ulloa y don José Antonio de Acosta, vecinos de este pueblo, dijeron que don Agustín López Valdéz, vecino de la Ciudad de México, tiene en su poder las Alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, Teziutlán, Atempa, Tetela, Jonotla, Papantla y San Juan de los Llanos, por lo que, como fiadores, se comprometen a cumplir las condiciones estipuladas en la escritura de obligación.
Los Capitanes don José Robledano de Cardeña, don Bartolomé de Castro y don José Antonio de Acosta, vecinos de este pueblo de Jalapa, se han instituido en fiadores de don Laureano Fernández de Ulloa, quien recibió en calidad de traspaso, las reales alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Teziutlan, Atempa, Papantla, Tetela y Jonotla, de parte de don Agustín López Valdez, y para cumplir la función de fiadores, otorgan poder especial a don Pablo de Arizavalo, Agente de negocios y vecino de la Ciudad de México, quien los obligará como fiadores.
El Capitán don José Robledano de Cardeña, vecino de este pueblo de Jalapa, apoderado de don Agustín López Valdez, vecino de la Ciudad de México, informa que el señor Valdez es sustituido por el señor Pedro Ortiz, vecino de la ciudad de Coatepec, en la administración de las alcabalas de los pueblos de Coatepec, Ayahualulco, Ixhuacán de los Reyes, Teocelo, Xicochimalco y demás ingenios.