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Descrição arquivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0021-PX_0021_0106 · Item · 04/09/1736
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Nicolás de Luque, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles y residente en este pueblo, apoderado de doña Jerónima López Cansino, viuda del Capitán don Juan Pérez de Avilés y de doña Ana María López de Avilés, viuda del Capitán don Nicolás Luque, otorga que ha recibido de don Juan Zarco Romero, vecino de la Ciudad de Cádiz, la cantidad de 283 pesos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0038-PX_0038_0056 · Item · 11/12/1762
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El Bachiller José Antonio Fernández de Ulloa, Clérigo Presbítero del Obispado de Puebla, otorga poder general a don José Nicolás de Luque, vecino de Puebla de los Ángeles, para que pida, demande, reciba y cobre a cualquier persona, todas las cantidades que le deban, así como para que lo represente en todos sus pleitos y causas, civiles y criminales.

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MX UV.USBIX ANX-P-0021-PX_0021_0100 · Item · 29/08/1736
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Nicolás de Luque, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, apoderado de don Mauricio Antonio de Ricabea, vecino de dicha ciudad, recibió de don Francisco Sánchez de la Madrid 2, 789 pesos y 7 reales, dando por cumplida la escritura de deuda y entregando recibo de pago.

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MX UV.USBIX ANX-P-0044-PX_0044_0007 · Item · 17/05/1773
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco Antonio Marín del Valle, vecino de México y residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don José Nicolás de Luque, Teniente Coronel del Regimiento del Comercio de la Ciudad de Puebla, para que obligándose el susodicho a nombre del Doctor don José Manuel Vélez de Ulibarre, Canónigo de la Santa Iglesia Metropolitana de México, obligue al otorgante como su fiador a la satisfacción y paga de 4, 000, que pretende se le entreguen de los 5 de su capellanía que se hallan depositados en las Arcas del Cofre de la Santa Iglesia Catedral de la Puebla.

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MX UV.USBIX ANX-P-0028-PX_0028_0069 · Item · 21/10/1747
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Antonio de Acosta, vecino de este pueblo, otorga poder especial al Capitán don José Nicolás de Luque, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre imponga censo redimible a unas casas que son de su propiedad, ubicadas en este pueblo de Jalapa, la primera es de su morada, hace frente por el poniente con la Plazuela del Rey, por el norte linda con las Barrancas de Xallitic, por el oriente con el Arroyo de Xallitic, y por el sur con solar de Josefa la Blanca, la otra casa está en el Barrio de Abajo, linda por el lado norte con casas del Capitán don Bartolomé de Castro y de Cristóbal García, por el oriente con casas del Alférez don Laureano Fernández de Ulloa, por el sur con casas de los herederos del Alférez Jerónimo de Acosta, por el poniente con casas de don José de Burgos, así como a un molino de pan, el cual linda por los 4 costados con tierras de los naturales de este pueblo, y por último un rancho de ganado mayor, ubicado a dos leguas de este pueblo; todo esto por el tiempo que le parezca conveniente a favor de cualquier persona, en la cantidad de pesos que le otorguen, obligándolo a cubrir la cantidad que le den por el tiempo que le indiquen a razón de un 5% en cada año.

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MX UV.USBIX ANX-P-0036-PX_0036_0013 · Item · 03/04/1759
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Juan Francisco Robillo, del comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder general a don José Nicolás de Luque, vecino de la Ciudad de Puebla, junto con don Juan de Soto Sánchez, vecino de la Ciudad de México, para que lo representen en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.

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MX UV.USBIX ANX-P-0022-PX_0022_0047 · Item · 23/03/1737
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Nicolás de Luque, vecino de la ciudad de Puebla de los Ángeles y residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Juan Antonio de Choperena, para que compre mercancías de España y China, obligándolo a pagarlas en los plazos y lugares que se ajusten.

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MX UV.USBIX ANX-P-0036-PX_0036_0002 · Item · 10/02/1759
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Valentín de Otaola, vecino de la Ciudad de México y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder general a don José Nicolás de Luque, Sargento Mayor y vecino de la Ciudad de Puebla, para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0152 · Item · 1752/05/08
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

“El Licenciado don Pedro Jerónimo Laso, Clérigo Presbítero de este obispado de la Puebla de los Ángeles, exhibió un testimonio de una escritura a efecto de que se registre en este libro, y de él consta haberla otorgado doña Gertrudis María del Castillo de Altra, viuda de don Miguel Navarro, que antes lo fue del Capitán don José de Carvajal y Contreras, su data a 2 de mayo del presente; y que la susodicha en conformidad de haber don José Nicolás de Luque, vecino de la ciudad de a Puebla de los Ángeles, en virtud de poder de doña Ana [Francisca] Margarita de Iribas Dávila, vecina de esta villa, viuda del Factor [roto] Lorenzo de la Torre, confesando haber recibido del Capitán don Ignacio de Eguren, vecino de la expresada ciudad, la cantidad de 1 000 pesos en reales de contado a que se hallaba obligado en favor de la capellanía de misas rezadas que se ha de fundar y a cuyo título se ordenó dicho Bachiller don Pedro Jerónimo Laso; y dándose por entregado de ellos a su satisfacción, cedido, transferido y traspasado en dicho favor de la mencionada capellanía, expresado capellán, y de los demás sus capellanes y patrones, 1 000 parte de los 1 500 de un censo a que en favor de la expresada doña Ana se halla afecta y grabada la hacienda de fabricar azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción y unas tierras pertenecientes a la expresada doña Gertrudis; consintiendo en que los reconociese en el asentado favor de dicha capellanía, los reconoció sobre las prenotadas tierras, que es un sitio para ganado menor, en favor de este censo y sobre dicha su hacienda, obligándose a darlos y pagarlos cuando los quite y redima; y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento”.

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