Don Matías de Velasco, vecino de la jurisdicción de Tampico y don Francisco Varela, vecino de este pueblo de Jalapa, deben y se obligan a pagar a don Francisco Muñiz de Cámara, vecino del citado pueblo, la cantidad de 300 pesos de 8 reales de oro común, en el periodo de 8 meses.
Agustín, Josefa y Juan Valero, vecinos de esta villa, hijos naturales y herederos del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, difunto, por propio interés, los dos primeros mayores de veinticinco años y dicho Juan Valero mayor de catorce años; otorgan poder general al Licenciado don Francisco Varela, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España y vecino de la ciudad de México, para que en nombre y en representación de sus personas siga, prosiga, fenezca y acabe todos y cualesquier pleitos, causas negocios civiles y criminales que al presente tienen y en adelante tuvieren. Asimismo, para que cobre judicial o extrajudicialmente, todas las cantidades de pesos, oro, joyas, esclavos y demás cosas que les deban.
LOPE ANTONIO DE IRIBAS, JUEZ RECEPTORTomás Bacelo, vecino de este pueblo, junto con Francisco Varela, recibió por donación de Juan Justino Ruiz, un negro nombrado Francisco Javier, de 17 años, sujeto a servidumbre, el cual vende a Domingo Pérez Saracho, labrador y vecino de Huamantla, y habiéndole pagado dicho Francisco lo que le correspondía de dicho esclavo, lo vende libre de empeño, sin vicio, defecto o enfermedad, al precio de 160 pesos.
El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de hacer azúcar en su jurisdicción, vende al Señor don Francisco Valero y Espinosa, Alcalde Ordinario por Su Majestad, una hacienda de dicho beneficio nombrada San Juan Baptista [Bautista] en esta jurisdicción, la cual linda por el oriente con ejidos del cabildo de esta villa; por el poniente con el comedero de Sacatepeq [Zacatepec]; por el norte con tierras del Licenciado don Andrés de Meza y Mendoza, Presbítero; y por el sur con tierras de Francisco Valero. Dicha hacienda la hubo y heredó del Regidor José de Leiva, su padre, asimismo, las tierras son las mismas que el Ilustre Cabildo de esta villa le repartió a Juan de Miranda y Leiva, su abuelo, como uno de los treinta primeros fundadores. La hacienda se compone media caballería de tierra, casa de vivienda de cal y canto, un asoleadero, una casa de calderas con su colgadizo, hornallas y pilares, trapiche con su molienda corriente, casa de purga, dos espumaderas, una bomba y un remillón, dos negros esclavos, nueve machos, doce suertes de cañas. La vende al precio de 7 300 pesos de oro común a censo sobre la hacienda y sus aperos, con la obligación de hipotecar y obligar al seguro de ellos 5 caballerías de tierra que posee el comprador por suyas a la linde de la citada hacienda. Asimismo, será obligado a pagar los réditos a razón de 5 por ciento anuales, por cuatrimestre y de la manera siguiente: 2 000 pesos que exhibirá de contado a Rafael y Miguel de Leiva, menores hijos y herederos del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, su hermano, y entregará para cuando tengan la edad competente; 500 pesos de los que entregará reconocimiento en favor de la obra pía para casar huérfanas que mandó instituir el Licenciado Juan Francisco Álvarez Ricardo, Presbítero; 2 000 pesos que quedarán cargados sobre dicha hacienda a censo en favor de la Madre Nicolasa Teresa de la Concepción, su hermana, Religiosa del convento de Santa Clara de la ciudad de Los Ángeles; 1 800 pesos sobre dicha hacienda a censo en favor de las religiosas Madres Nicolasa Teresa de la Concepción y Gertrudis de San Miguel, sus hermanas, Religiosas Profesas del convento de Santa Clara de los Ángeles, y por fallecimiento de ambas, volverá el principal a los herederos y sucesores del Regidor José de Leiva; y los 1 000 pesos restantes se reconocerán sobre la hacienda a censo en favor del Comisario don José de Sagade.
FRANCISCO VALERO Y ESPINOSA, JUEZ RECEPTOR