Gabriel de Ochoa, vecino de este pueblo de Jalapa, junto con Casilda Gertrudis de Zárate, viuda y vecina de este pueblo, declaran que don Alejandro Jacinto Gago de Mendoza y Montenegro, natural de Pontevedra en el reino de Galicia, les otorgó un poder para testar el cual aceptan, declarando que renuncian al albaceazgo y a la herencia que les otorgo en el, recayendo el albaceazgo en don Domingo Díaz Mier.
Alejandro Jacinto Gago de Mendoza y Montenegro, vecino de este pueblo, debe y se obliga pagar a José Piñero, vecino de Veracruz, como albacea que es de los hijos y herederos de Nicolás Rodríguez, la cantidad de 324 pesos que le prestó en dinero de contado, los cuales se obliga a pagar 200 pesos al despacho de la flota que se está esperando y los 124 pesos 2 reales restantes dentro de 4 meses en su partida.
Don Alejandro Jacinto Gago de Mendoza y Montenegro, natural de Pontevedra, en el reino de Galicia, hijo legítimo de don Francisco Camaño y Armida y de doña Gaspara Gago de Mendoza y Montenegro, otorga poder para testar a Casilda Gertrudis de Zárate, viuda de Juan de Escobar, junto con Gabriel de Ochoa, vecinos de este pueblo de Jalapa, nombramiento de albaceas en este pueblo a don Domingo Díaz Mier y Gabriel de Ochoa, y para lo que tiene en España a doña Isabel Antonia de Gago Mendoza Montenegro, su hermana y como heredera a la citada Casilda Gertrudis de Zárate.