María de Escobedo Ladrón de Guevara, viuda de Luis de Ortega, vecina de Misantla, otorga poder especial a Fernando de Ortega, Teniente General de Alcalde Mayor del partido de Misantla y Notario del Santo Oficio de la Inquisición, para que pueda comparecer en los Tribunales y entregue la dote que llevó al matrimonio, nombre apreciadores de los bienes y contadores, para aprobar la partición entre ella y sus herederos, además para que cobre cualquier cantidad de pesos y bienes muebles o raíces que le pertenezcan.
Don Antonio Cayetano de Alarcón, Cura y Juez Eclesiástico de Misantla, natural de la ciudad de Puebla de los Ángeles e hijo legítimo de don Agustín de Alarcón y de doña María Martínez, realiza testamento en el cual nombra a doña María de Escobedo Ladrón de Guevara, su prima y viuda de don Luis de Ortega, como albacea y a falta de esta, al primer heredero que cite en la memoria que escribirá para registrar todos sus legados y legatarios.
María de Escobedo Ladrón de Guevara, viuda de don Luis de Ortega y vecina de este pueblo, realiza testamento, en el cual nombra como albacea al Licenciado don Antonio Cayetano de Alarcón, Cura de esta doctrina, y en su ausencia a sus hijos don Fernando, don Antonio, don José Antonio, don Cristóbal, don Manuel, don José Mariano y doña Micaela, a quienes nombra herederos.
El Capitán de Lanceros de la Costa de Barlovento Cristóbal de Ortega, dueño de hacienda de ganado mayor, hijo de los difuntos don Luis de Ortega y doña María de Escobedo Ladrón de Guevara, vecino de Misantla y residente Jalapa, otorga poder para testar a su esposa doña María Candelaria Romero, y por su ausencia a sus hijos Juan Francisco de Ortega y Antonio Marcos de Ortega, para que ordenen su testamento, en donde declara fue albacea de su suegro, de quien junto con su suegra pagaron las deudas que tenía, de los bienes que quedaron en poder de su suegra, por fallecimiento de ella, su hijo se apoderó de ellos y lo dejó a él con el compromiso de las deudas que tenía su suegro, es casado con dicha María Candelaria, quien llevó a su poder 425 pesos y 1 esclava como dote, y él tenía 200 pesos y 1 esclavo; procrearon 12 hijos, a quienes nombra herederos.
El Capitán de Lanceros de la Costa de Barlovento don Cristóbal Antonio de Ortega, dueño de hacienda de ganado mayor en la jurisdicción de la Antigua, hijo de don Luis de Ortega y de doña María Escobedo Ladrón de Guevara, difuntos, vecino del partido de Misantla jurisdicción de la Antigua, de transito en este pueblo de Jalapa, otorga poder para testar y nombramiento de albacea a su legítima esposa doña María Candelaria Romero, en segundo lugar a su hijo don Juan Francisco de Ortega y en tercero a su yerno don Juan Berman. Nombra como herederos a sus 10 hijos y 5 nietos.
Doña María de Escobedo Ladrón de Guevara, viuda de don Luis de Ortega, dijo que en virtud que en Tehuacán de la Granadas murió dicho su marido intestado y habiéndose hecho inventario de sus bienes, hubo de ellos concurso de acreedores en los cuales la otorgante le correspondieron otorgaron 300 pesos de su dote, por lo que otorga poder especial a don Felipe Ispan, vecino de la Nueva Veracruz, para que cobre y reciba dicha cantidad.
Juan de Ortega, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de Orisava [Orizaba], natural de la Puebla de los Ángeles, hijo de Luis de Ortega y Antonia Ferrer difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco, de cuya Tercera Orden es hermano, y sepultado delante del altar de Jesús Nazareno, en la parte y lugar donde fuere su fallecimiento. Declara hace veintiséis años poco más o menos contrajo matrimonio con Agustina Ramírez, quien llevó a su poder por sus bienes una mulata nombrada Teresa Carmona, la cual ha procreado algunos hijos, y él tendría de caudal como 2 000 pesos poco más o menos, durante dicho matrimonio no han procreado hijos. Señala haber criado en su casa y compañía a Benito José de Ortega, María de Ortega, Pedro de Ortega y José Manuel de Ortega, huérfanos. No debe a persona alguna. Declara que algunos vecinos del pueblo de Orisava [Orizaba] le están debiendo algunos reales que constan por vales. Manda que a Benito José se le dé el banco de herrar y toda la herramienta para que la use y mantenga a Agustina Ramírez, su mujer, hasta que ésta fallezca y después la use como suya propia. Asimismo, manda que a Benito se le dé toda la ropa de color y blanca, y un aderezo de espada de plata. Que se le den a María de Ortega los cuadros y sillas de su casa. Por bienes señala cuatro casas bajas en el pueblo de Orisava [Orizaba], cubiertas de tejas, contigua una de la otra en la calle Real. Nombra por sus albaceas a Agustina Ramírez y al Bachiller don Miguel Pérez; por tenedora y heredera a Agustina, en atención a no tener herederos forzosos y con cargo de que paren en su poder las cuatro casas y tenga en su compañía a los cuatro huérfanos y que no pueda vender las casas, censuarlas ni gravarlas a capellanía ni a tributo ni otro gravamen, sino que con sus arrendamientos las mantenga y repare en lo que necesitaren. Manda que la casa en donde vive Sebastián Ramírez se le dé a Benito José de Ortega para que éste la goce sin gravarla a censo ni otro tributo, porque es su voluntad que, aunque se case o tenga hijos pase dicha casa a la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, del pueblo de Orisava [Orizaba], con el cargo de que su mayordomo mande a hacer misas anuales por su alma y la de su mujer. De la segunda casa manda se le dé, después del fallecimiento de su mujer, a María de Ortega con la condición de no gravarla ni hipotecarla a censo ni deuda alguna y por fin de ella pase a la cofradía del Señor San Francisco Xavier [Javier]. De la tercera casa, en que actualmente vive el Bachiller don Miguel Pérez, pase a Pedro de Ortega con las mismas condiciones que las anteriores y por fin de sus días hace gracia y donación a la cofradía de Nuestra Señora de la Soledad, con la misma obligación y cargo de las otras. Y de la cuarta casa, manda se de a José Manuel de Ortega para que la goce como suya con el mismo cargo y no las hipoteque a censo, tributo, capellanía ni otro gravamen, porque por fin de sus días le hace manda de dicha casa a la cofradía de Jesús Nazareno, del pueblo de Orisaba [Orizaba], con el cargo de otras 10 misas rezadas por su alma y la de su mujer. Las cuales gocen las cofradías por fin de los días de su mujer y huérfanos.
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