Don Miguel de Pagola, vecino de Valladolid, otorga que debe y se obliga a pagar a don Martín de Michelena, la cantidad de 6, 000 pesos escudos mexicanos, mismos que importaron diferentes mercaderías, y que pagará dentro de un año, en la Ciudad de México.
Don Martín de Michelena, flotista, otorga poder general al Capitán don Ignacio Michelena, para que cobre todas las cantidades de pesos y plata a todas las personas que le deban.
Don Martín de Michelena, natural de la Villa de Urday, Navarra, hijo legítimo del difunto don José de Michelena y de doña Juana de Olamde, otorga poder para testar y nombramiento de albaceas a don Juan de Olave, a don José de Guisasola y a su hermano don Norberto de Michelena, vecinos de la ciudad de Cádiz, y como heredera nombra a su madre doña Juana de Olamde.
Don Diego José de Miranda, flotista de la flota a cargo del señor don Manuel López Pintado, presenta copia de una escritura en la cual, los hermanos don Martín de Michelena y don Norberto de Michelena, vecinos de la ciudad de Cádiz, se obligan a pagar de don José del Duque, vecino de la misma ciudad, la cantidad de 8,288 pesos en plata antigua, los cuales se niegan a pagar ahora, ya que indican que la cantidad solicitada llegó incompleta en los navíos que las trajeron.
Don Martín de Michelena, cargador de la presente flota a cargo del señor Jefe de cuadras, Rodrigo de Torres, informa que por medio de una escritura de fecha 10 de julio de 1732, en la Ciudad de Cádiz, se obligó a pagar a don Francisco González Quijano, vecino de la ciudad y puerto de Santa María, 560 pesos de a 8 reales, los cuales ha cubierto por medio de don Juan Morel, por lo cual se procede a la cancelación y nulidad de dicha escritura.
Juan de los Ríos, Nicolás Antonio Pérez de Asanza y Francisco de Achiga, vecinos y mercaderes de la Ciudad de México, deben y se obligan a pagar a Martín de Michelena, cargador de la flota a cargo de Rodrigo de Torres y Morales, la cantidad de 24, 213 pesos y un real, en las primeras banderas que salgan hacia los Reinos de Castilla.