Mateo Cipriano Gutiérrez, pardo libre, hijo de Juan José Gutiérrez y María de la Trinidad Sevilla, y su legítima mujer Ana Francisca Ruiz, hija de Diego Antonio Ruiz y Ana Catarina de Santiago, vecinos del ingenio la Orduña, otorgan que se dan poder mutuo para testar, junto con su compadre Joaquín Quiroz, para que hagan y ordenen el testamento, en donde ambos se constituyen albaceas en compañía de su compadre y nombran herederos universales a sus hijos.
Comparecencia de María de la Trinidad Sevilla, mujer legítima de Juan José Gutiérrez, quien con licencia expresa y consentimiento de este último y Cayetano de Sevilla, Juana Manuela y otra María de la Santísima Trinidad, doncellas, pardos libres, vecinos del Ingenio de La Orduña, de esta jurisdicción, hijos y herederos de los difuntos Diego Cayetano de Sevilla y Josefa Gregoria Leiva, proceden a realizar inventario y repartición de los bienes que les heredaron.
Juan José Gutiérrez, hijo legítimo de los difuntos Bernardo Gutiérrez y Margarita de Arellano, pardo libre y vecino de la Orduña, casado legítimamente con María de la Trinidad Sevilla, a la cual otorga poder para testar y nombramiento de albaceas, en compañía de su hijo Mateo Ciprián Gutiérrez, y como herederos a sus hijos legítimos el citado Mateo, Francisca, María y José.