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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0076 · Unidad documental simple · 1717/08/12
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, hijo del Capitán don Juan Rodríguez Durán y de doña Marina Gómez Dávila, difuntos; dijo que por muerte de su padre quedaron dos haciendas de trapiche de hacer azúcar, una nombrada San Antonio de Padua que hubo y compró en Real Almoneda por bienes de Antonio de Brito Lomelín en 46 000 y más pesos; y la otra nombrada Señor San Joseph [José]. Y con ocasión de que su madre no podía administrar ambos trapiche, presentó como albacea un escrito a la Real Justicia, haciendo dejación a la Real Justicia la dicha hacienda nombrada San Antonio de Padua, con el cargo de que la entregue o la persona que la recibiese, le pagase a los menores hijos de Antonio de Brito Lomelín 19 000 y más pesos que se le quedaron debiendo de resto de sus legítimas, y lo demás cumplimiento a los 46 000 que se [ilegible] a su madre, por lo que había pagado del valor de la hacienda. Y dicha Real Justicia sin haber precedido pregones [ni otras diligencias] les nombró a los menores por curador a don Manuel Gómez Dávila, su tío, quien se dice afianzó la curaduría y mandó se le entregase la hacienda sin más solemnidad ni otra circunstancia y sin relevar a los bienes del dicho su padre ni a sus fiadores de las fianzas que dio por dicha curaduría. Y por muerte de Manuel Gomes Dávila, su tío, estando siguiendo autos contra bienes del susodicho sobre que se le pague la demasía que va a dejar de los 46 000 y más pesos a los 19 000 de la tutela de Antonio de Brito o que presentase título legítimo de la propiedad que adquirió a dicho trapiche, alegando todas sus excepciones y su minoría de edad en que se encontraba por entonces, cuyos autos se han remitido en asesoría junto con los de Antonio de Brito para su determinación, a los cuales se remite. Y por cuanto, don José Manuel de Castro, vecino de esta villa, le ha dado y entregado el resto de los 46 000 pesos y más pesos a los 19 000 pesos de las tutelas, y le ha pedido ceda, renuncie y le transfiera todo el derecho que pudiera tener a la hacienda. Por lo cual, señala haber recibido de José Manuel de Castro la cantidad de 22 000 pesos de oro común en reales, que es el resto de mencionada cantidad, más otros 8 000 pesos que el Capitán don Manuel Gómez Dávila, su tío, confiesa deber a doña Marina Gómez Dávila, su madre, por el tiempo que administró las haciendas, de una y otra cantidad se dio por entregado a su voluntad y entregó recibo en forma; y otorga su poder a don José Manuel de Castro, y le cede, renuncia y transfiere todos sus derechos y acciones reales y personales que como dueño del derecho él tenía sobre la hacienda, en virtud de esta cesión y traspaso que hace ante los señores jueces y justicias de Su Majestad. Y para lo dependiente, anexo y concerniente, le da poder a José Manuel con libre y general administración con facultad de enjuiciar, tachar, abonar, reclamar, suplicar y substituir, nombrar otros y todos relevos según derecho.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0044 · Unidad documental simple · 1718/07/14
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Teniente don Luis Martínez de Figueroa, que lo es de una de las Compañías Milicianas Españolas de esta villa, dijo que el 9 de agosto de 1717 don José Manuel de Castro, vecino que fue de esta villa, le otorgó su poder general para que administrase y gobernase su hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada San Antonio de Padua en jurisdicción de esta villa. Por las tantas ocupaciones que tiene no puede asistir al cargo, por lo cual se exonera de él para no usar de ahora en adelante.

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MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0004 · Unidad documental simple · 1719/01/21
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don José Manuel de Castro, vecino de esta villa, marido y en conjunta persona de doña Juana Teresa de Soto Noguera, hija y heredera del Alguacil Mayor don Juan de Soto Noguera. Señala haber recibido de don José de Tembra y Simanes, vecino de esta villa, 266 pesos y 5 tomines de oro común en reales, mismos que paraban en su poder, pertenecientes a Juana Teresa, sobre la casa que posee el susodicho por cuenta de su legítima paterna y materna. Cantidad que recibió y entregó carta de pago y recibo.

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MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0075 · Unidad documental simple · 1717/08/12
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general a don José Manuel de Castro, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona demande y cobre judicial y extrajudicialmente todas y cualesquier cantidades de maravedíes pesos de oro, plata, joyas, esclavos, mercadurías y otras cosas que se le deban. También, señaló tiene otorgado poderes generales a diferentes personas de la ciudad de México, para todos sus pleitos, causas y negocios, los cuales y en caso necesario manda a José Manuel los sustituya en las personas que ordenase y si lo revocase, pida a cualesquier escribano haga saber dicha revocación, dejándoles en sana opinión y buena fama, y hasta que tenga efecto lo contenido en este poder, haga los demás autos y diligencias que judicial y extrajudicialmente convenga, que para lo dependiente, anexo y concerniente le da éste con libre y general administración con facultad de jurar, enjuiciar y sustituir.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0078 · Unidad documental simple · 1717/08/12
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general a don José Manuel de Castro, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación lo obligue como principal o fiador a favor de cualesquier persona, conventos, monasterios y obras pías en las cantidades de pesos que le pareciere, y que él le tiene comunicado.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0002 · Unidad documental simple · 1719/01/20
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Juana Teresa de Soto Noguera, vecina natural de esta villa, hija del Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera y de doña Tomasa Rodríguez Romano, difuntos, otorga poder para testar a don José Manuel de Castro, su marido, y a don Ignacio de Tembra y Simanes, su tío, Regidor Perpetuo de esta villa, para que en el término que impone la ley 33 de Toro puedan hacer y otorgar su testamento con todas las mandas, cláusulas, legados, misas y demás disposiciones. Señalando que su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en el convento y capilla de San Antonio, delante del altar de Nuestra Señora de los Dolores. Declara que hace mes y medio contrajo matrimonio con José Manuel, en el que ella no llevó caudal alguno y por herencia paterna le tocaron 560 pesos que paran en poder de su tutor, lo cual manda se le cobren. Nombra por sus albaceas a su marido y por su falta o ausencia a su tío, el regidor perpetuo. Y por sólo tenedor de bienes a su marido. Nombra por heredero de la mitad de sus bienes al Bachiller don Juan de Soto Noguera, su tío, y otra mitad se distribuya en misas por su alma por pitanza ordinaria.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANX-P-0019-PX_0019_0367 · Unidad documental simple · 06/06/1732
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

José Manuel de Castro, vecino de este pueblo de Jalapa, vende a Antonio Camacho, vecino de este mismo pueblo, un pedazo de solar con 18 varas de frente y 65 de fondo, en el precio de 13 pesos de oro común, libre de censo, empeño e hipoteca.

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MX UV.USBIX ANX-P-0020-PX_0020_0244 · Unidad documental simple · 09/10/1733
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

José Manuel de Castro, vecino de este pueblo, otorga su testamento en donde menciona que es casado con Andrea Catarina de Alda; nombra como albacea a su padre Diego de Castro y Gamboa y al Alférez Laureano Fernández de Ulloa, y como herederos universales a su padre Diego y a su madre Ana María de Chávez y Peña.

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MX UV.USBIX ANX-P-0065-PX_0065_0116 · Unidad documental simple · 19/08/1801
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Inés Alfonsa Cárdenas, natural y vecina de esta Villa, hija de Mateo Cárdenas y de Serafina Antonia, difuntos, otorga su testamento donde declara que aunque no ha sido casada ha tenido 4 hijos naturales María de la Asunción, difunta, Manuel María, ausente y no sabe de su paradero, José Manuel de Castro y José Eustaquio, mayores de 25 años. Nombra como albacea a su hijo José Manuel de Castro, vecino de esta Villa. Nombra como herederos a sus hijos.

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MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0070 · Unidad documental simple · 1717/08/09
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar en jurisdicción de esta villa de Córdoba, el Alférez don José de Tembra y Simanes, Juan Rodríguez Bazán, don Luis Martínez de Figueroa, don Juan Antonio Ramírez de Aguilera y Antonio Estévez, vecinos y mercaderes de esta villa de Córdoba; dijeron que el día 7 del presente mes y año se remató en don José Manuel de Castro, residente en esta villa, el trapiche nombrado Señor San Antonio de Padua, que quedó por bienes del Capitán don Manuel Gómez Dávila, en cantidad de 29 159 pesos y 6 reales que importó su avalúo. Razón por la cual, los otorgantes se constituyen fiadores de don José Manuel de Castro, en manera, que si el susodicho no cumpliera con el remate y con las calidades y condiciones en el referidas, por su falta y por cada plazo que no cumpla, ellos lo harán por cantidad que a cada uno le tocare, llanamente y sin pleito alguno, pena de la ejecución y costas de la cobranza, para lo cual hipotecan cada uno, sus casas de piedra y madera que poseen en esta villa con la mercaderías y demás géneros que en ella tienen. Y el Capitán don Antonio de Leiva, hipotecó sus haciendas de trapiche, la una nombrada Nuestra Señora de los Dolores y la otra La Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora, alías Acatengo, y unas casas de piedras y madera en esta villa. Unos y otros señalan que no venderán, cederán, trocarán ni cambiarán en manera alguna hasta que este débito y sus réditos estén pagados.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO