Comparecencia de María de la Trinidad Sevilla, mujer legítima de Juan José Gutiérrez, quien con licencia expresa y consentimiento de este último y Cayetano de Sevilla, Juana Manuela y otra María de la Santísima Trinidad, doncellas, pardos libres, vecinos del Ingenio de La Orduña, de esta jurisdicción, hijos y herederos de los difuntos Diego Cayetano de Sevilla y Josefa Gregoria Leiva, proceden a realizar inventario y repartición de los bienes que les heredaron.
Diego de Sevilla, pardo libre, natural y vecino del Ingenio de La Orduña, de donde fueron sus difuntos padres, casado con Josefa Gregoria Leiva, difunta con quien tuvo por hijos legítimos a Cayetano de 25 años, Maria de la Trinidad, casada, Juana Manuela de 25 años y a Maria de la Trinidad de 14 años, los cuales nombra herederos universales y albaceas de su testamento; a Cayetano lo designa curador y tenedor de bienes de Maria de la Trinidad, la menor de sus hijos.
Juan Cayetano Sevilla, Juana Manuela, María de la Santísima Trinidad y María de la Trinidad, mujer legítima de Juan Gutiérrez y con licencia del mismo, todos hijos legítimos y herederos de Diego de Sevilla y de Josefa Gregoria Leiva, sus padres difuntos, otorgan poder general a Don José Ramos, para que los represente en todos sus pleitos y causas, eclesiásticos y seculares, civiles y criminales.