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Descrição arquivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0134 · Item · 1837/11/15
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Antonio Fernández de Velasco, vecino de la población de la Hoya y presente en este suelo, otorga poder especial a don Rafael de la Mora, de esta vecindad, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, le cobre a don Antonio Hernández cantidad de pesos que le adeuda, sobre cuyo particular dará el comparente las respectivas instrucciones a dicho apoderado.

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MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0081 · Item · 1832/07/27
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Gago, de esta vecindad, otorga que vende a don Dionisio Camacho para don Antonio Fernández de Velasco, vecino de la ranchería de la Hoya, una casa de paredes cubierta de madera y teja que posee en esta ciudad, en la penúltima cuadra de la calle del Calvario o Amargura, a donde hace esquina y se compone su frente hacia el oriente en dicha calle, de 26 varas y del otro lado casa esquina de don Carlos Arias; y 91 de fondo hacia el poniente, por donde linda con solares de Antonio Choza y fondo de la casa que pertenecía al finado don José Antonio de la Peña; por el costado del norte hace otro frente al callejón que va para el molino que nombran de San Roque y del otro lado casa y solar de don Antonio Pérez Pensado; y por el costado del sur linda con otra casa y solar de doña Mariana Pérez Chamorro. Cuya casa el otorgante compró a doña Mariana Pérez Chamorro por escritura que otorgó en esta ciudad el 23 de marzo de 1810, y se halla afecta y gravada a 880 pesos de principal en esta forma: 250 pesos en favor del convento de San Francisco de esta ciudad, 410 pesos a favor de doña María Dolores Castro, 120 pesos a favor de la cofradía de la Purísima y 100 pesos a favor de la cofradía de la Santa Veracruz de esta parroquia. La vende en precio de 3 000 pesos, con el reconocimiento de los 880 pesos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0137 · Item · 1835/10/19
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Antonia Josefa Castañón y don José Ignacio Castañón, hermanos, mayores de edad, de esta vecindad, dijeron que por fallecimiento de su madre, doña María Rosana Pérez Chamorro, quedó una casa de edificio bajo, ubicada en esta ciudad, en la calle del Calvario, con la cual hace su frente al oriente; lindando por el norte con otra casa que fue de los comparentes y hoy es de don Antonio Fernández de Velasco; por el sur con casa de los herederos de don Mariano Zavaleta; y por el poniente con sitio de Nuestra Señora de los Dolores del Calvario. Asimismo, dijeron que dicha casa la hubo por herencia la señora Pérez de su madre, doña María Ignacia de la Cruz, quien la compró a don Pedro Durán, por escritura con fecha en esta ciudad a 27 de septiembre de 1754. Y por cuanto le es preciso a doña Antonia cubrir algunos créditos contraídos en parte para el sostenimiento de ambos comparentes, otorgan que venden dicha casa al Presbítero don José Dionisio Martínez, en precio de 1 100 pesos, de los cuales ha de continuar reconociendo al rédito de un 5 por ciento anual, 200 pesos de dos obras pías a favor de Nuestra Señora de los Dolores del Calvario y de Señor San Antonio del convento de San Francisco de esta ciudad.

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MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0112 · Item · 1824/09/01
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Gago, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de don Juan Francisco de Bárcena, de este comercio y vecindad, como curador ad bona de doña María Dolores Castro, menor de veinticinco años de edad, la cantidad 410 pesos de la pertenencia de esta. Cuya suma se obliga a tener en su poder por vía de depósito irregular, por el espacio de cinco años, a partir de esta fecha, a satisfacer anualmente el acostumbrado y el premio de 5 por ciento. Y en favor de su acreedora hipoteca una casa de paredes, de edifico bajo, cubierta de madera y teja, que posee en esta villa, haciendo esquina a la penúltima cuadra de la calle del Calvario y Callejón que va para el Molino de San Roque, a la que hace su frente principal hacia el oriente y del otro lado con casa que fue del finado don Carlos Arias; por su fondo al poniente linda con el de casas del difunto Antonio Choza y de don José Antonio de la Peña; por el norte hace otro frente al callejón citado y del otro lado casa del finado don Antonio Pensado; y por el del sur, linda con el costado de la casa que fue de doña María Pérez Chamorro. Cuya deslindada finca se obliga a no enajenar, hasta que no esté pagado este principal y sus premios, asimismo puede su acreedora sacarla de terceros y demás poseedores, venderla y rematarla y con su producido cubrirse del principal, réditos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0145 · Item · 1840/10/29
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Antonio Hernández, vecino de la población de la Hoya [Joya], residente ahora en este suelo, dijo que su padre don Clemente Hernández, fue dueño de unas casas de madera en paraje nombrado rancho de Cruz Verde, a orillas del camino Nacional en cercanías de la Hoya [Joya], de cuyo rancho posesionó al comparente su mismo padre desde mucho antes de morir. Asimismo, dijo que para fomento de dichas casas le ministró don Antonio Fernández de Velasco algunos reales sobre lo cual le otorgó obligación con hipoteca el 13 de octubre de 1834; y últimamente le ministró el mismo Velasco más cantidad, hasta haberle ofrecido el comparente se quedase con dicho establecimiento por el valor de 1 300 pesos, pero por haber fallecido hace pocos días dicho Velasco quedó pendiente la venta. Y estando pronto a formalizar escritura de venta a favor de la testamentaria de don Antonio Fernández de Velasco, reduciéndolo a efecto, otorga que vende en favor de dicha testamentara el referido establecimiento titulado rancho Cruz Verde y su anexo Casa del Toro, en precio de 1 300 pesos. Cuyo establecimiento comprende diversos jacales o casas de madera cubiertos de tajamanil, en los parajes nombrados Cruz Verde y Casa del Toro, corrales, cercas y zanjas que circundan el terreno, el cual no es propiedad del comparente pues pertenece a los pueblos de Tlacolulan, San Salvador y San Gabriel a quienes se pagan sus respectivas pensiones, siendo los linderos que comprenden los siguientes: por oriente con tierras que hoy tienen los Rodríguez siguiendo hasta la cumbre del cerro; y con José Juan Colin al sur; por poniente con éste mismo y con Rosario Alarcón; por el norte con el río a encontrar con la pila del agua siguiendo al norte de ella, lindando con Gertrudis Hernández, haciendo esquina al camino público, desde donde siguen cerca de piedra hasta el puente y tuerce a encontrar el punto de Tejocotes, lindando con Desideria, viuda de Bonifacio; comprendiendo este mismo establecimiento la casa nombrada de Toro, que se halla a la otra parte del camino, cuyo terreno pertenece al pueblo de Tlacolulan.

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MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0119 · Item · 1833/09/18
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Antonio Fernández de Velasco, natural y vecino de la población de la Hoya, doctrina de Tlacolulan en este cantón, hijo de don Ignacio Fernández de Velasco y de doña María Nicolasa Farfán, sus padres ya difuntos, otorga que ordena su testamento: En el que declara que es casado con doña María de Jesús Olivares, de cuyo matrimonio procrearon a un hijo varón y cuatro mujeres. Cuando contrajo matrimonio tenía 300 pesos de capital en animales y otras frioleras y su referida esposa trajo una vaca y unas ovejas que todo importaría unos 50 pesos. También declara que tiene en su casa un niño nombrado José Luis, hijo de un fulano Lara y Gertrudis, que por haber muerto el expresado Lara y de carecer de proporción la madre, le consignó ésta al dicho niño desde que tenía tres meses de edad y de lo consiguiente se ha criado y alimentado en casa, teniendo hoy la edad de 4 años; de esta manera ordena que cuando fallezca se continué asistiendo y se le dé educación cristiana y que para los gastos tomen la cantidad que en el quinto de sus bienes va a consignarle y que cuando tengo edad competente se le entregue lo que haya quedado de la parte que le queda consignado y en el caso de que tenga mala conducta, que no quiera permanecer en compañía de su familia o llega la época de conducirse si solo, se tendrá por hecho en su favor el expresado legado y no se le dará cosa alguna; sino que el sobrante que haya a la vez se tendrá como parte de caudal del comparente y se distribuirá entre sus hijos herederos. Declara por bienes una casa ubicada en esta ciudad a la calle del Calvario, con solo el gravamen de 420 pesos; un rancho de siembra llamado el Rincón en terreno de los naturales de Tlacolulan que se lo tienen dado en enfiteusis; una cañada de una carga de sembradura llamada el Potrero, en terreno de los mismos de Tlacolulan; otro pedazo arriba de Cruz Verde, beneficiado para siembras y en terreno de los propios de Tlacolulan en los mismos términos de los anteriores; una casa de madera contigua al mismo paraje de Cruz Verde, en tierras de los San Gabrieles; las casas de su habitación y establecimiento que son los principales parajes de posada en la Hoya, con sus respectivos departamentos de tienda, amasijo, macheros, corral y demás necesario, ubicado todo en terreno de los ya citados de Tlacolulan; un pie de ganado vacuno en Actopan a la falda del cofre; animales de carga y para el servicio de posta, ganado ovejuno y cabrío; además, dos atajos de mulas, uno de cuarenta cinco y otro de cuarenta y cuatro aparejadas todas, para ejercitar en el tráfico del camino están al cargo de su hijo don José Joaquín que las gobierna la denominación de Mayordomo, quién se lleva la mitad de utilidades. Declara que en su libro de gobierno consta lo que su tienda tiene de existencias, lo cual son igualmente sus bienes; así como, el numerario que se encuentre en mi casa; entre otros que se mencionan en el acta. Nombra por sus únicos y universales herederos a sus cinco hijos. Y por albaceas a su hijo don José Joaquín Velasco y Olivares y a don Dionisio Camacho; así mismo, les otorga poder y facultades para que después de su fallecimiento procedan a la recaudación y cobranza de todos de ellos, también a la formación del plan divisorio. Finalmente revoca todos los testamentos, codicilos, poder para testar y otras últimas disposiciones que antes de esta haya hecho u otorgado por escrito o por palabra.

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MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0035 · Item · 1835/03/09
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Antonio Fernández de Velasco, vecino de la población de la Hoya y presente en este suelo, otorga que se compromete a servir la posta de dicho punto de la Hoya, dando una mula de carga, dos caballos y un postillón en los días miércoles de cada semana para que conduzcan del referido punto de la Hoya a Perote la correspondencia, cuya contrata será por tiempo de seis meses que comenzaron a correr el día primero del presente, por la cantidad de 275 pesos en los seis meses, en cuenta de los cuales tiene recibidos 25 pesos y se le ha de entregar el resto, que son 250 pesos a fines de abril próximo. Y si le pidiesen más de las tres bestias referidas, la franqueará pagándosele lo que sea justo; igualmente, han de correr los extraordinarios de la Hoya a Perote y de la Hoya a Xalapa, pagándosele con arreglo a la tarifa y contrata, ya sean para el gobierno o particulares. Y estando presente don Luis Slocum, a quien confiesa conocer perfectamente el nominado Velasco, dijo que a nombre de los señores Manuel Escandón y Compañía, ha celebrado con dicho Velasco la contrata explicada en los términos referidos, y en consecuencia compromete a la citada compañía a pagarle a Velasco los 275 pesos por el tiempo de seis meses.

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MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0068 · Item · 1828/06/16
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Dionisio Camacho, alcalde cuarto constitucional, otorga que como colector de diezmos, da en arrendamiento a don Antonio Fernández de Velasco, vecino de la ranchería de la Hoya, la producción de diezmos de toda la doctrina de Tlacolulan, por tiempo de 3 años, que comenzarán a correr y contarse desde el primero de julio del presente año, y concluirán en igual fecha de 1831, por el precio de 6 000 pesos a razón de 2 000 pesos anuales, bajo las condiciones siguientes: 1.° Para seguridad de este arrendamiento, hipotecará sus bienes, consistentes en ganado mayor y menor, atajo de mulas, aperos, casas y siembras, valuados en 8 000 pesos. 2.° Pagará 2 000 pesos en los días 1 de julio de 1829 y 1830 y el resto en la misma fecha de 1831. 3.° En caso de no ser puntual en el pago se procederá ejecutivamente sobre sus demás bienes. 4.° Para cobrar los diezmos, se deben respetar las cuotas establecidas y no imponerles otros impuestos. 5.° El dueño de los frutos diezmados, los podrá utilizar en la forma que desee, y sólo dará preferencia a los criadores de ganado con las crías que diezmen, por su justo valor. 6.° Si por alguna variación del sistema en la exacción de diezmos se hicieren en forma y en el tiempo del arrendamiento que pudieran perjudicarle, se le subsanará el quebranto proporcionalmente. 7.° Si por motivo de irrupción por armas se extraviasen o entorpecieren los cobros al conductor, a éste se le indemnizará de acuerdo al perjuicio que se justifique. 8.° El administrador de este dezmatorio, garantiza el cumplimiento de las calidades y condiciones que se mencionan, y da en arrendamiento al citado don Antonio Fernández de Velasco, la producción de los diezmos de la doctrina de Tlacolulan. Dicho Velasco, acepta y se obliga a cumplir lo estipulado en esta escritura, e hipoteca todos sus bienes.

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MX UV.USBIX ANX-P-0019-PX_0019_0007 · Item · 17/01/1730
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Bernardo Marín, vecino de la jurisdicción de Jalacingo agregado a esta de Jalapa, otorga poder especial a don Antonio Fernández de Velasco, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que saque las Bullas de la Santa Cruzada de la tesorería de este obispado, para la jurisdicción de Jalacingo\r\n