Juan del Castillejo y Anguis, vecino y natural del puerto de Santa María, en Castilla, hijo de Pedro del Castillejo y Beatriz de Anguis, otorga testamento, declarando ser casado con Ana Fernández de Cazares, a la cual nombra albacea, junto con Francisco Tomás de Anguis, Gaspar de Larrea y a su padre Pedro del Castillejo, y herederos a sus hijos.
Don Francisco Tomás de Anguis, albacea del difunto don Pedro José Guerrero, nombrado por testamento, otorga poder especial a su hermano don Pedro de Goitia, para que en su nombre recaude y recoja los bienes, mercaderías, dependencias y otros efectos, otorgando recibos y cartas de pago.
Pedro José Guerrero Villalobos, vecino y natural del pueblo de Santa María, hijo legítimo de Francisco García Guerrero Villalobos y de doña Maria de Villalobos, padres difuntos, casado con Leonor González, otorga testamento, nombrando como herederos universales a sus hijos Isabel de 20 años, Francisca de 18 años y Francisco de 12 años, como albaceas de su testamento a don Francisco Tomás de Anguis, y a su esposa quien también es tutora y curadora de sus hijos.