María Ignacia Díaz de Acosta y doña Antonia Gertrudis Díaz de Acosta, hijas legítimas de don José Díaz de Acosta y doña María de Jesús García de Baldemora, difunta, en nombre de su hermano legítimo José Díaz de Acosta, vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan su permiso y dan carta de libertad a la esclava Juana Eugenia, mulata blanca y soltera, para que reciba los 200 pesos en que está evaluada.
Don José Díaz de Acosta, hijo legítimo de los difuntos don Sebastián Díaz de Acosta y doña Sebastiana Pérez de Medina, natural y vecino del pueblo de Jalapa, casado en primeras nupcias con doña María de Jesús García de Baldemora y en segundas con doña Catarina Domínguez, otorga poder para testar y nombramiento de albaceas a doña María y doña Antonia Díaz de Acosta, sus hijas legítimas del primer matrimonio, en compañía del Licenciado Pedro García de Baldemora, y como herederas a sus citadas hijas.
Don Tomás García, natural de la villa de Concurio, en el reino de Galicia de la Europa, hijo legítimo del difunto don Santiago García y de doña María Blanco, viva, junto con doña María Antonia Díaz de Acosta, su legítima esposa, hija legítima de don José Díaz de Acosta y doña María de Jesús García de Baldemora, vecinos del pueblo de Jalapa, se otorgan poder para testar y nombramiento de albaceas y herederos, por no tener hijos.
Doña María Ignacia Díaz de Acosta y doña Antonia Gertrudis Díaz de Acosta, doncellas e hijas legítimas de don José Díaz de Acosta y doña María de Jesús García de Baldemora, con licencia expresa de su padre, y en conjunto con su hermano José Antonio Díaz de Acosta, a quien le otorgan poder especial para que cobre al cura de Orizaba, la esclava de nombre Juana Eugenia, mulata blanca de 40 años de edad, que por herencia les otorgó su difunto abuelo don Antonio García de Baldemora.
María de Jesús García de Baldemora, viuda de Antonio de Acosta e hija de los difuntos Pedro García de Baldemora y Juana Domínguez, otorga testamento, donde nombra por albacea a sus yernos José Antonio Rincón y Pascual Sánchez de Ledezma.
El Alférez don Antonio García de Baldemora, vecino de este pueblo de Naolinco, con poder de doña María Ignacia Díaz de Acosta y doña Antonia Gertrudis Díaz de Acosta, doncellas e hijas legítimas de don José Díaz de Acosta y doña María de ´Jesús García de Baldemora, difunta, otorga sustitución de poder a don Domingo Fernández Rosa y a don Miguel Cerón, vecinos de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles.
José Díaz de Acosta, vecino de este pueblo, hijo de los difuntos Sebastián Díaz de Acosta y de Sebastiana Pérez de Medina, viudo de María de Jesús García de Baldemora, otorga su testamento donde nombra como albaceas al Licenciado Miguel Pantaleón Díaz de Acosta, junto con José Antonio de Acosta y el Bachiller Francisco García de Baldemora, y como herederos universales a sus hijos.
Doña María Ignacia Díaz de Acosta, hija legítima de los difuntos don José Díaz de Acosta y doña María de Jesús García de Baldemora, natural y vecina del pueblo de Jalapa, casada en primeras nupcias con José Rodríguez y en segundas con Domingo González de Castro, al cual otorga poder para testar y nombramiento de albacea, junto con doña Antonia Gertrudis Díaz de Acosta, su hermana, y como herederos designa a Gertrudis Rodríguez Díaz de Acosta y María de Jesús Rodríguez Díaz de Acosta, sus hijas legítimas del primer matrimonio, junto con José Mariano, hijo del segundo matrimonio.
María de Jesús García de Baldemora, viuda y vecina de Naolinco, dijo que en este pueblo otorgó su testamento el 6 de octubre del presente año, señala que por vía de codicilio revoca la cláusula en donde mandó se ocuparan 10 pesos, especificando que sólo se tomen 5 pesos para las misas cantadas, que se tenían que costear del quinto de sus bienes, también manda que su entierro sea en la iglesia del lugar donde fallezca.