Don Francisco de Barrios, vecino de esta villa, dijo que hoy día se le remató en pública almoneda el trapiche de hacer azúcar nombrado San Sebastián, que quedó por bienes de Sebastián Rodríguez, difunto, que llaman El Contadero, con sus cañas, esclavos, machos, cobres y demás aperos en cantidad de 8 000 pesos; y por cuanto el Capitán don Manuel Sáenz de Rosas, Caballero de la Orden de Calatrava, vecino de esta villa, le dio algunos reales para la compra de cuatro esclavos nombrados Tomás de San Román y su mujer Catalina, Lorenzo y Juan del Corral; por la presente declara que dichos esclavos le pertenecen al susodicho por haberle dado dichos reales para ello y si por razón de dicho remate ha adquirido algún derecho lo cede y renuncia.
HACIENDA SAN SEBASTIÁN
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Don Francisco de Barrios, vecino de esta villa de Córdoba, vende al Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, cuatro esclavos negros y dos negras nombrados Francisco, rayado, de treinta y cinco años de edad, en 325 pesos; Juana, su mujer, de la misma edad, en 325 pesos; José, casta rayado, de 30 años de edad, en 325 pesos; Francisco de la Cruz, de cuarenta años, en 200 pesos; María de la Cruz, su mujer, de cuarenta años, en 325 pesos; Salvador, criollo, de nueve años, en 200 pesos; los cuales hubo y compró en Real Almoneda de los bienes de que quedaron por muerte de Sebastián Rodríguez, difunto, con la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Sebastián. Los vende en los referidos precios que hacen en total de 1 700 pesos horros de alcabala.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOFrancisco Rodríguez de Olmedo, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto el 4 de octubre de 1707 otorgó su testamento en la hacienda nombrada Señor San Sebastián, que fue suya, por la presente otorga codicilo de la siguiente manera: Manda que del remanente del quinto de sus bienes se dé a Gertrudis Rodríguez, mujer legítima de José Malpica, a quien crió en su casa, lo que quede después de pagar sus mandas y obras pías. Declara tener un esclavo negro criollo nombrado Lorenzo, de veintidós años de edad más o menos, el cual manda se venda y pagado su entierro y misas, lo que quede se reparta entre Rafaela, Antonia, Sebastiana y Bartolomé Rodríguez, sus nietos. Revoca el nombramiento de albaceas y nombra como tal a don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado de esta villa, y al Capitán don Gaspar Rendón, a este último también lo nombra como tutor y curador ad bona de sus nietos. Manda que de su propio caudal se hagan las paredes de la ermita del Señor San Sebastián, que está en esta villa, y es su voluntad que en caso de que se teche dicha capilla y se celebre el Santo Sacrificio de la misa, pide y suplica al capellán que fuere de ella le diga todos los años una misa cantada por su alma.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOFrancisco Rodríguez, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrado San Sebastián, como uno de los albaceas testamentario de Sebastián Rodríguez, su hijo, difunto, otorga poder general al Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, vecino de esta villa, para que en su nombre pida, demande y cobre judicial o extrajudicialmente de cualquier persona las cantidades de pesos de oro y plata, joyas, esclavos, mercaderías y otras cosas que le deban a él y a su hijo. Y para que pida y tome cuenta a quienes se las deba dar a él y a su hijo; nombrando para ello, en caso de discordia, contador y jueces de arbitrio. Asimismo, para que con los dichos sus deudores y de su hijo, haga cualquier transacción que le pareciere, otorgando en razón de ello las escrituras que le fueren pedidas. Otro, se lo otorga para que en su nombre acabe por todas instancias el juicio divisorio que se sigue sobre los bienes que quedaron por muerte del citado Sebastián Rodríguez. Finalmente, se lo otorga para todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales movidos y por mover, así demandado como defendiendo.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Gaspar Rendón, vecino de esta villa de Córdoba, como albacea y tenedor de bienes del difunto Francisco Rodríguez de Olmedo, otorga poder a Cristóbal Hidalgo, marido y conjunta persona de Rafaela Rodríguez, una de las nietas y herederas del difunto, para que en nombre y en representación de su persona siga, prosiga, fenezca y acabe por todas las instancias la demanda que está siguiendo como tal albaceas contra el Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa, sobre el procedido del trapiche que quedó por bienes del difunto, nombrado el Señor San Sevastian [Sebastián], alías el Cortadero. Asimismo, le da poder para que siga y acabe por todas las instancias cualquier pleito, causa y negocio civil y criminal que tenga con cualquier persona, por lo que se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, tachar, abonar, sustituir y relevar.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOFrancisco Rodríguez y María de Pineda, vecinos de esta villa de Córdoba, en nombre de Sebastián Rodríguez, hijo del primero y esposo de la segunda compareciente, vecino y natural que fue de esta villa, en virtud de su poder para hacer testamento lo otorgan como sigue: Declaran que les comunicó que pagaran de sus bienes las cantidades de pesos a las personas siguientes: a Benito Rendón, al Licenciado don Diego García Calvo, a Gaspar Rendón e Isabel de Rojas, al colector que cobra los diezmos de esta jurisdicción, a los bienes de Blas Francisco de Oropeza, a Dionisio Núñez, Andrés Manito, Domingo Martín y a Juan Antonio Ibello, al Capitán Antonio Borria, a Antonio Millán Quijada, Juan Hernández y Antonio de Pineda, a los mozos que han servido en el trapiche nombrado San Sebastián, a Juan Rodríguez Calado, Tomás, Juan de Acosta y José González Moreno, a los propios de esta villa y al Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos. Ítem, les comunicó que den al Santo Cristo de Otatitlán dos velas y una miza rezada. Ítem, declaró el dicho su parte que fue casado con la susodicha María de Pineda, vecina de esta villa, durante su matrimonio tuvieron por hijos legítimos a Juan Rodríguez de edad de dieciocho años, a Francisco de quince, a Marcos de doce, a José de diez, a Rafaela [roto], a Antonio de nueve, a Sebastiana de cinco, a Bartolomé de dos y al póstumo o póstuma de que se halla preñada la citada María de Pineda. Y en virtud del poder los nombró por sus albaceas y tenedores de bienes. Y en el remanente que quedare de todos sus bienes nombró por sus universales herederos a todos sus hijos, y debido a que son menores de edad nombró a dicho Francisco Rodríguez por tutor y curador ad bona de las personas y bienes de los menores.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REALEl Capitán Pedro Trillo de Figueroa, mercader y vecino de esta villa de Córdoba, dijo que el día de hoy el alcalde mayor de esta villa pronunció sentencia para que se remate el contadero que posee el Capitán Francisco de Barrios y el Capitán don Nicolás Rodríguez, como su fiador, sobre lo que se está debiendo a los menores hijos de Sebastián Rodríguez, difunto; y habiendo dado el Señor Doctor don Francisco Mayorga Cervantes la fianza de la Ley Real de Toledo, de que si apareciera acreedor de mejor derecho a dicho contadero o se revocara dicha sentencia y se le mandara devolver la cantidad en que se le remató, lo haga luego que sea requerido; y porque el Señor Doctor don Francisco Mayorga Cervantes le tiene pedido otorgue dicha fianza, haciendo como hace de caso y negocio ajeno suyo propio y sin que contra dicho señor sea hecho ni se haga diligencia ni ejecución de fuero ni de derecho a cuyo beneficio expresamente renuncia, por la presente lo hace y se constituye fiador de dicho señor, en tal manera que si le mandaran devolver dicha cantidad, lo harán llanamente y sin pleito alguno pena de la ejecución y costas de la cobranza.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Teniente de Caballería Esteban de Naval y Pintos, vecino de esta villa de Córdoba, vende al Capitán don Pedro López del Castrillo, vecino y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, un rancho que antiguamente fue hacienda de trapiche nombrado San Sebastián, alías El Contadero; mismo que hubo y compró en remate público por bienes de Francisco de Barrios, por ejecución que siguió a ellos como principal y contra los del Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, como su fiador, por cantidad de pesos que estaban debiendo a los bienes de Francisco Rodríguez de Olmedo y de los hijos y herederos de Sebastián Rodríguez, uno y otro difuntos. Lo vende con sus entradas y salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, libre de empeño, enajenación e hipoteca al precio de 437 pesos.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL