Don Nicolás Rodríguez Dávila, dueño de trapiche del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción nombrado Señor San Joseph [José]; y Antonio Millán Quijada, vecino de esta villa de Córdoba; dijeron que por cuanto están convenidos en que don Nicolás otorgue escritura de venta al citado Antonio Millán de la mencionada hacienda con todo lo que le pertenece, asimismo, una casa grande fabricada en esta villa en solar de 50 varas de frente y de fondo, frontero del convento del Señor San Antonio, bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOHACIENDA SAN JOSÉ
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Joseph Gómez Dávila, Manuel Gómez Dávila, doña María [Gómez] Dávila, doña Marina y doña Josepha [Josefa] Gómez Dávila, todos hermanos y vecinos de esta villa de Córdoba, hijos de Domingo Antonio Gómez, Escribano Público, y de doña Juana Dávila [Valero], difuntos, dijeron que los bienes de su madre se hallan cargados en el valor de la hacienda de hacer azúcar nombrada San Joseph [San José], en términos de esta jurisdicción, la cual está en poder de su hermano Alonso Gómez Dávila; por lo que a través de la presente otorgan poder especial a Antonio [roto] para que representándolos, pida, demande y reciba de Alonso Gómez Dávila la cantidad de pesos de sus legítimas, para lo cual haga los pedimentos, requerimientos, citaciones, y demás que se requiera y sea necesario, por lo que se le da éste con libre y general administración para ello.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán Joseph [José] de Leyba [Leiva] Esparragosa, natural y vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de [roto] Joseph [José] de Leyba [Leiva] y de doña Catalina de Esparragosa, vecinos de esta villa, otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena sacar de sus bienes 150 pesos para ayudar al obraje del convento del Señor San Antonio de esta villa. Declaró que desde hace dos años da limosna para que se digan cincuenta misas rezadas por las almas del purgatorio en el altar del Santo Cristo de Burgos, sita en la santa iglesia del señor San Agustín de la ciudad de los Ángeles, y para que no cesen dichas misas, ordena se saquen de sus bienes [500] pesos de oro común para que sus réditos sirvan de limosna y se digan las cincuenta misas perpetuamente. Declara ser mayordomo de la cofradía del Santo Cristo y Caridad, sita en la parroquia de esta villa, por lo cual ordena a sus albaceas entreguen las cuentas del tiempo que lo fue. Declara tener en arrendamiento un trapiche nombrado San José, en la jurisdicción de esta villa, perteneciente a su padre, el Regidor don Joseph [José] de Leyba [Leiva], por precio de 925 pesos cada año. Declara que compró en almoneda pública la casa de su habitación, que pertenecía a los bienes del Capitán Marcos Blanco. Declara estar suelto, libre de matrimonio y no haber sido casado. Declara por sus hijas naturales a Ana María de Leyba, de 5 años de edad, y a María de Esparragosa, de un año de edad, a quienes conoce su hermano el Regidor Miguel de Leyba y sabe en cuyo poder paran y que las hubo en mujeres solteras siendo como lo es él; y pide y suplica a Joseph [José] de Leyba [Leiva] y a doña Catalina de Esparragosa, sus padres, las reconozcan por hijas del otorgante. Nombra por albaceas a su padre y a su hermano el Regidor Miguel de Leyba. Ordena sacar del remanente de todos sus bienes lo que por derecho toca a sus hijas naturales. Nombra como herederos universales a sus padres.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba, Alcalde Ordinario de ella por Su Majestad y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga que se obliga de pagar al Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura propio por Su Majestad de esta villa, Vicario y Juez Eclesiástico en ella, a saber 1 000 pesos, que pagará al señor doctor o a quien en su poder y causa hubiere de la fecha de esta escritura en dos años con sus réditos, a razón de 5 por ciento anuales, con hipoteca su hacienda de hacer azúcar nombrada Señor San Joseph [José], que tiene entre otras en jurisdicción de esta villa, la cual no venderá, ni cambiará hasta que la deuda esté pagada.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán de Caballos de Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, vende a don Francisco Valero y Espinosa, su hermano, una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada Señor de San José, que está en términos de esta villa; la cual hubo y heredó del Regidor don Francisco Valero, su padre difunto, y se compone de tierras, esclavos y demás aperos, entre los que se encuentra la licencia de trapiche de ingenio, casas de calderas de cal y canto con su colgadizo y hornallas, remillón, canoa de melado, casa de trapiche sobre horcones, asoleadero, casa de vivienda, doce suertes de caña de todas edades, barbecho, casillas del real de los negros, una campana y demás que se mencionan en esta escritura. La vende en precio de 27 000 pesos de oro común en reales, de los cuales 14 000 pesos de principal están a favor del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, 7 000 pesos de ellos que tenía sobre la hacienda y los otros 7 000 pesos que estaban a cargo del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, tío difunto; también se mencionan otras cantidades de pesos a favor del Licenciado don José Gutiérrez de Aguilar, don Cristóbal Ladrón de Guevara, don Pedro de Jáuregui y Bárcena, Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, cofradía de las Benditas Ánimas de esta villa y misa de once de esta villa, mismas que quedan cargadas sobre dicha hacienda a censo que reconocerá y pagará el comprador junto con sus réditos desde hoy día de la fecha en adelante. Señala que tiene recibidos 1 500 pesos, de los que le paga 1 000 pesos al comprador por las mejoras del tiempo que las tuvo en arrendamiento; y la cantidad restante a los 27 000 pesos, que son 1 600 pesos, han convenido y ajustado a que se los pagará a los plazos que tienen conferidos.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALJosé de Leiva y Juan Gómez Dávila, vecinos de esta villa de Córdoba y dueños de hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, dijeron que Pedro García de Meza, vecino de esta villa, ha solicitado imponer y cargar sobre una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San José, que posee en esta jurisdicción, 2 000 o 3 000 pesos a censo redimible para el avío de dicha hacienda, para cuyo efecto tiene cedido poder al Licenciado don Martín de Vallarta, vecino de la ciudad de los Ángeles. Y en vista de que está próximo a recibir dichos 2 000 o 3 000 pesos, le han solicitado fiadores para el mayor seguro de la persona que dará dicha cantidad, por lo cual, otorgan poder al Licenciado don Martín de Vallarta, para que en sus nombres los pueda obligar y obligue por fiadores de dicho Pedro García de Meza.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de la Redondela en el reino de Galicia, hijo legítimo de Lucas de Rivas y Estremadoyro y de María Giraldez, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara le deben las siguientes personas: de los bienes del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, difunto, le debe 202 pesos 2 reales, de los cuales pagó el otorgante 100 pesos como fiador que fue del susodicho a don Cristóbal de Medinilla y Benavides, y los 102 pesos 2 reales que dio al susodicho en diferentes cargas de azúcar y panelas para Oaxaca; Andrés de Mañas, vecino de Coscatlan [Coxcatlán], 107 pesos, 50 de ellos que pagó por el susodicho a Felipa Martínez Carenzo y el resto que le dio en azúcar; Juan José Cubano, vecino del ingenio del Conde, 5 pesos; doña María Jiménez, viuda del Alférez don Miguel Jerónimo Maldonado, 26 pesos que le dio en azúcar para su tienda; Juan de Aragón, maestro de herrero, vecino de esta villa, 9 pesos; el Fluriel [Furriel] don Bartolomé de Estrada, 50 pesos; de los bienes de Andrés de Leiva, difunto, maestro de herrero, 9 pesos; Nicolás Velázquez, maestro de carpintero, 18 pesos; Nicolás, maestro de zapatero, 12 pesos; entre otras personas que se mencionan. Declara que hace ocho meses que remitió a don Manuel Ortiz Landero, vecino de la ciudad de Tascala [Tlaxcala], su encomendero, 816 arrobas y media de azúcar, de cuyo procedido le ha enviado algunos reales, manda a sus albaceas cobren lo que el susodicho diga deberle por la satisfacción que le tiene en su buen obrar. Declara que hace once años contrajo matrimonio con doña Juana de San Pedro García de Meza, hija legítima de Pedro García de Meza y de Manuela de Altamirano, con quien ha procreado a Pedro, José Antonio, Juan, Miguel Máximo, todos menores de edad, y al póstumo o póstuma de que se halla encinta. Declara por bienes la casa de su morada y un trapiche de hacer azúcar nombrado San Joseph [José], en esta jurisdicción, que compró en Real Almoneda de los bienes de don Pedro García de Meza, con el cargo de pagar todas las dependencias del susodicho, que pasaron de 15 000 pesos estando valuada dicha hacienda en 11 000 pesos. Declara que sobre dicha hacienda están cargados 1 000 pesos a favor de la Madre Catalina de San José, Religiosa del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, asimismo, declara que dicha hacienda no tiene cargado ningún otro censo. Ruega y suplica a su padre y señor, el Capitán Antonio Burela, vecino del pueblo de Taliscoya [Tlalixcoyan], jurisdicción de la Nueva ciudad de la Veracruz, que para dejar libre la dicha hacienda de dicha pensión, después de su fallecimiento solicite por mano de su encomendero el que se rediman los dichos 1 000 pesos, y que su esposa, hija y nietos se los vayan pagando en frutos de la dicha hacienda o como le pareciere, procurando se cancele una escritura que tiene hecha por la dicha cantidad a favor del Capitán don Juan Gómez Dávila. Nombra albacea a su esposa, al Capitán don Diego de Altamirano y a don Antonio Burela, su señor; y por tenedora de bienes a su esposa. Nombra herederos a sus hijos y como tutora y curadora ad bona de ellos a dicha su esposa.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOManuel González, vecino de esta villa, Procurador de Causas de su Audiencia Ordinaria, exhibió una copia de una escritura otorgada en la Puebla en 3 del presente, y pidió se registre en el libro corriente del becerro en que se asientan los gravámenes e hipotecas, y en dicho testimonio consta que don Bartolomé Gerardo, vecino de la Puebla, Administrador de los aniversarios que se celebran en la santa iglesia catedral, en voz y en nombre de don Ambrosio Gómez del Corro, principal, y del Licenciado don Juan Gómez Dávila, Presbítero de este obispado, ambos vecinos de esta villa, y el segundo fiador del antecedente, y en virtud de sus poderes confiesa haber recibido 4 000 pesos de oro común, cuya cantidad pertenece a la dotación del aniversario de Señor San Cayetano, y obligó al citado Ambrosio y a su fiador don Juan a pagar en término de tres años, y para asegurarlo en nombre de los susodichos hipotecó la hacienda de fabricar azúcar nombrada Señor San Joseph [José], que en términos de esta jurisdicción le pertenece en propiedad.
MIGUEL VALERO GRAJERA, JUEZ RECEPTORLos capitanes don Nicolás Rodríguez Dávila y Juan de los Santos Cubillos, vecinos de esta villa y dueños de hacienda del beneficio de hacer azúcar, otorgan que se obligan como fiadores y principales pagadores de doña Inés María de Serrano y Perea, a que tendrá en su poder la cantidad de pesos que a cada uno de sus menores hijos y de su marido don Juan de Buendía, difunto, le tocaron en la hijuela de partición de los bienes del citado difunto; los cuales tendrá de manifiesto para cada y cuando que los citados menores tengan edad de competente o tomen estado. Y para seguridad del pago, el dicho Nicolás Rodríguez Dávila hipoteca una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Señor San Joseph [José], y don Juan de los Santos Cubillos hipoteca su hacienda nombrada Nuestra Señora de la Concepción, alias Acatengo.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Tomás López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo del Capitán don Tomás López de Sagade y de doña María de Brito Lomelín, difuntos, dijo que por cuanto entre los bienes que quedaron por muerte de sus padres hay una hacienda de trapiche de beneficio de hacer azúcar, nombrada San Joseph [José], en jurisdicción de la villa de Córdoba, la cual entre él y el Licenciado don José López de Sagade Bugueiro y el Licenciado don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbíteros, sus hermanos, la dividieron y partieron. Y celosos de la paz que han observado entre todos sus hermanos, hizo adjudicación de la dicha hacienda de trapiche a su hermano, el Licenciado don Juan López de Sagade. Asimismo, dijo que por la parte que le tocó de legítima paterna, materna y donación que su madre le hizo del tercio de sus bienes, y gananciales que le cupieron de la aparcería que tuvo con dicho Licenciado don Juan; y 1 840 pesos que le debía la dicha hacienda; importaron en total 11 840 pesos, los cuales impone a censo redimible sobre la dicha hacienda de trapiche, a razón de 5 por ciento anual de réditos, para que se los solvente dicho Licenciado don Juan de Sagade, mientras le paga el importe total devenido de dicha adjudicación. Cuyos pagos los hará de la manera siguiente: 500 pesos en reales de contado para finales de mayo venidero y 1 000 pesos cada año.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO