El Licenciado don Hipólito del Castillo de Altra, Clérigo Presbítero, vecino de esta villa, albacea del Regidor don Francisco Pibot y Tapia, exhibió un testimonio de una escritura de obligación, fianza y reconocimiento fecho en la ciudad de los Ángeles a 4 del corriente mes y año, y pidió se registre en este libro de censos, y de dicha escritura se percibe el que don Antonio de Olivares Ayllón, Procurador de la Audiencia Ordinaria de dicha ciudad, en nombre del expresado Licenciado don Hipólito del Castillo, como albacea de dicho don Francisco Pibot y Tapia, se obligó a reconocer 3 000 pesos de oro común de principal en favor de los capellanes que fueren de la capellanía de misas rezadas que por su alma y de sus bienes mandó fundar don Francisco Sigler del Rebollar, vecino que fue de esta villa, y para mayor seguridad de dicho principal y réditos hipotecó las dos haciendas del beneficio de hacer azúcar que quedaron por muerte de dicho don Francisco Pibot y Tapia nombradas Señor San Joseph [José], San Juan del Rosario y Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza, y para mayor seguridad del principal don Francisco Martín Núñez, vecino de dicha ciudad de los Ángeles, como apoderado de don Cristóbal Eugenio Calderón, Regidor Perpetuo de esta villa, constituyó a dicho su parte por tal fiador del mencionado Licenciado don Hipólito del Castillo a que cumplirá lo que va expresado y por su defecto el citado don Cristóbal Eugenio Calderón como tal fiador dará y exhibirá dentro de los mencionados tres años en la Secretaría de Cámara y Gobierno de este obispado los 3 000 pesos de principal de dicha capellanía y los réditos corridos hasta su oblación.
BERNARDINO DE TOVAR Y SOTELO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOHACIENDA NUESTRA SEÑORA DEL PILAR DE ZARAGOZA
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Don Amaro José Bocarando, registró una escritura de imposición de capellanía de 3 000 pesos de principal y 150 pesos de réditos en cada un año, que impuso sobre las tierras de la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza, en esta jurisdicción, que posee don Hipólito del Castillo de Altra y doña Nicolasa del Monge y Mendoza. Nombró por capellán propietario al Bachiller Pablo José Bocarando y Espinosa, su hijo legítimo y de doña María de Espinosa de los Monteros, y por su falta a los demás sus hijos legítimos que lo son Pedro, Manuel y Luis Bocarando; y se nombró patrón de dicha capellanía y por su falta a doña María de Espinosa de los Monteros; nombró por capellán interino a don Ignacio Carrillo, Presbítero, con cargo de decir 25 misas rezadas por la limosna de 6 pesos cada una en cada un año en la parte y lugares que le pareciere: doce a los santos apóstoles, otra el día de San José, otra el día de Nuestra Señora de los Dolores, otra el día del Señor San Juan Bautista, otra el día del Señor San Nicolás Arzobispo de Mira, otra al Señor San Francisco Xavier, otra a San Ignacio de Loyola, otra a San Francisco de Asís, otra al de la Pura y Limpia Concepción, otra a la Virgen del Rosario, otra a la Virgen de Guadalupe y otra el día de los Desposorios del Señor San José. Dicha escritura pasó ante el presente escribano el 13 de este presente mes de julio y año, la cual quedó registrada.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Manuel Francisco García del Castillo, vecino de esta villa, exhibió un testimonio de escritura de obligación subrogada y traspaso, su fecha en la Nobilísima ciudad de los Ángeles a 22 del corriente mes y año, en dicha escritura se percibe el que Bartolomé Gerardo, Administrador de las obras pías y capellanías de la santa iglesia catedral de dicha ciudad, y en virtud de poder de don Francisco, don Vicente y don Antonio Pibot y Tapia del Castillo de Altra, vecinos de esta villa, según lo que los susodichos le confirieron, otorgaron deber y se obligaron a pagar a la dotación de los maitines del día de la infraoctava de Corpus Christi que se celebra en dicha santa iglesia catedral, y fundó el Ilustrísimo Doctor don Diego Felipe Gómez Angulo, Deán que fue de ella y hoy meritísimo Obispo de la ciudad de Antequera valle de Oaxaca, y de la que es Administrador dicho don Bartolomé Gerardo, 4 000 de oro común de principal; y a favor de la capellanía que fundó don Manuel de Varelas, que al presente sirve en propiedad el Señor Doctor don Lorenzo Fernández de Arévalo, Prebendado de la dicha santa iglesia 1 400 pesos de dote; y de la capellanía que fundó Juan de Buenas, y sirve en propiedad el Licenciado don Francisco Cabezas, Presbítero, 1 253 pesos y 6 reales; que todas las partidas completan la cantidad de 6 643 pesos y 6 reales; y dicho don Bartolomé Gerardo obligó a los expresados sus partes que lo son don Francisco, don Vicente y don Antonio Pibot y Tapia del Castillo de Altra a pagar y satisfacer los principales dentro de cinco años e igual a pagar el 5 por ciento del rédito, para seguridad del principal hipotecaron dos haciendas una nombrada Nuestra Señora del Pilar, alias la Palmilla, y la otra Señor San José, alias Zacatepec, así como también las herencias que el valor de ella tienen de los susodichos, y por lo que se refiere a don Antonio Pibot y Tapia en su nombre y virtud de su poder se subroga, cede y traspasa en favor de dicha dotación y capellanía el derecho que a las referidas haciendas le competían por razón de sus herencias, para que con preferencia de éstas se cobren los principales y réditos.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODon Hipólito del Castillo de Altra y Diego de Altamirano, vecinos de esta villa de Córdoba, albaceas testamentarios que fueron de Gaspar del Monge y Mendoza y de doña María Altamirano, su suegro y hermana, nombrados por tales en el testamento que otorgaron en la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza de la jurisdicción de esta villa de Córdoba, su fecha 13 de mayo de 1699. Dijeron que por cuanto en una cláusula de dicho testamento los difuntos ordenaron fundar una capellanía de misas rezadas por sus almas y las de su intención, en razón de que a ello será Dios y su divino culto ensalzado y aumentado y que con el santo sacrificio de la misa consiguen alivio las Benditas Ánimas del Purgatorio, por lo que en virtud de dicha cláusula imponen una capellanía de misas rezadas de 3 000 pesos de principal, con los nombramientos de capellanes y patrones. Por tanto, para cumplir con la encomienda otorgan que instituyen la capellanía con la dote, número de misas, capellanes y propietarios bajo las cláusulas siguientes: Primeramente, dotan la capellanía con el principal de 3 000 pesos de oro común que aplican en el valor y precio de una casa de la morada del presente compareciente Hipólito del Castillo de Altra, que quedó por bienes de los difuntos. Y los susodichos se obligan a pagar al capellán 150 pesos de oro común en reales de censo tributo y réditos de los que corrieren. Segundo, nombra como primer capellán a don Juan del Castillo de Altra, su hijo, y en segundo lugar a don Hipólito del Castillo, asimismo su hijo y de doña Nicolasa del Monge y Mendoza. Y usando de la facultad que se les concede nombran por capellán interino al Licenciado don Ignacio Carrillo, Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino de esta villa, para que en tiempo diga las nueve misas rezadas y una cantada. Y es su voluntad y la de los difuntos que la dote de la capellanía no se convierta en otra obra pía y para cumplir todo lo referido obligan sus personas y bienes habidos y por haber.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOAmaro José Bocarando, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que desea poner una capellanía de misas rezadas, para que a su título se pueda ordenar el Bachiller Pablo José Bocarando y Espinosa, su hijo legítimo y de doña María de Espinosa de los Monteros y por su falta a los demás sus hijos que sucedieren. Y porque al presente se halla con 3 000 pesos de principal que tiene a censo redimible sobre la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza que posee don Hipólito del Castillo de Altra y doña Nicolasa del Monge y Mendoza, quienes la heredaron por muerte del Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza su padre difunto, los 2 000 pesos de ellos que le hizo cesión y traspaso el Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, vecino de la ciudad de los Ángeles, los mismo que el susodicho tenía sobre las tierras de la citada hacienda a censo, de que el dicho Hipólito otorgó reconocimiento a su favor y se obligó a pagar sus réditos; y los 1 000 restantes que [roto] entregados del dicho Hipólito. Por otro parte, dijo que es su intención fundar la capellanía para que mediante ella se pase a ordenar el Bachiller Pablo José Bocarando, primer capellán que debe ser nombrado, por lo que poniendo en ejecución otorga que instituye la capellanía con la dote, número de misas, capellanes propietarios e interinos bajo las condiciones siguientes: Lo primero que dota la capellanía con el principal de 3 000 pesos los cuales lleva declarados. Nombra por primer capellán al Bachiller Pablo José Bocarando y Espinosa, su hijo legítimo, que se halla estudiando en la ciudad de los Ángeles, y por su falta nombra por tales capellanes propietarios a los demás sus hijos José Amaro, Juan Pedro Manuel y Luis de Bocarando, y en lugar de sus hijos a Manuel Bocarando, hijo legítimo de Bartolomé Bocarando y de doña María de Aguilar, y por falta de todos a sus parientes más cercanos. Nombra por capellán interino al Bachiller don Ignacio Carrillo, Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino de esta villa, para que así éste como los propietarios de ella cada uno en su tiempo deben decir veinticinco misas rezadas por su alma, la de sus padres, abuelos, parientes y demás personas de su intención; y pide al ilustrísimo señor obispo de este obispado que fuere de la Puebla de los Ángeles, señor provisor y vicario general, haga en los dichos capellanes propietario e interinos colación y canónica institución de esta capellanía convirtiendo su principal y réditos en beneficios espirituales. Y como instituyente de esta capellanía el presente otorgante se nombra como primer patrono y por su fallecimiento lo ha de suceder su mujer María de Espinosa de los Monteros y por su fin y muerte sus hijos legítimos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Hipólito del Castillo de Altra, vecino de esta villa, otorga en arrendamiento a don Juan del Castillo de Altra, su hijo, una hacienda de trapiche del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar, en el paraje que llaman Las Palmillas, con sus tierras, casas, ganados, esclavos y demás aperos. El arrendamiento es por tiempo de ocho años que corren desde hoy día de la fecha, por precio de 1 315 pesos anuales, bajo las condiciones que se mencionan, de las cuales destacan: Anualmente ha de pagar al otorgante 1 100 pesos y 215 pesos a las capellanías y obras pías que están impuestas sobre el trapiche, a la persona o personas a cuyo cargo fuere el cobro de dichas capellanías y obras pías. Por cuanto, en la Real Audiencia de esta Nueva España hay pendiente un litigio sobre un pedazo de encinal perteneciente a la referida hacienda, es condición que de este asunto el otorgante ha de sacar a paz y a salvo al dicho Juan del Castillo y en caso de que pierda en litigio quedará al arbitrio de este último proseguir o no con este arrendamiento. Estando presente Juan del Castillo y Altra, aceptó y recibió en arrendamiento el referido trapiche y en cumplimiento a lo referido ofreció como su fiador a don Diego de Altamirano, vecino de esta villa.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL