Codicilio de Simón de Franqui Giovo, vecino de la provincia de Tepeaca, por el cual anuló una manda dispuesta en su testamento en la que ordenaba se dieran 30 pesos a Elena, india, mujer de Diego de Vega, y mandó que no se pague dicha cantidad, Asimismo, revocó otras mandas relacionadas con donaciones.
HACIENDA NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN
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Juan Lozano Verástigui, vecino de la provincia de Tepeaca, como principal obligado, y Diego de la Carrera, como su fiador, se obligaron a pagar a la Masa General de la ciudad de Puebla de los Ángeles, 90 pesos y tomín y medio de oro común, por otros tantos que valieron y montaron las semillas y ganados del diezmo del año pasado de 1680, de la Hacienda de María Barrientos nombrada San Nicolás, y que dicho principal compró al Lic. José de Siles, presbítero, colector de diezmos, para fines del mes de diciembre del presente año.
Pedro García de Espinosa, vecino de la ciudad de Los Ángeles, como hijo legítimo y heredero de Gonzalo García Lozano y de Doña Ana de Espinosa del Villar, dijo que por fin y muerte de sus padres le tocó una parte en la Hacienda Nuestra Señora del Carmen, provincia de Tlaxcala, que hoy posee Doña Elena de [Medina y] Landa, viuda de José Espinosa de los Monteros, y porque los demás herederos vendieron las suyas al Capitán Francisco de Salazar Maldonado, Alguacil Mayor de San Juan de los Llanos, y el otorgante no recibió nada, y para que se ponga cobro de ella, dio su poder cumplido a Nicolás de los Reyes, vecino de la provincia de Tepeaca, para que en su nombre pida y demande la parte que le pertenece.
José de Espinosa de los Monteros, vecino y labrador de la provincia de Tlaxcala, se obligó a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Los Ángeles, 655 pesos y 4 tomines de oro común, por otros tantos que valieron las semillas y ganados, del diezmo del año pasado de 1679, de su hacienda Nuestra Señora del Carmen, de la hacienda de Sotoltepec y de la hacienda del Capitán Antonio de Córdoba, en los plazos siguientes: 193 pesos para fin del mes de diciembre del presente año, y los 462 pesos y 4 reales restantes, para el mes de agosto venidero de 1681.
José Espinosa de los Monteros, vecino de la provincia de Tlaxcala, como principal obligado, y el Bachiller Lorenzo Matamoros, presbítero, vecino de dicha jurisdicción, como su fiador, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Los Ángeles, 197 pesos y 6 granos de oro común, por otros tantos que montaron las semillas del diezmo del año pasado de 1678, de la hacienda Nuestra Señora del Carmen, propiedad del principal, de la hacienda del Capitán Antonio Díaz de Córdoba y de la Hacienda del dicho fiador, para fin del mes de diciembre del presente año de 1679.
Simón de Franqui Giovo, vecino y labrador de la provincia de Tepeaca, como patrón de la capellanía de misas que instituyeron sus padres Vicencio Franqui Giovo y Ana Rodríguez Negrete, vecinos que fueron de los llanos de Ozumba, en atención a su avanzada edad y usando de la facultad que le fue concedida por los instituyentes, nombró por patrón de la citada capellanía a Luisa Merino, mujer legítima de Pedro García Mongai, maestro de sastre, vecino de la ciudad de Los Angeles, su sobrina, desde hoy día de la fecha en adelante.
Diego Lucas de Espinosa, vecino de la ciudad de la Puebla de Los Angeles, como uno de los herederos de la Hacienda Nuestra Señora del Carmen, vende a José Espinosa de los Monteros y a Don Francisco Salazar de Maldonado, la parte que pudiera tocarle de la citada hacienda como heredero de Doña Juana del Villar, difunta, en el precio de 700 pesos de oro común.
Testamento de Toribio de Valdéz Topete, vecino de Tlatlauquitepec, provincia de San Juan de los Llanos, hijo legítimo de Toribio de Valdéz Topete y de Doña María Suárez de Gra, naturales de la Villa de Cangas Leonis, Principado de Asturias, en los reinos de Castilla.
Doña Catalina de Aurto y de la Mata, viuda de Don Carlos Laso de la Vega, difunto, vecino que fue de San Juan de los Llanos, como principal obligada, y José Espinosa de los Monteros, vecino y labrador de la provincia de Tlaxcala, como su fiador, se obligaron a pagar a Doña Magdalena de Alcántara, viuda de Juan de Paz[Juan de la Paz], vecina de la ciudad de Los Ángeles, 1 700 pesos, más 145 pesos 3 tomines y 6 granos de oro común de las costas, en los plazos siguientes: 922 pesos 5 tomines y 6 granos para fin del mes de agosto del presente año; y los 922 pesos 5 reales y 6 granos para fin del mes de agosto del presente año; y los 922 pesos 5 reales y 6 granos en dos plazos: 461 pesos y 4 reales a fin de febrero de 1683, y el resto, para fin del mes de agosto de 1683.
Doña Catalina de Aurto y de la Mata, viuda de don Carlos Laso de la Vega, su albacea y heredera en el remanente de sus bienes, ante Pedro López de Villaseñor, Teniente General de San Juan de los Llanos, en virtud de que Don José Espinosa de los Monteros, vecino de la provincia de Tlaxcala, salió por su fiador en la cantidad de 1 845 pesos 3 tomines y 6 granos de oro común, y la otorgante como principal, para pagarlos a Doña Magdalena de Alcántara, vecina de la ciudad de Los Ángeles. Por la presente, Doña Catalina se obligó a sacar en paz y a salvo, a sus bienes y herederos de la dicha fianza, sin que por esta razón se le pida cosa alguna.