HACIENDA DE SAN BERNARDINO

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              2 Descripción archivística resultados para HACIENDA DE SAN BERNARDINO

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0032 · Unidad documental simple · 1826/03/15
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Manuel Cruz y Bremont, de esta vecindad, como albacea de su difunto padre don Anastasio Cruz, quién fue heredero y albacea de su hermano don Pedro Mariano Cruz, tío del otorgante, por la presente otorga poder especial a don Antonio Bandani, vecino de la Puebla de los Ángeles, para que en su representación proceda a la venta o enajenación absoluta de las haciendas de San Nicolás, Tetipanapa y San Bernardino Tetela, ubicadas en jurisdicción de San Juan de los Llanos, que su difunto tío hubo y compró del presbítero don Francisco Mateo Florido y su hermano don José Mariano Florido, por escritura que a su favor otorgaron en la Puebla de los Ángeles, el 18 de febrero de 1801.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0145 · Unidad documental simple · 1837/12/22
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Dolores Eulalia Cruz y Ochoa y doña Juliana Cruz y Hernández, y don Dionisio Luis Camacho y Reyes, curador de la segunda, dijeron que, sobre la hacienda de San Bernardino, situada en jurisdicción de San Juan de los Llanos, departamento de Puebla, están impuestos 1 650 pesos a favor del finado señor padre de las comparentes don José Manuel Cruz y Bremont. Finca, que actualmente ha tratado de vender su dueño don Cristóbal Muñoz, por lo que las expresadas como herederas de don Manuel Cruz, dijeron que están anuentes a que dicha finca pase en dominio de doña Petra Álvarez, quien ha acudido con el señor Muñoz a comprarla con el mismo gravamen de 1 650 pesos, hipotecándose también para mayor seguridad del mencionado capital la hacienda de Coyotepec, de la propiedad de la misma señora Álvarez, debiendo tomarse razón de dicha hipoteca en el libro corriente del ramo y librárseles a las exponentes un testimonio de esa escritura, con cuyas condiciones convinieron en la subrogación de esta deuda con principal y réditos causados y que se causaren, previa la respectiva liquidación.

              ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO