El Licenciado Juan [de] Yáñez de Ortega de la Pava, Presbítero Cura Beneficiado por Su Majestad Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba, junto con doña María de Ortega [y Bonilla] y doña Catalina de Ortega y Funes, sus hermanas, vecinas de esta villa, mayores de veinticinco años, hijos y herederos de Lope Hernández [López] y de doña Ana de Ortega [de la Pava], difuntos, vecinos que fueron de la ciudad de los Ángeles y naturales de la villa de Guadalcanal en la Extremadura de los Reinos de Castilla, revocan el poder otorgado al Capitán Lázaro García y lo confieren al señor cura de la villa de Guadalcanal, para que cobre los bienes que le corresponden a su padre en la dicha villa de Guadalcanal, como uno de los hijos y herederos de Alonso Yáñez Sintancha [sic] y de Catalina de Ortega Hidalgo, sus padres, y que les corresponden a los otorgantes como nietos y herederos. Y habiendo el señor Cura cobrado y recaudado dichos bienes, ordenan que de la mitad de ellos se constituya una capellanía de misas por la intención de los otorgantes, cargando lo que importe a censo redimible sobre fincas seguras a su satisfacción, cuya capellanía será servida perpetuamente en dicha iglesia con el número de misas, calidades y condiciones que por bien tenga el señor cura, nombrándose asimismo por patrón y capellán perpetuamente de ella.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALEXTREMADURA, PROVINCIA DE
3 Descripción archivística resultados para EXTREMADURA, PROVINCIA DE
El Teniente Coronel don Francisco de Paula Landa, curador de doña María Dolores Ladrón de Guevara, otorga poder especial a don Rafael Vargas, Capitán del Regimiento de Infantería de Extremadura, para que en su representación, comparezca en el Juzgado Eclesiástico de la Puebla de los Ángeles, ante el Señor Provisor a deducirlos y representar cuanto le convenga en el expediente sobre validación del matrimonio contraído con el Alférez de Navío, don Antonio Sanda, en virtud de la notificación que se le acaba de hacer por esta curia de la orden del Señor Provisor.
Don Juan Manuel de Arrieta, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Juan Manuel Pérez Villareal, vecino y Regidor Perpetuo de la Ciudad de Llerena provincia de Extremadura, para que cobre todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos, mercancías y géneros que le deban, administre, gobierne y rija todos sus bienes, venda cualquiera de sus casas y haciendas.