Agustina de Brito Rodríguez, parda libre, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de José de la Cruz, vende al Capitán Andrés Felipe de Flores, residente en esta villa y vecino del puerto de Sanlúcar de Barrameda en los reinos de Castilla, un cuarto de solar que hubo y compró de Juan de [roto], difunto, el cual se ubica en la calle que va para el pueblo de San Juan [roto], alias las Casillas, y está compuesto de 12 varas y media de frente y 25 de fondo, colindando por el sur con casa de la otorgante; y hace frente, calle en medio, con casa y solar de José Díaz y solar eriazo. Lo vende en 25 pesos en reales.
GASPAR RENDÓN, JUEZ RECEPTORCASTILLA, REINO DE
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José Hernández Navarro, vecino y natural de esta villa de Córdoba, otorga poder general a José Rodríguez, también natural y vecino de esta villa, para que en su nombre parezcan ante el Rey Nuestro Señor y en su Real Audiencia de esta Nueva España u otro tribunal donde deba y pueda, y pida que en atención a ser el otorgante bisnieto del Capitán Domingo Álvarez, uno de los primeros treinta pobladores de esta villa, se sirva Su Alteza de honrarle y favorecerle con declararlo por hijodalgo de casa y solar conocido, y en todos los fueros y preeminencias que gozan los hijodalgos de Castilla y sus privilegios según Reales Cédulas.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOFrancisco Boza, residente en esta villa de Córdoba, y vecino de la ciudad de Sevilla en los reinos de Castilla, como apoderado de Juan de Ávalos, pardo libre, maestro sastre, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, vende a doña Ana de Pedraza, viuda y vecina de esta villa, un esclavo negro nombrado Juan Antonio, casta Congo, de cuarenta y cuatro años de edad poco más o menos, el mismo que Juan de Ávalos compró al Alférez don Esteban de Sarasti Chavarría, vecino que fue de la Nueva ciudad de la Veracruz, por escritura que otorgó en dicha ciudad el 30 de abril de 1707 ante Juan Esteban de Espeleta, Escribano Público del número de dicha ciudad, difunto. Cuya venta hace con la tacha de cimarrón ladrón y borracho, en precio de 200 pesos de oro común en reales.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOManuel Francisco Sánchez, residente en esta villa y vecino de la ciudad y gran puerto de Santa María en los reinos de Castilla, dijo que el Capitán Juan Alonso Camacho, su tío, vecino de dicho puerto, le otorgó poder para que en su nombre cobrara al Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa, 1 044 pesos 5 reales que le debe de resto de 1 544 pesos 5 reales, que se obligó a pagarle por escritura con fecha en la Nueva Veracruz el 3 de junio de 1702. Y de dicho poder usando, otorga lo substituye en todo y por todo en don Francisco Félix Díaz Hidalgo, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Tesorero don Juan Ortiz de Rosas, mercader y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial a Diego de Palma, vecino de esta villa y próximo a realizar viaje a la ciudad de México, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre, judicial o extrajudicialmente, a Juan Díaz, vecino de la ciudad de Tlaxcala, el procedido de 65 varas y tres cuartas de paño de Castilla acanelado, “las 32 varas y las 34 varas plateado”, que le dio al otorgante para que las vendiera en tierra adentro en el año 1710, asimismo, le cobre 18 pesos en reales de resto de un poco de tabaco.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Pedro Bernal de la Cadena, cacique natural de este pueblo de Santa Ana Sacan, hijo legítimo de Baltazar de la Cruz, difunto, y de María Magdalena; otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que le deben algunos naturales vecinos de este pueblo, 241 pesos, asimismo, le deben los susodichos otros 227 pesos 6 reales, de que le hicieron obligación en idioma mexicano, cuyas cantidades les suplió para los pleitos de las tierras de Molloapa [Moyoapan] y el Gobernador don Baltazar Lucas, asimismo, para la compra de la tierra de don Nicolás [roto]. Declara hace veintiséis años contrajo matrimonio con Juana María, india, hija de padres conocidos, con quien procreó a Esteban, de veinticinco años de edad; a Juan de la Cruz, de dieciocho años; a Lorenza, de diecisiete años, casada con José Ramos; y a Martina, de catorce años, casada con Agustín Flores. Declara que hace diecisiete años contrajo segundas nupcias con María de la Candelaria, con quien ha procreado a Ignacio, de quince años de edad; José, de trece años; [Micaela], de doce años; y a [roto], de año y medio. Declara por bienes 40 pesos [roto] en una casa baja de cal y canto [roto]; una troje de cal y canto [roto]; una cocina de palos cubierta de teja; dos escaños; otra casa vieja; dos sillas de montar; tres yuntas aperadas; cinco lienzos con distintas advocaciones de una vara de largo; un Señor San Pedro de bulto de una vara de alto; un tambor; tres pedazos de tierra; diez vacas con seis becerros; dos novillos; cuatro yeguas; catorce mulas; un capote musgo de paño [de Castilla] con ribetón de oro, aforrado en piquin musgo; un capote de barracán, aforrado en sarga encarnada, con cuatro botones de plata; una hongarina de paño blanquizco [de] Castilla, aforrada con dos docenas de botones de [filigrana] de plata; una hongarina de paño de musgo con [cuatro] broches de plata; unos calzones de paño de Castilla [roto] musgo con dieciséis botones de plata; unos calzones de tripe encarnada; entre otros bienes. Nombra como albacea a María de la Candelaria, asimismo, tutora y curadora de sus hijos menores. Nombra como herederos a sus hijos.
JOSÉ DUARTE DE ACOSTA, JUEZ RECEPTORDon Tomás Badillo, hijo de los difuntos don Diego Badillo y de doña María González, natural de la Villa de Baril, en el Valle de Loza, Obispado de Burgos y corregimiento de Villarcayo en los Reinos de Castilla, Sargento del Regimiento de Dragones de México en la Compañía del Coronel don José Merino y Ceballos, otorga poder para testar y albaceazgo a don Francisco de Castresana, vecino de la Ciudad de Puebla, y a don José de Ugarte como su testamentario fideicomisario. Nombra como heredero a dicho Castresana.
Don Andrés de Oliveira, natural del lugar de Piñeiro Feligresia de San Miguel de Cora, Obispado de Santiago, Reino de Galicia en los Reinos de Castilla, vecino de la Antigua, hijo legítimo de don Juan de Oliveira y doña Teresa Calvelo, otorga su testamento donde nombra como albacea testamentario a don Manuel de Aponte y como herederos universales a sus citados padres. Dijo no deber nada a nadie y sólo tiene hecha una manda al Señor de Chiltoyac.
Don Manuel González de Chacho y Mier, natural de Turiendo, provincia de Liébana en el obispado de León en los Reinos de Castilla y vecino de Jalapa, hijo legítimo de don Francisco González Chacho y doña María de Mier, difuntos, otorga su testamento donde nombra como albaceas testamentarias y herederos universales a don Juan Bocelo, y por su falta a don Juan Gómez de Estrada, vecino de Jalapa. Declara que sus bienes ascienden a 14 o 15, 000 pesos parte en efectos ropa y bienes y parte en deudas activas que constan en papeles.
Bernabé de Castro, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Santoya de las montañas de Burgos en los reinos de Castilla, viudo de María de Herrera, hijo de Bernabé de Castro y de María Magdalena de Collado, difuntos, ordena su testamento en la manera siguiente: Declara que fue casado de primeras nupcias con Catalina de Lechunde, natural del lugar nombrado San Sebastián en la provincia Ipusco (Guipúzcoa] en el señorío de Vizcaya, con la cual no hubo bienes dotales ni hijos. Declara que pasó a segundo matrimonio con María de Herrera, quien trajo en dote la cantidad de 150 pesos, durante el cual procrearon un hijo nombrado [roto] que falleció en edad pupilar. Declara que debe a José Domínguez, vecino de la ciudad Nueva de Veracruz, a José de Segura y Ceballos, Sebastián García y a Juan Fernández. Ítem menciona por sus deudores a Manuel Grajea, vecino de la ciudad de los Ángeles, a Domingo Toscano, vecino de esta villa, [roto]. Ítem, declara por bienes una casa de madera y barro, cubierta de teja; un solar que hubo y compró a censo de la cofradía de la Santa Caridad y Sangre de Cristo, cita en la iglesia parroquial de esta villa, y que tiene redimido dicho censo; y la mitad de dicho solar se lo vendió a Juan Fernández, vecino de esta villa, manda a su albacea que otorgue escritura de venta; una tienda de género. Declara tener un hijo natural que tuvo cuando era viudo de su primera esposa, de una mujer soltera española de nombre Francisco de Castro, de veintiséis a veintiocho años más o menos, casado y que vive en la tierra de San Luis de la Paz, ordena que, si aparece, le den la porción que cupiere en el quinto de sus bienes. Nombra por sus universales herederas a su alma, la de su mujer María Herrera, la de sus padres y las almas del purgatorio. Nombra por su albacea testamentario y tenedor de bienes a Gaspar Rendón, vecino de esta villa y mayordomo de la cofradía de las Benditas Almas, a quien le encarga que imponga a censo dicha porción de principal de sus bienes en finca segura; y otorgue escritura de reconocimiento a la persona de quien parare dicho censo.
FRANCISCO DE MEZA Y MENDOZA, JUEZ RECEPTOR