BARRANCA DE CHOCAMÁN

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0004-PC_0004_0036 · Unidad documental simple · 1645/03/12
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio de Brito [Lomelín], Mayordomo de los Propios y Rentas de esta villa, otorga que da en arrendamiento a Manuel Pita Pereira, criador de ganado mayor, vecino del partido de Amatlán, el herbaje del comedero que llaman del cerro de Zacatepeque [Zacatepec], ubicado en término del ejido y dehesa de esta villa; el cual linda y corre dicho comedero con tierras del Capitán Juan de Miranda, por la parte del sur; y por la del norte con comedero que dicen de Salas y alto del despeñadero; por la banda del poniente con la barranca de Chocamán y la barranca abajo hasta los linderos de Juan García Caballero, y volviendo [hasta] el ejido de esta villa por los linderos de las tierras del Alférez Juan [García] Valero y Capitán Juan de Miranda [roto]; con ejido según como lo tenía [arrendado] Francisco López de Villavicencio. El arrendamiento es por tiempo de cuatro meses, que empiezan a correr desde la fecha de esta escritura en precio de 28 pesos de oro común.

              ALONSO GARCÍA VALERO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0110 · Unidad documental simple · 1714/10/18
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Procurador de sus propios y rentas, por ausencia del Alférez Real don Diego Valero Grajeda, Procurador Mayor del Ilustre Cabildo de esta villa, otorga en arrendamiento a don Francisco de Barrios, una caballería de tierra perteneciente a esta villa, ubicada es el paraje que llaman de los Cinco Encinos, la cual linda por el poniente con tierras que tiene en arrendamiento el Capitán Juan de los Santos Cubillos; al norte con tierras y rancho de Francisco Zacarías; al sur con el camino real, que viene de la barranca de Chocaman hasta esta villa; y por el oriente con rancho de José Lorenzo. El arrendamiento lo hace por tiempo de cinco años y en precio de 12 pesos y 4 reales anuales, que empieza a contarse desde hoy día de la fecha en adelante y no le será quitada, pena de darle otras en las mismas condiciones, parte y lugar, por el mismo tiempo y precio.

              LOPE ANTONIO DE IRIBAS, JUEZ RECEPTOR